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PreferenteCódigo FSM2E08000

SUPER PREMIUM 2 ESPECIAL

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$404.420/mes

9,81 UF
INDIVIDUAL COLECTIVO
% DE BONIF.

VALOR REAL

80
1.20 UF
80
1.86 UF
80
1.80 UF
80
1.80 UF
80
9.60 VA
80
7.20 VA
80
4.40 VA
80
4.40 VA 5.72 UF
80
4.40 VA 11.00 UF
80
3.60 VA
80
3.60 VA
80
3.60 VA 5.51 UF
80
6.40 VA
80
12.00 UF
50
0.75 UF 3.75 UF
50
0.75 UF 3.75 UF
100
2.25 UF
100
2.25 UF
100
22.50 UF
80
6.00 VA
100
12.00 VA 45.00 UF
100
8.00 VA
80
3.60 VA 1.44 UF
80
3.60 VA
80
3.60 VA
M
Hombre Mujer Conyuge Mujer Hombre Mujer
E
0 a 11 2.40 2.40 2.40 3.00 3.00
S
12 a 23 2.40 2.40 2.40 2.40 2.40
2 a 17
1.10 2.30 2.50 1.10 1.10
18 a 24
1.00 3.00 2.50 1.00 1.30
25 a 39
1.00 4.20 3.30 1.00 3.30
A
40 a 49 1.60 3.80 2.70 1.40 2.70
Ñ
50 a 59 2.10 3.90 2.80 2.00 2.80
O
60 a 64 4.00 4.50 3.60 3.60 3.60
S
65 a 69 5.10 5.10 4.30 5.50 4.30
70 y más
5.70 5.50 5.20 6.70 5.20
0
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Unidad Nombre del Arancel
0
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Carga Médica
0
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1530
ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Firma Contratante
1 - Mantener una relación equivalente al 90% entre la suma de las tarifas pactadas en los F.U.N de los cotizantes adscritos al Plan Grupal, y la recaudación efectivamente recibida por ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

2 - Mantener un nivel de gastos en salud y subsidios inferior al 75%, de la recaudación efectivamente recibidas por ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

Requisitos para entrar y mantenerse en el plan grupal

1.-Pertenecer y mantenerse en la empresa o institución o grupo de dos o mas trabajadores, según el caso.

Nota: En caso de planes grupales que se pacten al 7% , se entiende que el afiliado renuncia a los excedentes de cotización de salud

___________________________________________
___________________________________________
Tope General por Beneficiario UF

Contratante/Carga Legal
U. F. ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.-9
Sin Tope

Condiciones de Vigencia del Plan Grupal

Precio Total Plan de Salud en UF según

composición del grupo familiar

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde
devengar la cotización.)

Edad
Contratante Cargas
Precio Base Plan de Salud en UF

e) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

f) El tope anual indicado para Psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se de durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos .

g) Corresponderá la bonificación de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva

La cobertura Internacional ambulatoria se rige por los porcentajes, topes y bonificaciones maximas citadas precedentemente. La cobertuta Internacional hospitalaria en los items afectos al 100% libre eleccion, tendrán un tope
de bonificación de un 85% Clinica Las Condes, con tope de medicamentos de 300 UF.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD

NOTAS EXPLICATIVAS

a) En hospitalizaciones, 100% VALOR FACTURA para items día cama, pabellón, exámenes, procedimientos , y medicamentos durante la hospitalizaciòn en el territorio nacional. Esta cobertura en hospitalización disminuirà en
el porcentaje indicado en los establecimientos señalados. Se excluye del 100% factura los gastos no médicos.

Se excluye de la cobertura preferente y de la cobertura libre elección las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto
). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será
aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933".

b) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia.

c) El Honorario por este concepto corresponde al profesional que realiza la atención.

d) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

Traslados

Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de
56.16 UF
Quimioterapia Tope Mensual

Atención Psiquiátrica Hospitalizada(f)

Día Cama Clínica de Recuperación

Honorarios Médicos Quirúrgicos

OTRAS PRESTACIONES

Optica(g)

Prótesis

85% Clinica Las Condes
Medicamentos en Hospitalización
Visita Médico Tratante

Visita Interconsultor(e)

Día Cama Psiquiatría(f)
22.50 UF
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS a)

Día Cama

100% LIBRE ELECCIÓN
Esta cobertura en hospitalización disminuirà en el
porcentaje indicado en los establecimientos
señalados. Se excluye del 100% factura los gastos
no médicos.

Derecho de Pabellón

Procedimientos (c )

Laboratorio

Rayos

Ecotomografía En Control de Embarazo

Honorarios Médicos Ambulatorios

Medicamentos Ambulatorios(d)

Psiquiatría Ambulatoria

Psicología Ambulatoria

Derecho de Pabellón

Procedimientos(c )

Fonoaudiología

Kinesiterapia

Laboratorio

Rayos

PREFERENCIAL (a)

Consulta Médica

Consulta Oftalmológica

Consulta Urgencia (b)

Consulta Domicilio

Día Cama

TIPO DE PLAN :
MATRIMONIAL
PRESTACIONES AMBULATORIAS
TOPE BONIFICACION MAX. BONIFICACION COBERTURA
( UF )
VECES EL ARANCEL AÑO/BENEFIC. ( UF )
(parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto)

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que
la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los
restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan."

II. PLAN DE SALUD

CODIGO DE PLAN :
FSM2E08000 NOMBRE : SUPER PREMIUM 2 - ESPECIAL
I. DISPOSICIONES GENERALES

Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. N° 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad N° 5.583.758-9,
ambos con domicilio en calle Cerro Colorado Nº 5240, piso 7, comuna de Las Condes de la ciudad de Santiago, por una parte y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o
Cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional.

Forman Parte integrante del presente instrumento los siguientes documentos : Plan de Salud, Condiciones Generales, Declaración de Salud, Formulario Unico de Notificación, en adelante FUN, con todos los antecedentes en
él consignados, y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratadoen adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ
BLANCA S.A.. en las cuales se atienda público.

Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes . Para todos los efectos legales del presente contrato las partes
fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago.

II. PLAN DE SALUD
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESAREA
CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL

N° FUN ________________________________
FECHA __________________ LUGAR____________________________________________
NOMBRE: __________________________________________________________________________________
RUT: __________________________________