NOMBRE : IndividualMatrimonial % De Bonif.Max.Bonif.% Bonif.TopeCopagoMax BonifPrestadores Valor RealUFV.AAño/Benef.UFValor RealBonificaciónFijoAño/Benef.UFDerivados 600.22 600.33 600.32$8,000 600.32 500.201.00 500.201.00 600.78 600.90 600.90 601.20 601.203.003.00 601.08 600.66 601.201.561.56 600.661.011.01 600.38 1001.50 1001.50 1002.00 1001.80 1001.10 1000.54 1000.54 1001.30 1006.38 1001.50 801.60 1001.505.63 800.800.32 800.80 800.80 608.10UF Mensual $8,000 MHombreMujerConyuge MujerHombreMujer E0 a 112.402.402.403.003.00 S12 a 232.402.402.402.402.40 2 a 171.101.701.801.101.10 18 a 241.002.201.801.001.20 A25 a 391.003.102.401.003.00 Ñ40 a 491.602.802.001.402.40 O50 a 592.103.902.802.002.80 S60 a 644.004.503.603.603.60 65 a 695.105.104.305.504.30 70 a --5.705.505.206.705.20 Unidad Carga Médica I. DISPOSICIONES GENERALES EntreISAPRE CRUZ BLANCA S.A., InstitucióndeSaludPrevisional,R.U.T. N° 96.501.450-0, representadaporsuGerenteGeneral,donRaúl Valenzuela Searle,IngenieroCivil,cédulanacionalde identidadN° 5.583.758-9, amboscondomicilioencalleCerro Colorado 5240, Piso 7, comunadeLas Condes de la ciudad de Santiago, por una parte y por la otra, elContratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o Cotizante, se ha convenido el siguienteContrato de Salud Previsional. El presente contrato de salud previsional es indefinido y las partes sólo podrán ponerle término por las causales estipuladas en él, se celebra en conformidad con lo dispuesto en ley Nº 18.933 y sus modificaciones. FormanParteintegrantedelpresenteinstrumento los siguientes documentos :Plan de Salud, Condiciones Generales, Declaración de Salud,Formulario Unico deNotificación, en adelante FUN, con todos los antecedentes en él consignados, y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV,documentoqueseencuentraadisposicióndelCotizanteysusbeneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público.Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes .Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. II. PLAN DE SALUDBonificación del 25% por prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea,aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto) CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL N° FUN ____________________________FECHA ______________________________________________LUGAR __________________________________________ NOMBRE : _______________________________________________________RUT : ___________________________________________________________________ TIPO DE PLAN:Grupal Prestaciones Ambulatorias LIBRE ELECCIONCOBERTURA PREFERENCIAL(a) Hosp.Cl. U. Católica de Chile Tope Bonificación "Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al preciodel nuevo plan. " CODIGO DE PLAN:FUC6E06000MASTER 6 - ESPECIAL Psicología Ambulatoria Honorarios Médicos Ambulatorios 60%Sin Tope Hosp. JJ Aguirre, Hosp del Profesor Consulta Oftalmológica Consulta Urgencia (b) Consulta Domicilio Sólo Cobertura Libre ElecciónPsiquiatría Ambulatoria Consulta Médica$4,000 Rayos FonoaudiologiaHosp. Parroquial de San Bernardo Ecotomografia en Control de Embarazo Medicamentos Ambulatorios(d)Sólo Cobertura Libre Elección Hosp. Clinico José Joaquín Aguirre Dia Cama Derecho de Pabellón Procedimientos(c ) KinesiterapiaHospital del Profesor Laboratorio Prestaciones Hospitalizadas Día Cama Copago diario $20.000 Hosp. Clinico José Joaquín Aguirre Derecho de Pabellón Procedimientos(c ) LaboratorioHospital del ProfesorRayos Hospital Clínico Universidad CatólicaVisita Médico TratanteHosp. Parroquial de San Bernardo Visita Interconsultor(e) Honorarios Médicos QuirúrgicosHabitación pluripersonal Medicamentos en Hospitalizacion (h) Otras Prestaciones Optica(g) Sólo Cobertura Libre ElecciónPrótesis Traslados Día Cama Psiquitría (f)6.00Sólo Cobertura Libre ElecciónPrestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas (f) Día Cama Clinica de Recuperacion Consulta Médica7 díasProcedimientos diagnósticos y Terapéuticos15 días ExámenesIntervenciones quirúrgicas30 días DrogasCitotóxicasadministradasenciclosde quimioterapia Tope mensualSólo Cobertura Libre Elección Atenciones de UrgenciaHospital Clínico Universidad Católica Tiempos de Espera: d)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimientos de ortopedia y traumatología. e) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. (f) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se de durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos g) Corresponderá la bonificación de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva (h) Por evento a cada beneficiario. La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional Libre Elección, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del plan contratado. NOTAS EXPLICATIVAS a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se exceptúa de esta cobertura preferencial la atención psiquiatrica , psicológica , fonoaudiológica, radioterapia, prótesis y atención dental. Se excluye de la coberturapreferente y de la cobertura libre elección las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto ). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933". b) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia. c) La linea de cobertura "procedimientos" (diágnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón. composición del grupo familiar (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) Condiciones de Vigencia del Plan Grupal 1 - Mantener una relación equivalente al 90% entre la suma de las tarifas pactadas en los F.U.N de los cotizantes adscritos al Plan Grupal, y la recaudación efectivamente recibida por ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. 2 - Mantener un nivel de gastos en salud y subsidios inferior al 75%, de la recaudación efectivamente recibidas por ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. Requisitos para entrar y mantenerse en el plan grupal TABLA DE FACTORES SEXO EDADPrecio Base Plan de Salud en UF EdadContratanteCargas Precio Total Plan de Salud en UF según ___________________________________________ ___________________________________________Firma Contratante ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. 1.-Pertenecer y mantenerse en la empresa o institución o grupo de dos o mas trabajadores, según el caso. Tope General por BeneficiarioNombre ArancelNota: En caso de planes grupales que se pacten al 7%, se entiende que el afiliado renuncia a los excedentes de cotización de salud. Contratante/Carga LegalISAPRE CRUZ BLANCA S.A. - 4UF Sin Tope