LUGAR____________________________________________ Individual % Bonif.Max. Bonif.% Bonif.CopagoMax. Bonif.Prestadores Valor RealUFV.A.Año/Benef. UFValor RealFijoAño/Benef. UFDerivados Consulta Médica800,54 Consulta Oftalmológica800,84 Consulta Urgencia (b)800,82 Consulta Domicilio800,82 Psiquiatría Ambulatoria500,341,70 Psicología Ambulatoria500,341,70 Día Cama801,92 Honorarios Médicos Ambulatorios802,40 Derecho de Pabellón803,20 Procedimientos (c )802,00 Fonoaudiología802,002,60 Kinesiterapia802,005,00 Laboratorio800,80 Rayos800,96 Ecotomografía En Control de Embarazo800,961,47 Medicamentos Ambulatorios (d)800,40 Visita Médico Tratante1001,02 Visita Interconsultor (e)1001,02 Día Cama Psiquiatría (f)1002,40 Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (f)802,72 Día Cama Clínica de Recuperación1002,409,00 Honorarios Médicos Quirúrgicos1003,00 Procedimientos ( c )1002,50 Día Cama1002,40 Derecho de Pabellón1004,00 Laboratorio1001,00 Rayos1001,20 Medicamentos en Hospitalización1005,10100%9 UF Óptica (g)801,600,64 Prótesis801,60 Traslados801,60 Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de Quimioterapia. Tope Mensual Atenciones de Urgencia (excepto consulta)80% Consulta Médica15 días Exámenes30 días A-1 : HombreMujerCónyuge MujerHombreMujer 0 a 11m1,002,002,002,502,50 1 a 171,002,002,000,800,80 18 a 241,002,802,200,801,50 25 a 341,003,502,600,902,50 35 a 401,203,202,301,202,30 41 a 471,303,002,101,102,10 48 a 542,103,502,401,802,40 55 a 602,603,602,502,402,50 61 a 693,803,803,003,803,00Unidad 70 a 795,004,604,605,004,60 80 y más6,005,305,306,005,30 I. DISPOSICIONES GENERALES Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL N° FUN ________________________________FECHA ___________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________RUT: __________________________________ TRIPLE SALUD G - 4.1 NORMAL TIPO DE PLAN :MatrimonialColectivo CODIGO DE PLAN :GRT4N08000NOMBRE : Copago fijo $2000 Prestador A-1 PRESTACIONES AMBULATORIASLIBRE ELECCIONCOBERTURA PREFERENCIAL (a) TOPE BONIFICACION $4500 A-2 Solo Cobertura Libre elección 90% Sin Tope Megasalud PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Solo Cobertura Libre elección 10,20 Copago diario $12.000 Inst.deSeguridaddelTrabajo-Hospital deNiñosy Cunas Habitación Doble (A-2) OTRAS PRESTACIONES Solo Cobertura Libre elección Solo Cobertura Libre elección Sin Tope (A-2) 808,64 NOTAS EXPLICATIVAS a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se exceptúa de esta cobertura preferencial la atención psiquiátrica , psicológica , fonoaudiología, radioterapia y prótesis. Megasalud TIEMPO DE ESPERA 7 díasProcedimientos diagnósticos y Terapéuticos Intervenciones quirúrgicas d) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimientos de ortopedia y traumatología. e) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. f) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se de durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos. g) Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva. A-2)Instituciones en convenio de la V región:Clínica Miraflores - Hospital IST de Viña - Hospital de Niños y Cunas de Viña - Clínica Los Carrera - Clínica Los Leones. b) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia. c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón. La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional Libre Elección, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente, y procedimientos de bonificación del Plan contratado. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD PLANES NORMALES Precio Base Plan EdadCotizanteCargas Precio Total Plan de Salud en UF según composición del grupo familiar (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) Tope General por BeneficiarioNombre del Arancel Contratante/Carga LegalCarga MédicaISAPRE CRUZ BLANCA - 9UF 1500 UF750 UF 1.- Pertenecer y mantenerse en la empresa o institución o grupo de dos o mas trabajadores, según el caso. Nota: En caso de planes grupales que se pacten al 7%, se entiende que el afiliado renuncia a los excedentes de cotización de salud. ______________________________________________________________________________________ Condiciones de Vigencia del Plan Grupal 1 - Mantener una relación equivalente al 90% entre la suma de las tarifas pactadas en los F.U.N de los cotizantes adscritos al Plan Grupal, y la recaudación efectivamente recibida por ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. 2 - Mantener un nivel de gastos en salud y subsidios inferior al 75%, de la recaudación efectivamente recibidas por ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. Requisitos para entrar y mantenerse en el plan grupal Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.Firma Contratante