II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO . % DE BONIF. VALOR REAL 1002,25 UF 1002,25 UF Día Cama Psiquiatría(f)10022,50 UF 806,00 VA 10045,00 UF45,00 UF 1008,00 VA 801,20 UF 801,86 UF 801,80 UF 801,80 UF 809,60 VA 807,20 VA 804,40 VA 804,40 VA5,72 UF 804,40 VA11,00 UF 803,60 VA 803,60 VA 803,60 VA5,51 UF 806,40 VA 8012,00 UF 500,75 UF3,75 UF 500,75 UF3,75 UF 803,60 VA1,44 UF 803,60 VA 803,60 VA MHombreMujerCónyugeHombre E S0 a 111,002,002,002,50 1 a 171,002,002,000,80 18 a 241,001,961,540,80 25 a 341,002,451,820,90 A35 a 401,202,241,611,20 Ñ41 a 471,302,401,681,10 O48 a 542,103,502,401,80 S55 a 602,603,602,502,40 61 a 693,803,803,003,80 70 a 795,004,604,605,00(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF 80 y más6,005,305,306,00del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.) Unidad Carga Médica 2080 ______________________________________________________________________________________ Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.Firma Contratante NOMBRE: _______________________________________________________________________________________ Consulta Oftalmológica N° FUN ________________________________ Laboratorio Visita Médico Tratante Consulta Médica NOTAS EXPLICATIVAS MAX. BONIFICACION Consulta Urgencia (b) PRESTACIONES HOSPITALIZADAS a)COBERTURA(a) Fonoaudiología 56,16 UF Visita Interconsultor(e) Tope General por Beneficiario UF 1,68 UF Edad Sin Tope Mujer 2,50 0,80 1,05 1,75 1,61 U. F. Contratante/Carga Legal Día Cama Derecho de Pabellón Procedimientos (c ) Medicamentos en Hospitalización85% Clinica Las Condes Rayos Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicadosen el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la Isapre. De igual modo, el beneficio de la cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la cobertura especial GES - CAEC, se otorgarábajolascondicionesymodalidadespactadasenestebeneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. HSM2E08000SUPER PREMIUM 2 H - ESPECIAL INDIVIDUALMATRIMONIAL Kinesiterapia AÑO/BENEFIC. ( UF ) Consulta Domicilio f) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se de durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos. La cobertura Internacional ambulatoria se rige por los porcentajes, topes y bonificaciones maximas citadas precedentemente. La cobertuta Internacional hospitalaria en los items afectos al 100% libre eleccion, tendrán un tope de bonificación de un 85% Clinica Las Condes, con tope de medicamentos de 300 UF. b) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia. Día Cama Ecotomografía En Control de Embarazo Medicamentos Ambulatorios(d) Derecho de Pabellón Honorarios Médicos Ambulatorios g) Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de Quimioterapia Tope Mensual Prótesis Traslados e) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. a) En hospitalizaciones, 100% VALOR FACTURA para items día cama, pabellón, exámenes, procedimientos , y medicamentos durante la hospitalizaciòn en el territorio nacional. Esta cobertura en hospitalización disminuirá en el porcentaje indicado en los establecimientos señalados.Se excluye del 100% factura, los gastos no médicos. Se excluye de la ampliación de cobertura y de la cobertura libre elección las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto ). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933". d) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. Psiquiatría Ambulatoria Psicología Ambulatoria TOPE BONIFICACION CODIGO DE PLANNOMBRE VECES EL ARANCEL( UF ) 100 % LIBRE ELECCIÓN TIPO DE PLAN Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(f)22,50 Día Cama Clínica de Recuperación Óptica(g) Honorarios Médicos Quirúrgicos Procedimientos(c ) Laboratorio Rayos Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRECRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón. AMPLIACION DE PRESTACIONES AMBULATORIAS OTRAS PRESTACIONES CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL LUGAR____________________________________________ RUT: __________________________________ I. DISPOSICIONES GENERALES FECHA ___________________ Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar Nombre del Arancel "Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan." PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESAREA. (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto) TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Cargas ISAPRE CRUZ BLANCA - 4 5,30 3,00 4,60 El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. 2,40 2,50 Contratante Precio Base Plan de Salud Complementario en UF