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Preferente

IGSM01506B

GRAN SANTA MARIA 01

Puntuación del plan 5,9

Desde

$145.383/mes


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II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
NOMBRE :

Individual
Matrimonial Grupal
% Bonif.
Máx.Bonif. % Bonif. Tope Máx.Bonif
Valor Real
UF Veces Arancel Año/Benef/UF Valor Real Bonificación Año/Benef
90
1.10
90
1.10
90
3.60
90
2.97
90
9.00
90
17.00
90
6.57
90
1.89
90
1.58
90
4.50
90
135.00
90
2.00
90
2.70
90
9.00 33.75
70
0.90
70
0.90
70
0.90
70
0.90
70
0.42 1.80
70
0.42 1.80
70
2.00
70
5.00
70
5.11
70
2.00
70
2.40 7.50
70
2.31 5.50
70
1.23
70
1.47
70
0.70
70
4.51 1.80
70
4.90
70
4.20
70
18.00 UF Mensual
7 días

Hombre
Mujer Hombre Mujer
1.75
1.75 1.75 1.75
0.95
0.80 0.95 0.80
0.65
0.55 0.65 0.55
0.55
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.65
0.60
1.40 0.55 1.15
0.80
2.15 0.60 1.55
1.00
2.65 0.75 1.90
1.25
2.55 0.90 1.75
1.35
2.25 1.00 1.55
1.60
2.45 1.20 1.70 Unidad
1.80
2.70 1.35 1.90
2.40
3.00 1.85 2.05 Cte/ carga legal Carga medica
3.10
3.50 2.65 2.50
3.60
3.70 3.30 3.00 Sin Tope 1500 UF
4.20
3.80 3.95 3.50
4.80
4.50 4.50 4.50
5.20
4.50 5.20 4.5080 y mas
ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.______________________________________________________
Firma Contratante _____________________________________
Nombre :
Nombre :
UF
60 a menos de 65
65 a menos de 70

70 a menos de 75
El arancel de prestaciones podra ser reajustado y/o modificado dentro del mes de Enero de cada año y los cambios
entraran en vigencia a contar del primer dia de marzo siguiente.

75 a menos de 80

45 a menos de 50
Tope General por Beneficiario Nombre Arancel
50 a menos de 55

55 a menos de 60

ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. - 9

25 a menos de 30

30 a menos de 35
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor
35 a menos de 40
de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)
40 a menos de 45

Años

0 a menos de 2
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF
2 a menos de 5

5 a menos de 10

10 a menos de 15

15 a menos de 20
Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo
familiar

20 a menos de 25

La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional Libre Elección, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado.

Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la Isapre. De igual modo, el beneficio de la cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la cobertura
especial GES - CAEC, se otorgará bajo las condiciones y modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 536

Edad
Contratante Cargas
d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos . Cada una de las prestaciones incluídas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas
hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección.

e) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia, en horario hábil e inhábil.

f) Corresponderá la bonificación de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva

g) Con indicación médica justificada.

h) Por beneficiario , tope mensual, con indicación médica.

i) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.

Se exceptúa de esta cobertura preferencial la atención psiquiatrica , psicológica, prótesis, traslados y atención dental.

C.S.M. = Medicos Staff Clínica Santa María en convenio

Prestador preferente : CLINICA SANTA MARIA

b) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diágnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipos, sala de procedimientos o derechos de pabellón.

Exámenes
Intervenciones quirúrgicas 30 días
RED CAEC VIGENTE + CLINICA SANTA MARIA

NOTAS EXPLICATIVAS

a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso

Traslados (g)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Tope Mensual (h)

Tiempos de Espera:

Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos
15 días
Rayos

70% Sin Tope Vida Integra, Integramedica y Megasalud

Laboratorio

Medicamentos Ambulatorios ( i )

Otras Prestaciones

Optica (f)

Sólo cobertura libre elección

Prótesis

Dia Cama

Derecho de Pabellón

Procedimientos (c )

Kinesiterapia

Fonoaudiologia

Consulta Domicilio

Psiquiatría Ambulatoria

Psicología Ambulatoria

Honorarios Médicos Ambulatorios

Prestaciones Ambulatorias

Consulta Médica

Consulta Oftalmológica

Consulta Urgencia (e)

Día cama Psiquiatría (d)

10.13

Sólo cobertura libre elección
Prestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas (d)
Día Cama Clinica de Recuperacion

Derecho de Pabellón

Clínica Dávila

Laboratorio
Habitación Individual
Rayos

Clínica Santa María
Avansalud Providencia, Avansalud
Vespucio

Kinesiología

Medicamentos en Hospitalización

Visita Médico Tratante

Sólo cobertura libre elección

Visita Interconsultor (b)

Honorarios Médicos Quirúrgicos
90% Staff C.S.M.con convenio Preferente ISAPRE CRUZ BLANCA
S.A.
Clinica TabancuraProcedimientos (c)
Día Cama

90% Sin Tope
UTI - UCI- Intermedio
TIPO DE PLAN :

Prestaciones Hospitalizadas

Libre Elección
Cobertura Preferencial (a) Clínica Santa María
Tope Bonificación

Prestadores Derivados

I. DISPOSICIONES GENERALES

Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. , Institución de Salud Previsional, R.U.T. N° 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad N° 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Cerro Colorado N°
5240, piso 7, comuna de Las Condes de la ciudad de Santiago, por una parte y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o Cotizante . El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes sólo podrán ponerle

Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud
(GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Unico de Notificación (F.U.N) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones

CODIGO DE PLAN :
IGSM01506B ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. GRAN SANTA MARIA 01 B-506
CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL

N° FUN _______________________________________
FECHA _____________________________ LUGAR_______________________________________________
NOMBRE: _______________________________________________________________________________
RUT: _____________________________________