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Libre ElecciónCódigo IJS02A7090

JOVEN SUPER 02 ALTERNATIVO 7090

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$172.345/mes

4,18 UF
NOMBRE :
% DE BONIF.
VALOR REAL
90
90
90
90
90
90
90
90
90
90
90
90
90
Derecho de Pabellón 90
Honorarios Médicos 90
90
70
70
70
70
70 3,85
70 3,85
70
70
70
70
70 5,46
70 10,50
70
70
70
70 3,50 1,40
70 3,50
70 4,20
Cónyuge
Hombre Mujer Mujer Hombre Mujer
0 a 11 4,00 1,40 4,00 4,00 4,00
1 - 17 4,00 1,40 4,00 4,00 4,00
18 - 23 4,00 1,40 4,00 4,00 4,00
A 24 - 34 1,00 2,31 4,00 4,00 4,00
Ñ 35 - 44 4,00 1,89 4,00 4,00 4,00
O 45 - 47 4,00 1,89 4,00 4,00 4,00
S 48 - 55 4,00 2,70 4,00 4,00 4,00
56 - 59 4,00 3,00 4,00 4,00 4,00
60 - 69 4,00 3,50 4,00 4,00 4,00
70 - 79 4,00 3,50 4,00 4,00 4,00
80 y más 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF
del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.)
Unidad
Carga Médica
1410 UF
___________________________________________ ___________________________________________
Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. Firma Contratante
g) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimientos de ortopedia y traumatología.
h) Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva
i) Por beneficiario, tope mensual, con indicación médica.
La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional, esto es en función del Arancel CRUZ BLANCA S.A.vigente y procedimientos de bonificación del Plan
contratado.
c) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos .
Cada una de las prestaciones incluidas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de
Libre elección.
e) La atención integral de parto incluye el parto normal, cesárea, aborto, embarazo ectópico, diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto.
f) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia.
La información de prestadores que mantengan convenio vigente con la Isapre está disponible en las oficinas de la Isapre o a través del Call Center Salud.
a) La ampliación de cobertura a un 90% SIN TOPE, en prestaciones hospitalizadas para items día cama, pabellón, laboratorio, rayos, imagenología y procedimientos, sólo corresponde si se cumplen
las siguientes condiciones copulativas: (i) que se trate de prestaciones otorgadas por prestadores institucionales y médicos que mantengan convenio vigente con la Isapre, y exclusivamente a través
de la modalidad de Ordenes de Atención; (ii) que el valor del día cama convenido entre la Isapre y el prestador, considerando la habitación individual más simple con baño privado del establecimiento
asistencial en que curse la hospitalización el beneficiario, sea igual o menor a UF 9.00 y (III) que la hospitalización sea dentro del territorio nacional, y que no se trate de hospitalizaciones
psiquiátricas, hospitalizacionesen Clínicas de Recuperación o en habitaciones de mayor hotelería. (suite o Depto)
b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de
arriendos de equipos, sala de procedimientos o derechos de pabellón.
OTRAS PRESTACIONES
NOTAS EXPLICATIVAS
IJS02A7090CODIGO DE PLAN : JOVEN SUPER 2 M ALTERNATIVO 7090
Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula
nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante
individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional.
Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de
Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades
Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones
Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRECRUZ BLANCA S.A. en las
cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas
partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago.
II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESAREA
NOMBRE: _______________________________________________________________________________________ RUT: __________________________________
I. DISPOSICIONES GENERALES
2,45
2,45
4,20
4,20
2,55
4,20
1,80
1,80
7,65
5,40
5,40
3,15
3,15
Derecho de Pabellón
Día Cama
Laboratorio
a ) 90% SIN TOPE si día cama
es igual o menor a UF 7,65
ATENCION INTEGRAL DE PARTO (e)
28,69
Rayos
135,00Medicamentos en Hospitalización
Procedimientos (b )
4,20
5,95
4,20
7,65
5,40
Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de
M
E
S
Cargas
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD N° 529
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/ o modificado dentro del mes de Enero
de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del primer día de marzo
siguiente.
Nombre del Arancel
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF
Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
composición del grupo familiar
ISAPRE CRUZ BLANCA -
9
Edad Contratante
Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente
a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para
tales efectos, ha determinado la Isapre. De igual modo, el beneficio de
la cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la
cobertura especial GES - CAEC, se otorgará bajo las condiciones y
modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los
prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la
Red de la Isapre.
70
(ORDENES DE ATENCION)
TIPO DE PLAN : INDIVIDUAL
CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL
N° FUN ________________________________ FECHA ___________________ LUGAR____________________________________________
MATRIMONIAL
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS TOPE BONIFICACION MAX. BONIFICACION AMPLIACION DE COBERTURA (a)
( UF ) VECES EL ARANCEL AÑO/BENEFIC. ( UF )
0,77
0,77
1,37
Psicología Ambulatoria
Consulta Domicilio
Psiquiatría Ambulatoria
1,41
1,76
1,76
PRESTACIONES AMBULATORIAS
4,95
0,91
Visita Médico Tratante
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas d)
Día Cama Psiquiatría (d)
Honorarios Médicos Quirúrgicos
Medicamentos en Hospitalización
Día Cama Clínica de Recuperación
Día Cama
Visita Interconsultor(c)
45,00
Quimioterapia Tope Mensual (i)
Prótesis
Laboratorio
Kinesiterapia
Rayos
Día Cama
Derecho de Pabellón
Medicamentos Ambulatorios(fg)
Procedimientos(b)
Consulta Médica
Honorarios Médicos Ambulatorios
UF
Tope General por Beneficiario
Contratante/Carga Legal
Sin Tope
Fonoaudiología
Consulta Urgencia (f)
Consulta Oftalmológica
Óptica(h)
52,92
1,37
El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley
Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de
Isapres y su modificaciones.
Traslados
7,65
16,50
16,50
10,29