II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO NOMBRE : % DE BONIF. VALOR REAL 906,75V.A. 906,75V.A. 902,34V.A. 901,44V.A. 901,26V.A. 9024,10UF x Evento 900,81UF 900,81UF 906,75V.A. 902,25V.A. 906,75V.A.25,31UF 904,50V.A. 700,42UF 700,65UF 700,63UF 700,63UF 700,35UF1,75UF 700,35UF1,75UF 705,25V.A. 703,50V.A. 705,25V.A. 701,82V.A. 701,82V.A.2,37UF 701,82V.A.4,55UF 701,12V.A. 700,98V.A. 700,98V.A.1,50UF 701,84UF 701,75V.A.0,70UF 701,75V.A. 703,85V.A. HombreMujerHombreMujer 1,751,751,751,75 0,950,800,950,80 0,650,550,650,55 0,550,550,550,55 0,600,700,550,65 0,601,400,551,15 0,802,150,601,55 1,002,650,751,90 1,252,550,901,75 1,352,251,001,55 1,602,451,201,70(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF 1,802,701,351,90del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.) 2,403,001,852,05 3,103,502,652,50Nombre del ArancelUnidad 3,603,703,303,00Carga Médica 4,203,803,953,50750 4,804,504,504,50 5,204,505,204,50 Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la Isapre.Deigualmodo,elbeneficiodelacoberturaadicionalparaenfermedades Catastróficas(CAEC),ylacoberturaespecialGES-CAEC,seotorgarábajolas condiciones y modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. 30 a menos de 35 Sin Tope TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 536 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF 35 a menos de 40 15 a menos de 20 25 a menos de 30 Kinesiterapia 5 a menos de 10 Contratante 65 a menos de 70 Tope General por Beneficiario Contratante/Carga Legal Edad (Años) 0 a menos de 2 2 a menos de 5 75 a menos de 80 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar 80 y mas 45 a menos de 50 50 a menos de 55 55 a menos de 60 60 a menos de 65 70 a menos de 75 40 a menos de 45 ISAPRE CRUZ BLANCA - 9 ___________________________________________________________________________________________ d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos . Cada una de las prestaciones incluidas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección. e) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. g) Corresponderá la bonificación de marcos y cristales sólo con la presentación de la receta médica respectiva. 10 a menos de 15 El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/ o modificado dentro del mes de Enero de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Cargas Rayos Fonoaudiología Ecotomografía En Control de Embarazo Laboratorio Prótesis Óptica ( g ) Traslados Medicamentos Ambulatorios ( f ) 22,68UF Consulta Urgencia ( e ) Honorarios Médicos Ambulatorios Psicología Ambulatoria Día Cama Rayos OTRAS PRESTACIONES Procedimientos ( b ) Psiquiatría Ambulatoria Derecho de Pabellón Consulta Oftalmológica NOTAS EXPLICATIVAS a) La ampliación de cobertura a un 90% VALOR FACTURA, en prestaciones hospitalizadas para items día cama, pabellón, laboratorio, rayos, imagenologia y procedimientos, sólo corresponde si se cumplen las siguientes condiciones copulativas: (i) que se trate de prestaciones otorgadas por prestadores institucionales y médicos que mantengan convenio vigente con la Isapre, y exclusivamente a través de la modalidad de Ordenes de Atención; (ii) que el valor del día cama convenido entre la Isapre y el prestador, considerando la habitación individual más simple con baño privado del establecimiento asistencial en que curse la hospitalización el beneficiario, sea igual o menor a 6,75UF y (iii) que la hospitalización sea dentro del territorio nacional, y que no se trate de hospitalizaciones psiquiátricas, hospitalizaciones en Clínicas de Recuperación o en habitaciones de mayor hotelería (suite o Departamento). c) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 70 La información de prestadores que mantengan convenio vigente con la Isapre está disponible en las oficinas de la Isapre o a través del Call center Salud b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón. Quimioterapia Tope Mensual Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de TIPO DE PLAN : La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado. Firma Contratante 20 a menos de 25 UF N° FUN ________________________________ Día Cama ( UF) CODIGO DE PLAN : I. DISPOSICIONES GENERALES CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL (ORDENES DE ATENCION)AÑO/BENEFIC. ( UF) Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. RUT: __________________________________ FECHA ___________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________ Laboratorio LUGAR____________________________________________ TOPE BONIFICACION LIBRE SUPER 01 A NORMAL 7090 MAX BONIF MATRIMONIALINDIVIDUAL PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Día Cama Psiquiatría ( d ) Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. AMPLIACION DE COBERTURA ILS010606A 90%VALOR FACTURA si día cama es igual o menor a UF 6,75 a.-) Procedimientos ( b ) VECES EL ARANCEL Derecho de Pabellón PRESTACIONES AMBULATORIAS UF Consulta Médica Consulta Domicilio Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas ( d ) Honorarios Médicos Quirúrgicos Visita Médico Tratante Visita Interconsultor ( c ) 8,44 Medicamentos en Hospitalización