NOMBRE: % DE BONIF. VALOR REAL Día Cama902,97V.A. Derecho de Pabellón902,70V.A. Procedimientos (c )902,03V.A. Laboratorio901,17V.A. Rayos900,90V.A. Medicamentos en Hospitalización9013,77 UF por evento Visita Médico Tratante900,68UF Visita Interconsultor (e)900,68UF Día Cama Psiquiatría (f)902,97V.A.6,75UF Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (f)901,80V.A.6,75UF Día Cama Clínica de Recuperación902,97V.A.11,14 UF Honorarios Médicos Quirúrgicos901,98V.A. Día Cama900,99V.A. Derecho de Pabellón900,90V.A. Honorarios Médicos900,66V.A. Medicamentos904,59UF por evento Consulta Médica700,35UF Consulta Oftalmológica700,54UF Consulta Urgencia (b)700,53UF Consulta Domicilio700,53UF Psiquiatría Ambulatoria700,28UF1,40UF Psicología Ambulatoria700,28UF1,40UF Día Cama702,31V.A. Honorarios Médicos Ambulatorios701,54V.A. Derecho de Pabellón702,10V.A. Procedimientos (c )701,58V.A. Fonoaudiología701,58V.A.2,05UF Kinesiterapia701,58V.A.3,94UF Laboratorio700,91V.A. Rayos700,70V.A. Ecotomografía En Control de Embarazo700,70V.A.1,07UF Medicamentos Ambulatorios (d)701,05UF Óptica (h)701,58V.A.0,63UF Prótesis701,58V.A. Traslados701,96V.A. Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de Quimioterapia Tope Mensual Cónyuge MHombreMujerMujerHombreMujer E0 a 112,402,402,403,003,00 S12 a 232,402,402,402,402,40 2 a 171,101,701,801,101,10 18 a 241,002,201,801,001,20 25 a 391,003,102,401,003,00 A40 a 491,602,802,001,402,40 Ñ50 a 592,103,902,802,002,80 O60 a 644,004,503,603,603,60 S65 a 695,105,104,305,504,30 70 y más5,705,505,206,705,20 (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.) Unidad Carga Medica 750 UF ______________________________________________________________________________________ Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.Firma Contratante Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRECRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. e) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL N° FUN ________________________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________RUT: __________________________________ FECHA ___________________LUGAR____________________________________________ I. DISPOSICIONES GENERALES TIPO DE PLAN :INDIVIDUALMATRIMONIAL CODIGO DE PLAN:ILS10AA709PLAN LIBRE SUPER 10A - ALTERNATIVO 7090 PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESAREA PRESTACIONES HOSPITALIZADASTOPE BONIFICACIONMAX. BONIFICACIONAMPLIACION DE COBERTURA (a) ( UF )VECES EL ARANCELAÑO/BENEFIC. ( UF )(ORDENES DE ATENCION) PRESTACIONES AMBULATORIAS OTRAS PRESTACIONES NOTAS EXPLICATIVAS 7018,90UF ATENCION INTEGRAL DE PARTO (g) CargasContratante La información de prestadores que mantengan convenio vigente con la Isapre está disponible en las oficinas de la Isapre o a través del Call Center Salud. b) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia. c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón. d) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. g) La atención integral de parto incluye el parto normal, cesárea, aborto, embarazo ectópico, diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto. h) Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar f) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene coberturalos medicamentos . Cada una de las prestaciones incluidas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección. ISAPRE CRUZ BLANCA - 9 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD N° 523 Edad Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos,hadeterminadolaIsapre.Deigualmodo,elbeneficiodela cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la cobertura especial GES - CAEC, se otorgará bajo las condiciones y modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/ o modificado dentro del mes de Enero de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Tope General por Beneficiario Contratante/Carga legal 1500 UFU.F. Nombre del Arancel