II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO NOMBRE % DE BONIF. VALOR REAL 901,53V.A. 901,80V.A. 902,03V.A. 901,17V.A. 900,90V.A. 909,18UF x Evento 900,68UF 900,68UF 901,53V.A. 901,80V.A. 901,53V.A.5,74UF 900,90V.A. 700,35UF 700,54UF 700,53UF 700,53UF 700,28UF1,40UF 700,28UF1,40UF 701,19V.A. 700,70V.A. 701,40V.A. 701,58V.A. 701,58V.A.2,05UF 701,58V.A.3,94UF 700,91V.A. 700,70V.A. 700,70V.A.1,07UF 700,70UF 701,58V.A.0,63UF 701,58V.A. 701,26V.A. HombreMujerHombreMujer 1,751,751,751,75 0,950,800,950,80 0,650,550,650,55 0,550,550,550,55 0,600,700,550,65 0,601,400,551,15 0,802,150,601,55 1,002,650,751,90 1,252,550,901,75 1,352,251,001,55 1,602,451,201,70 1,802,701,351,90 2,403,001,852,05(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF 3,103,502,652,50del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.) 3,603,703,303,00 4,203,803,953,50 4,804,504,504,50 5,204,505,204,50 Nombre ArancelUnidad Carga Médica 750 UF Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. Consulta Domicilio Psiquiatría Ambulatoria PRESTACIONES AMBULATORIAS El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRECRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. Honorarios Médicos Quirúrgicos 6,75 Medicamentos en Hospitalización Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas ( c )UF Día Cama Clínica de Recuperación Día Cama Psiquiatría ( c ) AMPLIACION DE COBERTURA Día Cama ( UF) I. DISPOSICIONES GENERALES LUGAR____________________________________________ TOPE BONIFICACION LIBRE SUPER 12 NORMAL 7090 MAX BONIF ILS1279011 MATRIMONIAL CODIGO DE PLAN Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. RUT: __________________________________ FECHA ___________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________ N° FUN ________________________________ 0,0 CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL TIPO DE PLANINDIVIDUAL VECES EL ARANCEL PRESTACIONES HOSPITALIZADAS(ORDENES DE ATENCION) La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado. Firma Contratante 20 a menos de 25 25 a menos de 30 UF ___________________________________________________________________________________________ NOTAS EXPLICATIVAS b) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 70 a) La linea de cobertura "procedimientos" (diágnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón. Traslados 18,90UF Optica ( f ) Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de Prótesis OTRAS PRESTACIONES Rayos Ecotomografía En Control de Embarazo Medicamentos Ambulatorios ( e ) Procedimientos ( a ) Consulta Médica Derecho de Pabellón Kinesiterapia Laboratorio Visita Médico Tratante Visita Interconsultor ( b ) Consulta Oftalmológica Consulta Urgencia ( d ) Honorarios Médicos Ambulatorios Psicología Ambulatoria Día Cama AÑO/BENEFIC. ( UF) Procedimientos ( a ) Derecho de Pabellón Laboratorio Rayos c) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos . Cada una de las prestaciones incluídas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección. d) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. e) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. f) Corresponderá la bonificación de marcos y cristales sólo con la presentación de la receta médica respectiva. 10 a menos de 15 5 a menos de 10 75 a menos de 80 ISAPRE CRUZ BLANCA - 91500 UF 70 a menos de 75 40 a menos de 45 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 536 45 a menos de 50 50 a menos de 55 55 a menos de 60 60 a menos de 65 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF 35 a menos de 40 Quimioterapia Tope Mensual Fonoaudiología Precio Total Plan de Salud Complemetario en UF según composición del grupo familiar Edad (Años) 0 a menos de 2 2 a menos de 5 15 a menos de 20 ContratanteCargasLas garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la Isapre. De igual modo, el beneficio de la cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la cobertura especial GES - CAEC, se otorgará bajo las condiciones y modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 30 a menos de 35 El arancel de prestaciones podra ser reajustado y/ o modificado dentro del mes de Enero de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del primer dia de 65 a menos de 70 Tope General por Beneficiario Contratante/Carga Legal 80 y mas