LUGAR____________________________________________ II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO NOMBRE : IndividualMatrimonial % De Bonif.Max.Bonif.% Bonif.TopeCopagoMax BonifPrestadores Valor RealUFV.AAño/Benef.UFValor RealBonificaciónFijoAño/Benef.UFDerivados 901,35 901,35 901,80 901,62 900,99 900,49 900,49 901,17 905,74 901,35 901,80 901,355,06 700,25 700,39 700,38$6.000 700,38 700,281,40 700,281,40 700,91 701,05 701,05 701,40 701,403,503,50 701,26 700,77 701,401,821,82 700,44 700,700,28 700,70 700,70 709,45UF Mensual 70% MHombreMujerCónyuge MujerHombreMujer E0 a 112,402,402,403,003,00 S12 a 232,402,402,402,402,40 2 a 171,101,701,801,101,10 18 a 241,002,201,801,001,20 A25 a 391,003,102,401,003,00 Ñ40 a 491,602,802,001,402,40 O50 a 592,103,902,802,002,80 S60 a 644,004,503,603,603,60 65 a 695,105,104,305,504,30 70 y más5,705,505,206,705,20 Unidad Carga Médica 750 Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. #¡REF! I. DISPOSICIONES GENERALES Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL N° FUN ________________________________FECHA ___________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________RUT: __________________________________ CODIGO DE PLAN :IPMU1E7090PREFERENTE MASTER UC 1ESPECIAL 7090 TIPO DE PLAN :Grupal Prestaciones Hospitalarias LIBRE ELECCIONCOBERTURA PREFERENCIAL (a) Hosp. Cl. U. Católica de Chile Tope Bonificación Hospital del Profesor Rayos Hospital Clínico Universidad CatólicaVisita Médico Tratante Día Cama Copago diario $20.000 Hosp. Parroquial de San Bernardo Visita Interconsultor(c) Honorarios Médicos QuirúrgicosHabitación pluripersonal Medicamentos en Hospitalización Hosp. Clínico José Joaquín Aguirre Derecho de Pabellón Procedimientos(b ) Laboratorio Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d) Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Ambulatorias Día Cama Psiquiatría (d)6,75Sólo Cobertura Libre Elección $3.000Hosp. JJ Aguirre, Hosp del ProfesorConsulta Médica Consulta Oftalmológica Consulta Urgencia (e) 70%Sin Tope Consulta Domicilio Sólo Cobertura Libre Elección Hosp. Clínico José Joaquín Aguirre Día Cama Derecho de Pabellón Procedimientos (b) Psiquiatría Ambulatoria Psicología Ambulatoria Honorarios Médicos Ambulatorios FonoaudiologíaHosp. Parroquial de San Bernardo Medicamentos Ambulatorios(f)Sólo Cobertura Libre Elección KinesiterapiaHospital del Profesor Laboratorio Rayos Otras Prestaciones Óptica(g) Sólo Cobertura Libre ElecciónPrótesis Traslados (h) Intervenciones quirúrgicas30 días DrogasCitotóxicasadministradasenciclosde quimioterapia Tope mensual (i)Sólo Cobertura Libre Elección Atenciones de Urgencia (excepto consulta)Hospital Clínico Universidad Católica NOTAS EXPLICATIVAS Se excluye de la cobertura preferente y de la cobertura libre elección las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto ). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933". a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye el reembolso Se exceptúa de esta cobertura preferencial la atención psiquiátrica , psicológica , fonoaudiología, radioterapia, prótesis y atención dental. Tiempos de Espera: Consulta Médica7 díasProcedimientos diagnósticos y Terapéuticos15 días Exámenes f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria y procedimientos de ortopedia y traumatología. g) Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva (h) Con indicación médica justificada i) Por beneficiario, tope mensual con indicación médica b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipos, sala de procedimientos o derechos de pabellón. c) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. (d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se de durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos e) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia. La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional Libre Elección, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del plan contratado. TABLA DE FACTORES SEXO EDADPrecio Base Plan de Salud en UF EdadContratanteCargas 1500 Precio Total Plan de Salud en UF según composición del grupo familiar (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) ______________________________________________________________________________________ Firma Contratante Tope General por BeneficiarioNombre Arancel Contratante/Carga LegalISAPRE CRUZ BLANCA - 9UF