FECHA ___________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________ NOMBRE : IndividualMatrimonialGrupal % Bonif.Máx.Bonif.% Bonif.TopeMáx.Bonif Valor RealUFVeces ArancelAño/Benef/UFValor RealBonificaciónAño/Benef 901,22 901,22 903,69 906,75 905,85 903,60 901,80 901,80 9027,54 906,75 904,00 906,7525,31 700,63 700,98 700,95 700,95 700,703,50 700,703,50 702,87 705,25 704,55 702,80 702,10 702,807,007,00 702,803,643,64 701,40 701,40 704,381,75 705,60 705,25 7030,24UF Mensual 70%Sin Tope HombreMujerHombreMujer 1,751,751,751,75 0,950,800,950,80 0,650,550,650,55 0,550,550,550,55 0,600,700,550,65 0,601,400,551,15 0,802,150,601,55 1,002,650,751,90 1,252,550,901,75 1,352,251,001,55 1,602,451,201,70 1,802,701,351,90 2,403,001,852,05 3,103,502,652,50Unidad 3,603,703,303,00Cont/ carga legalCarga medica 4,203,803,953,50Sin Tope1370 UF 4,804,504,504,50 5,204,505,204,50 Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL N° FUN ________________________________ RUT: __________________________________ I. DISPOSICIONES GENERALES Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-7, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. CODIGO DE PLAN :IPSM01606BPREFER STA MARIA 1 B NORMAL 7090 TIPO DE PLAN : Prestaciones Hospitalizadas Libre ElecciónCobertura Preferencial (a) Clínica Santa María Tope BonificaciónPrestadores Derivados Visita Médico Tratante90% Staff C.S.M. con convenio PreferenteClínica Tabancura Visita Interconsultor (b) Honorarios Médicos Quirúrgicos Día Cama90% Sin Tope Derecho de Pabellón Procedimientos (c)Habitación Individual Clínica Dávila Laboratorio Clínica Santa MaríaRayos Medicamentos en Hospitalización Día cama Psiquiatría (d)16,88Sólo cobertura libre elecciónPrestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d) Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Ambulatorias Consulta Médica70%Sin TopeClínica TabancuraConsulta Oftalmológica Consulta Urgencia (e)Clínica Santa María Honorarios Médicos Ambulatorios 70% Consulta Domicilio Sólo cobertura libre elecciónPsiquiatría Ambulatoria Psicología Ambulatoria Sin Tope Clínica Tabancura Día Cama Derecho de Pabellón Procedimientos (c ) Clínica Santa María Medicamentos Ambulatorios (f) Kinesiterapia Clínica Dávila Traslados (h) DrogasCitotóxicasAdministradasenCiclosde Quimioterapia Tope Mensual (i) Fonoaudiología Rayos Laboratorio Otras Prestaciones 30 días Atenciones de UrgenciaClínica Santa María Tiempos de Espera: Óptica (g) Sólo cobertura libre elección Prótesis RED CAEC VIGENTE + CLINICA SANTA MARIA NOTAS EXPLICATIVAS a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Consulta Médica7 díasProcedimientos diagnósticos y Terapéuticos15 días ExámenesIntervenciones quirúrgicas c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipos, sala de procedimientos o derechos de pabellón. d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos . Cada una de las prestaciones incluidas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección. e) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia, en horario hábil e inhábil. f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimientos de ortopedia y traumatología. Se exceptúa de esta cobertura preferencial la atención psiquiátrica , psicológica, prótesis, traslados y atención dental. C.S.M. = Médicos Staff Clínica Santa María en convenio Prestador preferente : CLINICA SANTA MARIA b) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Cargas Años 0 a menos de 2 años 2 a menos de 5 años g) Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva (h) Con indicación médica justificada. (i) Por beneficiario , tope mensual, con indicación médica. La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional Libre Elección, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado. 5 a menos de 10 años 10 a menos de 15 años 15 a menos de 20 añosPrecio Base Plan de Salud Complementario en UF 20 a menos de 25 años TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 536Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la Isapre. De igual modo, el beneficio de la cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la cobertura especial GES - CAEC, se otorgará bajo las condiciones y modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. EdadContratante 40 a menos de 45 años(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor 45 a menos de 50 añosde la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) 25 a menos de 30 años 30 a menos de 35 añosPrecio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar35 a menos de 40 años 65 a menos de 70 añosISAPRE CRUZ BLANCA - 9UF70 a menos de 75 años 50 a menos de 55 años 55 a menos de 60 años 60 a menos de 65 añosTope General por BeneficiarioNombre Arancel Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. ______________________________________________________Firma Contratante _____________________________________ 75 a menos de 80 añosEl arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de Enero de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. 80 y mas