FECHA ___________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________ NOMBRE : IndividualMatrimonialGrupal % Bonif.Máx.Bonif.% Bonif.TopeMáx.Bonif Valor RealUFVeces ArancelAño/Benef/UFValor RealBonificaciónAño/Benef 901,22 901,22 903,69 906,75 905,85 903,60 901,80 901,80 9027,54 906,75 904,00 906,7525,31 700,63 700,98 700,95 700,95 700,703,50 700,703,50 702,87 705,25 704,55 702,80 702,10 702,807,007,00 702,803,643,64 701,40 701,40 704,381,75 705,60 705,60 7030,24UF Mensual 70%Sin Tope HombreMujerHombreMujer 1,751,751,751,75 0,950,800,950,80 0,650,550,650,55 0,550,550,550,55 0,600,700,550,65 0,601,400,551,15 0,802,150,601,55 1,002,650,751,90 1,252,550,901,75Unidad 1,352,251,001,55ContratanteCarga 1,602,451,201,70Sin Tope1580 UF 1,802,701,351,90 2,403,001,852,05 3,103,502,652,50 3,603,703,303,00 4,203,803,953,50 4,804,504,504,50 5,204,505,204,50 Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL N° FUN ________________________________ RUT: __________________________________ I. DISPOSICIONES GENERALES Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-7, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. CODIGO DE PLAN:IPSM179078PREFERENTE SANTA MARIA 01 7090-78 TIPO DE PLAN: Prestaciones Hospitalizadas Libre ElecciónCobertura Preferencial (a) Clínica Santa María Tope BonificaciónPrestadores Derivados Visita Médico Tratante 90% Staff C.S.M. con convenio Preferente Clinica Tabancura Visita Interconsultor (b) Honorarios Médicos Quirúrgicos Día Cama90% Sin Tope Derecho de Pabellón Procedimientos (c)Habitación Individual Clínica Dávila Laboratorio Clínica Santa MaríaRayos Medicamentos en Hospitalización Día cama Psiquiatría(d)16,88Sólo cobertura libre elecciónPrestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas (d) Día Cama Clinica de Recuperacion Prestaciones Ambulatorias Consulta Médica70%Sin TopeClinica TabancuraConsulta Oftalmológica Consulta Urgencia (e)Clínica Santa María Honorarios Médicos Ambulatorios 70% Consulta Domicilio Sólo cobertura libre elecciónPsiquiatría Ambulatoria Psicología Ambulatoria Sin Tope Clinica Tabancura Dia Cama Derecho de Pabellón Procedimientos (c ) Clínica Santa María Medicamentos Ambulatorios (f) Kinesiterapia Clínica Dávila Traslados(h) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Tope Mensual(i) Fonoaudiologia Rayos Laboratorio Otras Prestaciones 30 días Atenciones de UrgenciaClinica Santa María Tiempos de Espera: Optica (g) Sólo cobertura libre elección Prótesis NOTAS EXPLICATIVAS a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se exceptúa de esta cobertura preferencial la atención psiquiatrica , psicológica, prótesis, traslados y atención dental. Consulta Médica7 díasProcedimientos diagnósticos y Terapéuticos15 días ExámenesIntervenciones quirúrgicas d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos . Cada una de las prestaciones incluídas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección. e) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia, en horario hábil e inhábil. f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimientos de ortopedia y traumatología. g) Corresponderá la bonificación de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva C.S.M. = Medicos Staff Clínica Santa María en convenio Prestador preferente : CLINICA SANTA MARIA b) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. c) La línea de cobertura "procedimientos" (diágnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipos, sala de procedimientos o derechos de pabellón. 0-1 añosPrecio Total Plan de Salud en UF (h) Con indicación médica justificada. (i) Por beneficiario , tope mensual, con indicación médica. La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional Libre Elección, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado. Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la Isapre. De igual modo, el beneficio de la cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la cobertura especial GES - CAEC, se otorgará bajo las condiciones y modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. EdadContratanteCargas TABLA DE FACTORES SEXO EDADPrecio Base Plan Años 5 - 9 años(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor 10 - 14 añosde la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) 15 - 19 años 20 - 24 años 25 - 29 años 30 - 34 años 35 - 39 añosTope General por Beneficiario 2-4 añossegún Grupo familiar 50 - 54 años 55 - 59 años 60 - 64 años Nombre Arancel 40 - 44 añosISAPRE CRUZ BLANCA - 9UF45 - 49 años Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. ______________________________________________________Firma Contratante _____________________________________ Nombre :Nombre : 65 - 69 años 70 - 74 años 75 - 79 años 80 y mas