FECHA ___________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________ NOMBRE : TIPO DE PLAN :IndividualMatrimonial % Bonif.Máx.Bonif.% Bonif.TopeMáx.BonifCopago fijo Valor RealUFVeces ArancelAño/Benef/UFValor RealBonificaciónAño/Benef 904,05 902,97 902,52 901,62 901,62 9013,77 901,22 901,22 904,05 904,05 902,70 904,0515,19 700,633000 (a1) 700,983000 (a1) 700,955000 (a2) 700,95 700,422,10 700,422,10 701,962,55 702,63 701,964,90 703,15 701,96 703,15 702,31 701,26 701,26 701,400,56 701,40 701,40 7015,12UF Mensual 70%Sin Tope HombreMujerHombreMujer 1,751,751,751,75 0,950,800,950,80 0,650,550,650,55 0,550,550,550,55 0,600,700,550,65 0,601,400,551,15 0,802,150,601,55 1,002,650,751,90 1,252,550,901,75 1,352,251,001,55 1,602,451,201,70 1,802,701,351,90Unidad 2,403,001,852,05UF 3,103,502,652,50 3,603,703,303,00 4,203,803,953,50 4,804,504,504,50 5,204,505,204,50 II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-7, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. N° FUN ________________________________ RUT: __________________________________ I. DISPOSICIONES GENERALES CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL CODIGO DE PLAN :IPVM179011PREF HOSP CL VIÑA DEL MAR 1 90% Sin Tope Prestaciones Hospitalizadas Libre ElecciónCobertura Preferencial (a) Hospital Clínico Viña del Mar Tope Bonificación Prestadores Derivados Hospital Clínico Viña del Mar Derecho de Pabellón Procedimientos (c) Laboratorio Habitación IndividualRayos Medicamentos en Hospitalización Día Cama Día Cama Clínica de Recuperación Visita Médico Tratante Sólo cobertura libre elecciónVisita Interconsultor (e) Honorarios Médicos Quirúrgicos Prestaciones Ambulatorias Consulta Médica Hospital Clínico Viña del MarConsulta Oftalmológica Consulta Urgencia (b) Día cama Psiquiatría (f)10,13Sólo cobertura libre elecciónPrestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (f) Consulta Domicilio Sólo cobertura libre elección Psiquiatría Ambulatoria Psicología Ambulatoria Fonoaudiología Medicamentos Ambulatorios (d) Kinesiterapia Honorarios Médicos Ambulatorios Procedimientos (c ) 70%Sin topeHospital Clínico Viña del Mar Día Cama Derecho de Pabellón Laboratorio Rayos Otras Prestaciones Óptica (g) Sólo cobertura libre elecciónPrótesis Traslados Intervenciones quirúrgicas30 días DrogasCitotóxicasAdministradasenCiclosde Quimioterapia Tope Mensual Atenciones de Urgencia (excepto consulta)Hospital Clínico Viña del Mar NOTAS EXPLICATIVAS a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se exceptúa de esta cobertura preferencial la atención psiquiátrica , psicológica , fonoaudiología, radioterapia , prótesis, traslados y atención dental. Prestador preferente: Hospital Clínico de Viña del Mar, habitación individual . Tiempos de Espera: Consulta Médica7 díasProcedimientos diagnósticos y Terapéuticos15 días Exámenes b) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia, en horario hábil e inhábil. c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón. d) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimientos de ortopedia y traumatología. e) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. (a1) La cobertura preferente para consulta medica se otorga en Centro Médico del Hospital Clínico Viña del Mar. (a2) La cobertura preferente para consulta de urgencia se otorga en el Hospital Clínico Viña del Mar. NOTA: LA CONSULTA PEDIATRICA Y DE URGENCIA PEDIATRICA SE REALIZA EN EL HOSPITAL DE NIÑOS Y CUNAS. De existir insuficiencia en el Prestador Preferente, los beneficiarios podrán solicitar atención en Clínica Avansalud cuando se trate de atención de urgencia o en Megasalud para consultas medicas. 0 a menos de 2 2 a menos de 5 f) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos . Cada una de las prestaciones incluidas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección. g) Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva. La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional Libre Elección, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado. 5 a menos de 10 10 a menos de 15Precio Base Plan de Salud Complementario en UF 15 a menos de 20 TABLA DE FACTORES SEXO EDADLas garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la Isapre. De igual modo, el beneficio de la cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la cobertura especial GES - CAEC, se otorgará bajo las condiciones y modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Edad (Años)ContratanteCargas 35 a menos de 40(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor 40 a menos de 45de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) 20 a menos de 25 25 a menos de 30Precio Total Plan de Salud Complementario en UF 30 a menos de 35según Grupo familiar Carga Méd.ISAPRE CRUZ BLANCA - 9 60 a menos de 651940 UF970 UF 45 a menos de 50 50 a menos de 55Tope General por BeneficiarioNombre Arancel 65 a menos de 70 70 a menos de 75 75 a menos de 80 80 y mas 55 a menos de 60Contte/C.Legal Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.______________________________________________________Firma Contratante _____________________________________ Nombre :