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Libre ElecciónCódigo MR01E18

MARINA 1

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$332.283/mes

8,06 UF
N° FUN ________________________________
NOMBRE: _______________________________________________________________________________________RUT: _____________________________________________________
TIPO DE PLAN: INDIVIDUAL MATRIMONIAL
%Bonificación Cobertura Preferente
Sobre Valor Real UF Veces Arancel (1) - (2)
(*) 100 7,2
(*) 100 10,00
(*) 100 17,00
(*) 100 17,00
100 7,2
100 1,80
100 1,30
(*) 100 8,50
(*) 100 1,50
(*) 100 1,45
(*) 100 1,40
Procedimientos de Diagnósticos (5) (*) 100 3,00
Procedimientos Terapéuticos (5) (*) 100 3,33
100 3,33
100 4,58
100 5,50
100 50,00
100 7,20
80 0,72
50 1,00
80 1,40
80 1,20
80 1,21
80 2,50
80 2,66
80 2,66
80 2,66
80 4,49
80 6,33
100 50,00
Protesis,Ortesis,Y Elemento De Osteosintesis 80 10,41
Traslados (6) 80 0,90
Cristal Óptico (7) 80 0,96 0,96
Audifono 80 5,00 5,00
NOTAS ADICIONALES
(5) Con indicación médica justificada.
(6) Por beneficiario año contrato, con receta médica.
(7) Por beneficiario año contrato, con indicación médica justificada.
Unidad
UF
Cobertura Internacional :
Fonoaudiologia
Exámenes Radiológicos
Procedimientos de Diagnósticos (5)
3,74
Consulta Y Procedimiento Psiquiátrico Y Psicológico
Exámenes de Laboratorio
Honorario Medico Quirúrgico
5,00
Medicamento,Insumo,Mat.Clinico (4)
2,00
Día cama Ambulatorio
HOSPITALARIAS
DIA Cama
27,00
12,00
DIA Cama Clínica Recuperación
DIA Cama Psiquiatría
Por Año Contrato UF
DIA Cama Unidad Tto. Intensivo (Adulto)
En hospitalización 100%
Valor factura para items
marcados con (*), si día
cama es igual o menor a
7,2 UF.
Máximo De Bonificación
50,00
Bonificación del 25% por prestaciones referidas al embarazo.
( Parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo)
PRESTACIONES
Exámenes Radiológicos
DIA Cama Unidad Tto. Intensivo (Ped-Neo)
ISAPRE CRUZ BLANCA - 2
3,74
Fonoaudiologia
Tope De Bonificación
Drogas Antineoplásicas (8)
DIA Cama Unidad Intermedia
Kinesiologia, Med.Fisica Y Rehabilitación
Kinesiologia, Med.Fisica Y Rehabilitación
Derecho De Pabellón
Exámenes De Laboratorio
Consulta Medica En Hospitalización (3)
CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL
MARINA 1 ESPECIAL
Consulta Medica General Y Especialidades
OTRAS
7,00
Honorario Medico Quir. Ambulatorio
Derecho De Pabellón
___________________________________
Procedimientos Terapéuticos (5)
Firma del afiliado
___________________________________
Firma y Timbre Isapre
Nombre Del Arancel
1- El valor de la UF para el pago de las cotizaciones, será la del último día
del mes en que se devenga la remuneración.
Se otorga según el Plan suscrito, con un tope máximo de 1000 UF al año contrato, en los mismos términos de la Cobertura Nacional y para aquellos planes sin tope, se
bonificará de acuerdo a los valores establecidos en la Clínica de mayor valor en Chile.
MR01E18
Tac-RNM-Ecotomografía
Tac - RNM - Ecotomografía
(4) La linea de cobertura "procedimientos" (diágnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre
gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón.
"PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA"
Sin Tope
Tope General Por Beneficiario
AMBULATORIAS
Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el(la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaraciónde Embarazo que
éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentraembarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho
a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:
i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en elcual podrán efectuarse
los ajustes que correspondan a los restantes beneficios del nuevo plan.
ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podránrealizarse los ajustes
pertinentes en relación al precio del nuevo plan.
Se excluye de la cobertura preferente y de la cobertura libre elección las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización
por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto ). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo
estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del
artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933".
COBERTURA PREFERENTE HOSPITALIZADA, (*)100% Valor factura si día cama es igual o menor a 4,6 UF(IVA Incluido)
Esta cobertura preferencial se otorga sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio. Para la cobertura preferencial hospitalizada, se considerará el
valor del día cama (IVA incluído) de la habitación individual más simple con baño privado del establecimiento asistencial, en que se hospitalice el beneficiario
(2) Se bonifica visita interconsulta , sólo con indicación del médico tratante.
(3) Por evento a cada beneficiario.
Precio Base Del Plan De Salud
Precio Final según familia
2- Para la determinación del monto de las bonificaciones, se utilizará el
valor que la UF tenga el último
FECHA __________________________________________________
I. DISPOSICIONES GENERALES
Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero
Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la
otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional.
El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo
dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud,
la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones.
Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del
Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional
para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el
Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada
oficina de ISAPRECRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de
ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de
II. PLAN DE SALUD SALUD