FECHA ___________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________ NOMBRE : IndividualMatrimonialGrupal % Bonif.Máx.Bonif.% Bonif.TopeMáx.Bonif Valor RealUFVeces ArancelAño/Benef/UFValor RealBonificaciónAño/Benef 901,80 901,80 905,76 901,96 9010,80 905,85 9027,0027,00 907,2027,00 9054,0054,00 701,01 701,01 701,01 701,51 700,603,01 700,603,01 905,76 701,96 701,543,85 701,542,00 701,75 701,54 700,70 703,991,60 708,40 704,55 HombreMujerHombreMujer 1,751,751,751,75 0,950,800,950,80 0,650,550,650,55 0,550,550,550,55 0,600,700,550,65 0,601,400,551,15 0,802,150,601,55 1,002,650,751,90 1,252,550,901,75 1,352,251,001,55 1,602,451,201,70 1,802,701,351,90 2,403,001,852,05 3,103,502,652,50 3,603,703,303,00Unidad 4,203,803,953,50Cont/ carga legalCarga medica 4,804,504,504,50Sin Tope1970 UF 5,204,505,204,50 Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL N° FUN ________________________________ RUT: __________________________________ I. DISPOSICIONES GENERALES Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-7, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. CODIGO DE PLAN :PTAL02606APlan Top Alemana 2-A TIPO DE PLAN : Prestaciones Hospitalizadas Libre ElecciónCobertura Preferencial (a) Clínica Alemana de Santiago Tope BonificaciónPrestadores Derivados Visita Médico Tratante 90% Staff C. A. En convenio Preferente Clínica Santa María Visita Interconsultor (b) Honorarios Médicos Quirúrgicos Procedimientos (c) Día Cama90 % LIBRE ELECCION90% Sin Tope Derecho de Pabellón Laboratorio 60% Clínica las CondesHabitación Individual Rayos Kinesiterapia Clínica Alemana de Santiago DrogasCitotóxicasAdministradasenCiclosde Quimioterapia (h)50% Clínica Las Nieves Medicamentos en Hospitalización Prótesis Traslados (g) Día cama Psiquiatría (d) Sólo cobertura libre elecciónPrestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d) Día Cama Clínica de Recuperación Consulta Domicilio Sólo cobertura libre elecciónPsiquiatría Ambulatoria Psicología Ambulatoria Prestaciones Ambulatorias Consulta Médica70% Sin Tope Consulta OftalmológicaClínica Alemana de Santiago Consulta Urgencia (e) Honorarios Médicos Ambulatorios70% Staff C. A. En convenio Preferente Clínica Santa María Procedimientos (c ) Día Cama 90 % LIBRE ELECCION 60% Clínica las Condes 50% Clínica Las Nieves 70% Sin TopeDrogasCitotóxicasAdministradasenCiclosde Quimioterapia (h) Derecho de PabellónClínica Alemana de Santiago LaboratorioClínica Alemana de Santiago Medicamentos Ambulatorios ( i ) Otras Prestaciones KinesiterapiaSólo cobertura libre elección Fonoaudiología Rayos70% Sin Tope Óptica (f) Prótesis Traslados (g) Atenciones de Urgencia(excepto medicamentos ambulatorios)70 % Sin Tope Clínica Alemana de Santiago Tiempos de Espera: Consulta Medica7 díasProcedimientos diagnósticos y Terapéuticos15 días ExámenesIntervenciones quirúrgicas30 días Se exceptúa de esta cobertura preferencial la atención psiquiátrica , psicológica, prótesis, traslados y atención dental. C.A = Médicos Staff Clínica Alemana en Convenio Prestador preferente : CLINICA ALEMANA DE SANTIAGO b) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. RED CAEC VIGENTE + CLINICA ALEMANA NOTAS EXPLICATIVAS a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. (g) Con indicación médica justificada. (h) Por beneficiario , con indicación médica. i) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. La cobertura Internacional ambulatoria se rige por los porcentajes, topes y bonificaciones máximas citadas precedentemente. La cobertura Internacional hospitalaria en los ítems afectos al 90% libre elección, tendrán un tope de bonificación equivalente al valor convenido para cada prestación en Clínica Las Condes, con tope de medicamentos de 360 UF. c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipos, sala de procedimientos o derechos de pabellón. d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos . Cada una de las prestaciones incluidas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección. e) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia, en horario hábil e inhábil. f) Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 536Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la Isapre. De igual modo, el beneficio de la cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la cobertura especial GES - CAEC, se otorgará bajo las condiciones y modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Edad (Años)CotizanteCargas 0 a menos de 2 2 a menos de 5 5 a menos de 10 10 a menos de 15 15 a menos de 20 20 a menos de 25 40 a menos de 45 50 a menos de 55 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF 45 a menos de 50según Grupo familiar Precio Base Plan de Salud Complementario en UF 25 a menos de 30 30 a menos de 35 35 a menos de 40 Tope General por BeneficiarioNombre Arancel 70 a menos de 75ISAPRE CRUZ BLANCA - 9 (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor 55 a menos de 60de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) 60 a menos de 65 65 a menos de 70 Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. ______________________________________________________Firma Contratante _____________________________________ Nombre :Nombre : UF 75 a menos de 80 80 y masEl arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de Enero de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente.