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Libre ElecciónCódigo RPRO100013

PROTECCION R1000

Puntuación del plan
1,7

Plan no comercializable.

Desde

$74.651/mes

1,81 UF
CÓDIGO DE PLAN : RPRO100013 NOMBRE :
% de
Bonificación

Día cama
1.05 VA
Día cama cuidados intensivos o coronarios
2.10 UF
Día cama cuidados intermedios
2.10 UF
Derecho de Pabellón
0.70 VA
Exámenes de laboratorio
0.70 VA
0.77
VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
0.70 VA
Imagenología: Resonancia Nuclear Magnética
1.00 VA
Kinesiología
0.91 VA 2.28 UF
0.91
VA
Medicamentos (1.j)
3.61 UF
1.20
UF
0.74
VA
0.34
UF
0.34
UF
2.21
VA 39.45 UF
1.63
VA
1.05
VA
1.05
VA 3.94 UF
1.05
VA 3.94 UF
1.05
VA 3.94 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1f )
25 0.90 UF
0.80
VA
0.50
VA
0.55
VA
0.50
VA
0.72
VA
0.65
VA 1.63 UF
0.65
VA
0.53
VA
0.70
VA
1.16
VA 1.50 UF
1.58
VA
1.58
VA 28.18 UF
1.30
VA
0.65
VA
0.65
VA 2.15 UF
0.78
VA 0.78 UF
0.78
VA 0.78 UF
Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental
0.82 UF
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales
0.83 UF
Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.25 UF
Endodoncia Incisivo
1.42 UF
Endodoncia Premolar
1.51 UF
Endodoncia Molar
1.83 UF
0.34
UF
2.84
VA 1.13 UF
0.75
VA
1.05
VA
Cobertura internacional (1.m)

Pabellón ambulatorio (2.a)

Procedimientos (1.a)

Fonoaudiología

50

50

Optica (1h)

OTRAS COBERTURAS

Medicamentos ambulatorios (1g)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

Radioterapia

Quimioterapia (1.c)

Prótesis v Ortesis

Atención integral de nutricionista (1.k)

Honorarios médicos quirurgicos (2.a)

Procedimientos (1.a)

Visita por médico interconsultor (1.b)

PLAN PROTECCION R1000

Histopatología

Imagenología: Resonancia Nuclear Magnetica

Consulta médica

Exámenes de laboratorio

Histopatología

70

Kinesiología

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Tope
de Bonificación

Tope Máximo Año Contrato por
Beneficiario UF(2.c)

70

Quimioterapia (1.c)

AMBULATORIAS

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificaciòn y topes de la Libre Elección, y está
afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000.

Materiales e insumos clínicos (1.j)

Honorarios médicos quirurgicos

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Visita por médico tratante (1.b)

Traslados Médicos (1.d)

Box Ambulatorio (2.b)

Prestaciones Dentales PAD (1.l):

40
1.00 VA
TIPO DE PLAN :

INDIVIDUAL

Atención integral de enfermería (1.k)

FUN Nº:

PRESTACIONES

Psiquiatría Ambulatoria
50
Psicología Ambulatoria

Día Cama Psiquiatría (1e)

70
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1e)
Día Cama Clínica de Recuperación

Traslados Médicos (1.d)
Hombre Mujer Mujer
1.80
1.80 1.80
0.95
0.80 0.77
0.75
0.55 0.55
0.65
0.55 0.55
0.60
0.70 0.60
0.70
1.55 0.92
0.80
2.15 1.50
1.00
3.30 1.80
1.10
3.05 1.65
1.30
2.40 1.55
1.45
2.45 1.60
1.75
2.70 1.90
2.40
3.20 2.10
3.10
3.50 2.50
4.30
3.70 3.00
4.50
3.80 3.25
5.50
4.50 4.50
5.50
4.90 4.50
$

_____________________________
_____________________________
Firma Isapre
Firma del Afiliado
Fecha :
Nombre :
Rut :
Huella Dactilar
Contratante

NOTAS EXPLICATIVAS :

1.- Coberturas

4.50

80 y más

1.45

1.75

ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

Modalidad Arancel
Isapre CruzBlanca - 31Identificación Única del Arancel (4.a)
3.a) Las bonificaciones se pagarán en pesos. Para su calculo se considera el valor de la UF del último día del mes anterior al de la

1.k) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo
cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de indice de Masa Corporal (I.M.C) y con
diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermeria: para mayores de 55 años portadores de patologias cronicas, en
centros de enfermeria del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

0.68

0.68

5.50

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.d) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.e) El tope anual indicado para Psiquiatría Hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la
hospitalización.

2.b) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o
terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

1.j) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento
hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial
(público o privado), o bajo el regimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en
uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca
el término del evento.

3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

2.d) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en
prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,
a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

4.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación
experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de
1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente
disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las
nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y
otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2.a) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y uso de anestesia general, éstos ítems (Días cama, Pabellón y
Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.

1.a) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los
honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

3.b) El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponda
devengar la cotización.

2.c) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de
las prestaciones por libre elección y/o por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de
beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de
la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta
forma el nuevo copago del afiliado.

1.g) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y
traumatología.

4.-Reajuste del arancel de prestaciones.

2.- Definiciones

PLAN PROTECCION R1000

45 a menos de 50

0.55

5.50

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Edad años

1.10

1.30

Tope General por Beneficiario en UF (2.c)
1500
1.c) Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia.

75 a menos de 80

0 a menos de 2

2 a menos de 5

1.80

70 a menos de 75

15 a menos de 20

4.30

1.00

3.10

Cargas

Precio Total Plan de Salud Complementario en
UF según composición del grupo familiar

10 a menos de 15

5 a menos de 10

0.55

Contratante

2.40

0.63

20 a menos de 25

25 a menos de 30

30 a menos de 35

35 a menos de 40

55 a menos de 60

60 a menos de 65

40 a menos de 45

1.m) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales
del contrato de salud Provisional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas distintos del ingles,
deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jovenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que
presenten caries de una o más piezas dentales.

50 a menos de 55

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF
(3.b)

Hombre

0.80

PLAN PROTECCION R1000

65 a menos de 70