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Libre ElecciónCódigo SL23B80

SELECCION B 2300

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$294.360/mes

7,14 UF
II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
( b )

( b )

( c )

( d )

( b )

( b )

( f )

M

E

S

A

Ñ

O

S

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF

del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.)

UF

Firma del afiliado
Firma y Timbre Isapre
__________________________________________________________
_____________________________________________________
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/ o modificado dentro del
mes de Enero de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del
primer día de marzo siguiente.

Unidad
Nombre del Arancel
OTRAS PRESTACIONES

2,80

2,20

2,80

0,70

2,00

2,00

2,00

4,50

3,25

8,00

2,00

2,00
2,00
4,00

1,00

4,50

4,50

5,50

4,50

90

3,50

1,80

1,80

3,50

3,00

2,80

2,70

2,70

2,20

3,00

2,60

2,00

1,70

2,60

2,00
1,40
0,70

2,70

45 a 47

48 a 55
1,70
1,20

1,50

35 a 44

2,00

4,00
4,00 4,50
3,00

2,00

3,50

4,50
4,0080 y más
2,00

3,30

1,00

1,00

2 a 17

18 a 23

24 a 34

80

1,00

1,25

0,60

Procedimientos Diagnósticos

80

2,00

80

Derecho de Pabellón

100
6,12
200,00

100

100

Día Cama Unidad Intermedia

2,00

Procedimientos Diagnóstico

10,83

8,47

Día Cama Unidad Tto. Intensivo (Adulto)

Día Cama Unidad Tto.Intensivo (Ped-Neo)

100

Día Cama Psiquiatría

Rx-Tac-Rnm-Ecotomografía

Consulta Medica En Hospitalización

100

Prótesis

Óptica
80
Consulta Urgencia ( e )

80

80

1,00

10,41

Honorarios Médicos Ambulatorios

80

Kinesiología, Med.Fisica y Rehabilitación

100
Día Cama 6,12
PRESTACIONES AMBULATORIAS

1,95

Rx-Tac-Rnm-Ecotomografía

80

80

Exámenes de Laboratorio
80
0,65

Medicamentos Ambulatorios, corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

La cobertura Internacional ambulatoria se rige por los porcentajes, topes y bonificaciones máximas citadas precedentemente. La cobertura Internacional hospitalaria en los ítems
afectos al 90% libre elección, tendrán un tope de bonificación equivalente al valor convenido para cada prestación en Clínica Indisa, con tope de medicamentos de 360 UF.

2,00

3,10

f) Corresponderá la bonificación de marcos y cristales sólo con la presentación de la receta médica respectiva.

e) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

80

200,00

I. DISPOSICIONES GENERALES

Psicología Ambulatoria

Psiquiatría Ambulatoria

Honorario Medico Quirúrgico

Fonoaudiologia

Procedimientos Terapéuticos

Fonoaudiologia

Consulta Médica ( General y Especialidades )

Exámenes Radiológicos

Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil,
cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el
Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional.

Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de
Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades
Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de
Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ
BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir
firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago.

10,83

SELECCIÓN B-2300

TIPO DE PLAN :

80

1,53

0,65

80

100

90

100

100

90

100

80

Traslados

Día Cama

100

100

Medicamentos en Hospitalización

100

Procedimientos Terapéuticos

Derecho de Pabellón

Exámenes de Laboratorio

Ex. Radiológicos

b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos
por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón.

c) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

NOTAS EXPLICATIVAS

12 a 23
1,00 1,252,00 2,00
d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los
medicamentos . Cada una de las prestaciones incluidas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que
otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección.

56 a 59

70 a 79
3,00
2,50

4,00

3,00

3,50
60 a 69
0,60
2,00
Edad
Carga
Hombre

Contratante

0 a 11

Cónyuge

Carga

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 21

2,00

Mujer

2,00
1,00
Hombre

2,00

2,00

2,00

1,80

2,00

2,00

2,00

2,00

5,00

1,95

CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL

N° FUN ____________________________________
FECHA _____________________________________ LUGAR__________________________
NOMBRE: _____________________________________________________________________
RUT: _______________________________________________
100

100

1,00

80
0,65
1,00

INDIVIDUAL
MATRIMONIAL
CODIGO DE PLAN
SL23B80 NOMBRE
( UF)

% DE BONIF.

VALOR REAL

COBERTURA PREFERENTE

(ORDENES DE ATENCION) ( a )

MAX BONIF

AÑO/BENEFIC. ( UF)

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

Kinesiología, Med.Fisica Y Rehabilitación

TOPE BONIFICACION

VECES EL ARANCEL

80

Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los
prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la
Isapre. De igual modo, el beneficio de la cobertura adicional para enfermedades
Catastróficas (CAEC), y la cobertura especial GES - CAEC, se otorgará bajo las
condiciones y modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores
ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

ISAPRE CRUZ BLANCA - 2

Tope General por Beneficiario

Sin Tope

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
composición del grupo familiar

Mujer

2,50
2,50
El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en
Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex
Superintendencia de Isapres y su modificaciones.

Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de

Quimioterapia Tope Mensual
100 200,00
1,00

10,41

3,10
Audífono