II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO NOMBRE % DE BONIF. VALOR REAL 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 80 80 80 80 80 80 80 80 80 80 80 80 80 80 80 80 Cónyuge MHombreMujerMujerHombreMujer E S0 a 111,001,401,402,502,50 12 a 231,001,401,401,251,25 2 a 171,001,401,400,600,60 18 a 231,001,401,190,700,70 A24 a 341,002,311,821,001,82 Ñ35 a 441,201,891,401,401,40 O45 a 471,501,891,262,001,40 S48 a 551,702,701,802,202,20 56 a 593,003,002,502,802,80 60 a 693,503,502,803,003,00(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF 70 a 794,003,503,004,003,50del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.) 80 y más4,504,004,004,504,00 Unidad ______________________________________________________________________________________ Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.Firma Contratante La cobertura Internacional ambulatoria se rige por los porcentajes, topes y bonificaciones máximas citadas precedentemente. La cobertura Internacional hospitalaria de los items afectos al 100% Sin Tope, tendrán un tope de bonificación de un 100% del arancel de la Clínica de mayor valor en Chile, con tope de medicamentos de600 UF. Contratante - Carga Legal - Carga Médica ISAPRE CRUZ BLANCA - 9U.F.El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/ o modificado dentro del mes de Enero de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente.Sin Tope Cobertura Internacional : Tope General Por BeneficiarioNombre del Arancel Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar TABLA DE FACTORES SEXO EDAD N° 22 EDADCotizanteCargas (5) Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva (6) Incluye días cama, exámenes, pabellón, medicamentos y todo procedimiento. (7) Incluye el equipo médico y honorarios médicos. (8)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de losprestadoresubicadosenelterritorionacionalqueparatalesefectos, ha determinado la Isapre. De igual modo, el beneficio de la cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la cobertura especial GES - CAEC, se otorgarábajolascondicionesymodalidadespactadasenestebeneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. (3) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón. (4) Con indicación médica justificada. 7,73 6,00 Procedimientos Diagnósticos Y Terapéuticos(3) Fonoaudiología Kinesiología, Med.Fisica Y Rehabilitación (1) Se bonifica visita interconsulta , sólo con indicación del médico tratante. Exámenes De Laboratorio (2) Por evento a cada beneficiario. 6,70 15,00 80 7,80 5,00 Consulta Y Procedimiento Psiquiátrico Y Psicológico Honorario Medico Quir. Ambulatorio Derecho De Pabellón Medicamento,Insumo,Mat.Clinico(2) Kinesiología, Med.Fisica Y Rehabilitación Honorario Medico Quirúrgico Fonoaudiología 5,02 Procedimientos Diagnósticos Y Terapéuticos(3) Sin Tope Sin Tope 20,80 4,20 6,00 6,00 4,02 9,66 Cobertura Parto, Cesárea y Aborto Sin Tope 6,70 60,0060,00 31,3831,38 Sin Tope El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. I. DISPOSICIONES GENERALES CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL N° FUN ________________________________FECHA ___________________LUGAR____________________________________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________RUT: __________________________________ Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758.-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A, deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. b) Honorarios Médicos Hospitalizados(7) a) Hospitalización(6) 20,80 40,00 TODO FAMILIA D 14TF14D08000CODIGO DE PLAN PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESAREA. (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto) "Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan." MATRIMONIAL Cobertura Preferente VECES EL ARANCEL( UF) TOPE BONIFICACION Por Año Contrato UF Máximo de Bonificación Sin Tope Sin Tope Sin Tope TIPO DE PLANINDIVIDUAL PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Día Cama Día Cama Unidad Intermedia Día Cama Unidad Tratamiento Intensivo (Adulto) Sin Tope Día Cama Unidad Tratamiento Intensivo (Ped-Neo) Día Cama Clínica Recuperación Día Cama Psiquiatría Consulta Medica En Hospitalización(1) Exámenes de Laboratorio Sin Tope Derecho De Pabellón Exámenes Radiológicos 40,00 7,50 7,50 PRESTACIONES AMBULATORIAS 12,80 4,15 6,00 Medicamentos Ambulatorios(8) OTRAS PRESTACIONES Día cama Ambulatorio Consulta Medica General Y Especialidades Oftalmología Urgencia Exámenes Radiológicos (Rx-Tac-Rnm-Ecot) 2,68 12,80 2,50 17,60 25,00 NOTAS ADICIONALES Cristal Óptico(5) Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de Quimioterapia Tope Mensual 2,50 Protesis,Ortesis,Y Elemento De Osteosíntesis Traslados(4) 85,00