PlanEVEREST ANEXO DE CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL EVEREST Plan de Salud Complementario con Modalidad Libre Elección Plan con cobertura reducida de Parto, Cesárea, Aborto Espontáneo y Neonatología y Cirugías Bariátricas y Fotorrefractivas o Fototerapeúticas y Cirugías Rinoplásticas y Hospitalización Pediátrica y Neonatológica y procedimientos e intervenciones prostáticas y testiculares. EVERE35
COBERTURA INTERNACIONAL: BONIFICACION DE ACUERDO A LOS TOPES EXPRESADOS EN LAS COLUMNAS (1) Y (2). OTRAS COBERTURAS VA : VECES ARANCEL NUEVA MASVIDA PlanEVEREST COBERTURA DENTAL EN EL PLAN COMPLEMENTARIO: La Isapre cubre aquellas prestaciones dentales contenidas en el arancel de prestaciones de Isapre Nueva Masvida. El resto de las prestaciones dentales ofrece descuentos entre un 30% y 60% del Arancel del Colegio de Odontologos de Chile con prestadores que mantengan convenio vigente con la Isapre Nueva Masvida.El listado de prestadores y Arancel están disponibles en las oficinas de atención de público de la Isapre. Plan con Cobertura Reducida en Prestaciones Obstétricas (Parto, Cesárea o Aborto), en Cirugías Bariátricas y Fotorrefractivas, Cirugías Rinoplásticas y Hospitalización Pediátrica y Neonatológica y Procedimientos e Intervenciones quirúrgicas prostáticas y testiculares HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA Día Cama90%10,50UF Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios90%12,00UF Día Cama Cuidados Intermedios90%11,00UF Exámenes de Laboratorio90%1,90VA Imagenología90%1,90VA Kinesiología90%1,90VA Derecho de Pabellón90%6,20VA Medicamentos (Por evento durante la Hospitalización) (***)90%28,00UF Materiales e Insumos Clínicos (Por evento durante la Hospitalización) (***)90%10,00UF Procedimientos90%1,80VA Honorarios Médicos Quirúrgicos90%5,60VA Visita por Médico Tratante90%0,70UF Visita por Médico Interconsultor90%0,70UF Traslados Médicos90%20,00UF Prótesis y Ortesis y Elementos de Osteosíntesis90%12,00UF Box Ambulatorio (por menos de 4 horas)90%1,30UF Pabellón Ambulatorio90%6,20VA PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Sala Cuna90%1,00UF Día Cama Incubadora90%2,00UF Día Cama Psiquiatría90%1,30UF19,00UF Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Hospitalarios90%1,50VA2,80UF Honorarios Matrona90%1,60VA Consulta Psiquiátrica70%2,00VA2,00UF Consulta Psicológica70%2,00VA2,00UF Resonancia Nuclear Magnética Ambulatoria70%1,70VA Scanner y Ecografías Ambulatorias70%1,70VA Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Ambulatorios70%1,30VA2,10UF Prestaciones Obstétricas (parto, Cesárea o Aborto). Cirugías Bariátricas (Cualquier Técnica). Hospitalización Neonatológica y Pediátrica ( Cualquier Intervención y Procedimiento). Cirugías Fotorrefractivas y/o Fototerapéuticas (Cualquier Técnica). Cirugías Rinoplásticas (Cualquier Técnica). Procedimientos e intervenciones prostáticas y testiculares (Cualquier Técnica). Medicamentos e Insumos en Servicio de Urgencia (b)70%0,50UF1,00UF PRESTACIONES % Bonificación sobre Valor Real de la Prestación TOPE DE BONIFICACION U.F. o Veces Arancel (1) TOPE MÁXIMO Año Contrato por Beneficiario en U.F. (2) AMPLIACIÓN DE COBERTURA (3) 90% Valor Factura Si Día Cama Individual más simple con Baño Privado es menor o igual a10,00 U.F. (**) SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN COBERTURA Sin Cobertura SIN COBERTURA SIN COBERTURA 25% de la Cobertura del Plan Complementario de Salud. 80% Sin tope Nivel I(*) EVERE35 6842 1,80UF Quimioterapia90% AMBULATORIAS Consulta Médica70%0,68UF Consulta Oftalmológica70%0,75UF Exámenes de Laboratorio70%1,70VA Imagenología70%1,70VA Procedimientos70%1,70VA Kinesiología70%1,40VA2,90UF Fonoaudiología70%1,40VA2,90UF Radioterapia (Incluye Insumos)70%20,00UF Quimioterapia70%20,00UF Prótesis y Ortesis70%9,00UF Lentes con Fuerza Dióptrica70%0,70UF Atención Integral de Enfermería70%0,57UF1,71UF Atención Integral de Nutricionista (****)70%0,57UF1,71UF Prestaciones Dentales (PA D) (*****)70%1,00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos90%5,60VA
Firma Representante IsapreFirma y Huella Dactilar del Afiliado Nombre:Nombre: RUT:RUT: Fecha: IDENTIFICACION DEL ARANCEL: Arancel Nueva Masvida No2UNIDAD: PESOS PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO:Suma de Factores x Tarifa Base. * La cotización de salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. TOPE GENERAL POR BENEFICIARIO U.F. Año/Contrato PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO: (Según composición del grupo familiar) PRECIO BASEUnidades de Fomento * Para aquellos planes en que el cálculo de la bonificación de cobertura reducida resulte inferior a la que otorga el Fondo Nacional de Salud en su modalidad Libre Elección, la Isapre otorgará dicha cobertura mínima. Para el cálculo de la Cobertura Reducida, no rige la Ampliación de Cobertura expresada en la columna 3 del Plan complementario de Salud. - Hospitalización Pedriátrica y/o Neonatológica: Corresponde a la cobertura de las intervenciones y procedimientos incluidas en el grupo de Prestaciones Hospitalarias con ocasión de la hospitalización de un menor de 15 años. - La cobertura para el parto no podrá ser inferior a la que resulte de aplicar el nuevo plan la proporcionalidad que establece el Artículo 189, letra (g) del D.F.L. No1 más la proporción correspondiente al plan que estaba vigente a la fecha de la modificación. CLAUSULA ESPECIAL PARA PLANES CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO Durante la vigencia del presente Plan, Isapre Nueva Masvida estará obligada a aceptar el cambio que el(la) cotizante le solicite. El(la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos entre los siguientes planes de salud: a) Un Plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. b) Un Plan de salud que mantenga los beneficios del Plan que se sustituye y aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. En todo caso, las partes podrán convenir, de común acuerdo, que el (la) cotizante se incorpore a un plan que otorgue mayores beneficios, realizando los ajustes de precio que correspondan. COBERTURA 25% De la Cobertura del Plan Complementario de Salud. Día Cama Cirugía o Maternidad Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios e Intermedios Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos (Por Evento durante la Hospitalización) Visita por Médico Tratante e Interconsultor Derecho de Pabellón Atención Inmediata Recién Nacido Honorarios Médicos Quirúrgicos y Matrona Exámenes de Laboratorio Imagenología Kinesiología Procedimientos Las Prestaciones Obstétricas (Parto, Cesárea o Aborto) o involucradas en Cirugías Bariátricas (cualquier técnica) y Fotorrefractivas y/o Fototerapeúticas (cualquier técnica) y Cirugías Rinoplásticas (cualquier técnica) y Hospitalización Pediátrica y Neonatológica (Cualquier Intervención o procedimiento) y Procedimientos e Intervenciones quirúrgicas prostáticas y testiculares (cualquier técnica) tendrán una cobertura reducida tal como se indica a continuación, en las prestaciones que le correspondan: IDENTIFICACIÓN ÚNICA DE LA TABLA DE FACTORES: 63 GRUPOSCOTIZANTECARGA DE EDADHOMBREMUJERHOMBREMUJER 0 a menos de 2 Años1,801,801,801,80 2 a menos de 5 Años0,800,800,750,75 5 a menos de 10 Años0,700,800,550,55 10 a menos de 15 Años0,700,800,550,55 15 a menos de 20 Años0,701,200,550,70 20 a menos de 25 Años0,802,000,551,00 25 a menos de 30 Años0,802,400,701,50 30 a menos de 35 Años1,003,001,001,80 35 a menos de 40 Años1,102,801,101,70 40 a menos de 45 Años1,402,401,401,60 45 a menos de 50 Años2,702,702,702,70 50 a menos de 55 Años4,954,954,954,95 55 a menos de 60 Años4,954,954,954,95 60 a menos de 65 Años4,954,954,954,95 65 a menos de 70 Años4,954,954,954,95 70 a menos de 75 Años4,954,954,954,95 75 a menos de 80 Años4,954,954,954,95 80 y más Años4,954,954,954,95 3.700
ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCION NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: (1)COBERTURAS: -Es de exclusiva responsabilidad del beneficiario informarse sobre los prestadores que mantienen convenio vigente con Isapre Nueva Masvida. b) La cobertura por este concepto corresponde solo en atención de Urgencia de Clínica u Hospital y opera bajo la modalidad de Reembolso. (*) Si se utilizan Laboratorios y Centros de Radiología, cuyas prestaciones estén pactadas en los precios equivalentes a los niveles indicados en la columna Ampliación de Cobertura, sólo mediante la modalidad de Orden de Atención (Bono). -Cobertura Internacional:La bonificación opera contra reembolso. Los documentos originales deben ser presentados dentro del plazo de 90 días de la emisión. El tipo de cambio que se utilice será el del día de la emisión de las respectivas boletas. -(**)Se cumple requisito para obtener Ampliación de Cobertura si se dan las siguientes dos condiciones: 1) Que el valor de la Pieza Individual más simple con baño privado del establecimiento asistencial (día cama estándar) sea menor o igual al valor estipulado en el recuadro de Ampliación de Cobertura, de acuerdo al listado de establecimientos asistenciales(******). 2) Y que el beneficiario opte por el día cama estándar del establecimiento u otra de menor valor. La opción de Ampliación de Cobertura se perderá cuando no se cumpla alguna de las condiciones precedentes, en cuyo caso operará el porcentaje de bonificación y los Topes expresados en la columna (1). -(***)Para la Bonificación de la Prestación Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos se considerará como “EVENTO” al período contemplado desde el ingreso al recinto hospitalario hasta el alta. La cobertura de los Medicamentos y Materiales Clínicos se dará solamente a aquellos administrados durante la Hospitalización en el Centro Asistencial. -(****)Estas atenciones están destinadas a pacientes entre 15 y 35 años, con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (Diabetes Mellitus Tipo II o Pre-Diabetes). Por el carácter integral de la atención de nutricionista, se entiende que la prestación incluye en su valor una evaluación al inicio, cuatro controles y una evaluación al término. -(*****)Estas prestaciones estan destinadas a pacientes entre 12 y 17 años, que requieran algunas de las prestaciones dentales que están incorporadas en el Arancel de Prestaciones. Sólo se otorgan en la red de prestadores habilitados por la isapre, la que está disponible en la página web de Isapre Nueva Masvida. -Quimioterapia:El Tope de Bonificación para Quimioterapia Hospitalaria y Ambulatoria comprende la cobertura de: Honorarios Médicos, administración y preparación de la droga y drogas Antineoplásicas (incluidas y financiadas en el Programa Nacional de Drogas Antineoplásicas (PINDA y PANDA) del Ministerio de Salud de Chile). -(******) El listado de los prestadores y establecimientos asistenciales con sus correspondientes camas estándar está disponible en las oficinas de atención de público de la isapre. (2)DEFINICIONES: Prestaciones Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria:Cuando exista un ingreso hospitalario, la utilización de un día cama en un establecimiento asistencial por, a lo menos, cuatro horas o cuando se realice una prestación asociada a un guarismo de un pabellón 5 o superior, se entenderá que se trata de una prestación de este grupo y recibirá cobertura hospitalaria. Box Ambulatorio:La lsapre podrá bonificar bajo este concepto aquellos cobros que haga el prestador, por la utilización de cualquier tipo de acomodación dentro del establecimiento asistencial -cama, sillón, camilla u otro- con fines de diagnóstico o tratamiento, que se utilice por menos de 4 horas. Cirugía Ambulatoria:Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados pabellones de guarismo 4 o menos. (3)VALOR DE CONVERSION DE LA UNIDAD DE FOMENTO A UTILIZAR: -La equivalencia en pesos de la UF utilizada para las prestaciones que estén pactadas en dicha unidad, corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. -La Cotización de Salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. (4)REAJUSTE DEL ARANCEL DE PRESTACIONES: PlanEVEREST EVERE35 -El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos deberá ser reajustado a lo menos una vez al año. Dicho reajuste será el 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC), entre enero y diciembre de cada año calendario y será aplicable durante el mes de febrero siguiente al año calendario considerado