PRESTACIONES % Bonificación sobre valor real (o valor factura) TOPE DE BONIFICACION (1) TOPE MAXIMO DE BONIFICACION U.F. por Beneficiario/año (2) CLINICA INDISA Y AMPLIACION DE COBERTURA (3) TOPE MAXIMO DE BONIFICACION U.F. por Beneficiario/año (4) COBERTURA LIBRE ELECCIONCOBERTURA PREFERENTE TIEMPOS MAXIMOS DE ESPERA (En días corridos) Exámenes10 días VAM : VECES ARANCEL MASVIDA COBERTURA INTERNACIONAL BONIFICACION DE ACUERDO A LOS TOPES EXPRESADOS EN LAS COLUMNAS (1) Y (2) PRESTACIONES DENTALESSin bonificación en el Plan Complementario de Salud: La Isapre ofrece descuentos entre un 30% y un 60% del Arancel del Colegio de Odontólogos de Chile con prestadores que mantengan convenio vigente con Isapre Masvida. El listado de prestadores y el Arancel están disponibles en las oficinas de atención de público de la Isapre. PRESTADORES DERIVADOS 100% SIN TOPE (*****) en Cl. Indisa de Santiago (Hospitalización en Habitación Doble) 100% Valor Factura SIN TOPE Libre Elección Si pieza individual MAS simple con baño privado del hospital o clínica es menor o igual a 4,00 UF (**) PRESTACIONES HOSPITALARIAS Día Cama Medicina y Cirugía100%4,50 UF Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios100%10,00 UF Día Cama Cuidados Intermedios100%6,31 UF Día Cama Sala Cuna100%2,50 UF Día Cama Incubadora100%8,50 UF Exámenes de Laboratorio100%2,34 VAM Exámenes de Imagenología y Radiología100%2,34 VAM Kinesiología, Medicina Física y Rehabilitación100%2,34 VAM Derecho de Pabellón100%5,90 VAM Medicamentos y Materiales Clínicos (Por evento durante la Hospitalización) (***)100%40,00 UF Día Cama Psiquiatría100%1,00 UF16,00 UF Psicoterapia y Procedimientos Psiquiatricos y Psicológicos100%4,90 VAM4,85 UF Procedimientos100%4,90 VAM Visita Médica Enfermo Hospitalizado100%0,85 UF Atención Inmediata Recién Nacido100%1,02 UF Honorarios Quirúrgicos100%4,50 VAM PRESTACIONES AMBULATORIAS Consulta Médica80%0,40 UF Visita Médica80%0,40 UF Consulta Oftalmológica80%0,60 UF Consulta Psiquiátrica80%1,80 VAM1,90 UF Consulta Psicológica80%1,80 VAM1,90 UF Exámenes de Laboratorio80%1,10 VAM Exámenes de Imagenología y Radiología80%1,10 VAM Procedimientos80%1,30 VAM Fonoaudiología80%1,10 VAM3,33 UF Kinesiología, Medicina Física y Rehabilitación80%1,10 VAM3,45 UF Psicoterapia y Procedimientos Psiquiatricos y Psicológicos80%1,35 VAM2,95 UF CIRUGIA MENOR AMBULATORIA Honorarios Quirúrgicos100%3,50 VAM Derecho de Pabellón Cirugía Menor100%5,00 VAM CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Derecho de Pabellón100%5,00 VAM Medicamentos y Materiales Clínicos (Por evento durante la Hospitalización) (***)100%20,00 UF Box Ambulatorio (por menos de 4 hrs.)100%1,00 UF Exámenes Laboratorio, Imagenología y Radiología100%1,38 VAM Honorarios Quirúrgicos100%4,00 VAM Procedimientos100%1,45 VAM OTRAS PRESTACIONES Traslado Local en Ambulancia80%1,55 UF Traslado Interurbano con indicación médica80%2,50 UF Prótesis, Órtesis y Audífonos80%11,55 UF Marcapaso y Válvula Mitral80%11,55 UF Lentes con Fuerza Dióptrica80%0,50 UF TRATAMIENTOS ONCOLOGICOS Medicamentos e Insumos para el Tto. del Cancer (Drogas Antineoplásicas)80%10,70 UF Quimioterapia Honorarios80%4,60 UF Radioterapia Integral (Incluye insumos)80%20,40 UF LAVERAN 116 Lave116FECHA: F.U.N. No:X Plan con Cobertura Maternal INDIVIDUAL: CODIGO:4782
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD - Es de exclusiva responsabilidad del beneficiario informarse sobre los Prestadores que mantienen convenio vigente con ISAPRE MASVIDA S.A.. - La equivalencia en Pesos de la U.F. utilizada para las Prestaciones que estén pactadas en dicha unidad, será el valor correspondiente al último día del mes anterior al otorgamiento de la Prestación. - Para efecto de reajustar el valor de las prestaciones del arancel expresado en pesos ($), la Isapre considerará un valor entre 10% y 100% de la variación que haya experimentado el I.P.C. el año calendario anterior al cual se está aplicando el reajuste y será aplicable 30 días después de que el Arancel del Fondo Nacional de Salud sea publicado en el Diario Oficial. - Cirugía Menor Ambulatoria: Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados Pabellones de Guarismo 3 o Inferior. - Cirugía Mayor Ambulatoria: Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados Pabellones de Guarismo 4 o Superior. (***)Para la bonificación de la prestación Medicamentos y Materiales Clínicos se considerará como ”EVENTO” al período contemplado desde el ingreso al recinto hospitalario hasta el alta. La cobertura de los Medicamentos y Materiales Clínicos se otorgarásolamenteaaquellosadministradosdurantelaHospitalizaciónenelCentroAsistencial. (*****)Cobertura Preferente:Será otorgada única y exclusivamente enClínica Indisa de Santiago. La atención hospitalizada sin tope, se aplicará en Habitación Doble deClínica Indisa de Santiago. En el caso de utilizar una Habitación de Mayor Valor se bonificará según los Topes expresados en la Modalidad Libre Elección. AMPLIACIÓN DE COBERTURA (*)Procede si se utilizan Laboratorios y Centros de Radiología, cuyas prestaciones estén pactadas en los precios equivalentes a los niveles indicados en la columna Ampliación de Cobertura, sólo mediante la modalidad Orden de Atención (Bono). (**)SecumplerequisitoparaobtenerAmpliacióndeCoberturasisedanlassiguientesdoscondiciones: (1)Que el valor de la Pieza Individual más simple con baño privado del establecimiento asistencial (día cama estándar) sea menor o igual al valor estipulado en el recuadro de Ampliación de Cobertura, de acuerdo al listado de establecimientos asistenciales(****). (2)Y que el beneficiario opte por el día cama estándar del establecimiento u otra de menor valor. La opción de Ampliación de Cobertura se perderá cuando no se cumpla alguna de las condiciones precedentes, en cuyo caso operará el porcentaje de bonificación y los topes expresados en la columna (1). (****) El listado de los prestadores y establecimientos asistenciales con sus correspondientes camas estándar está disponible en las oficinas de atención de público de la isapre. PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO: (Según composición del grupo familiar) PRECIO BASEUnidades de Fomento * PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO:Suma de Factores x Tarifa Base. * La cotización de salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. IDENTIFICACION DEL ARANCEL: Arancel MVPC#3UNIDAD: PESOS TOPE GENERAL POR BENEFICIARIO3.000U.F. Año/Contrato GRUPOSCOTIZANTECARGA DE EDADHOMBREMUJERHOMBREMUJER 0 a menos de2 Años1,101,101,101,10 2 a menos de5 Años0,901,550,500,50 5 a menos de 10 Años0,901,550,500,50 10 a menos de 15 Años0,901,550,500,50 15 a menos de 20 Años0,901,610,660,85 20 a menos de 25 Años0,901,700,701,20 25 a menos de 30 Años1,002,301,001,61 30 a menos de 35 Años1,002,401,001,70 35 a menos de 40 Años1,102,401,001,70 40 a menos de 45 Años1,202,401,101,70 45 a menos de 50 Años1,502,401,401,86 50 a menos de 55 Años1,802,401,802,02 55 a menos de 60 Años2,202,402,202,20 60 a menos de 65 Años2,802,602,802,60 65 a menos de 70 Años3,503,403,503,40 70 a menos de 75 Años4,703,504,703,50 75 a menos de 80 Años5,504,805,504,50 80 y más Años5,504,805,504,50 TABLA DE FACTORES Para Usted, una Isapre de Médicos LAVE116
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DEL PLAN PREFERENTE CLÍNICA INDISA DE SANTIAGO: *Los Tiempos Máximos de Esperadefinidos en el Presente Plan de Salud comenzarán a regir desde el Día Hábil siguiente a la Solicitud de Atención con los Prestadores Individualizados en este Plan. Transcurridos los Plazos estipulados en el Cuadro TIEMPOS MÁXIMOS DE ESPERA, el afiliado tendrá el derecho de solicitar a la Isapre su derivación a un prestador de similar calidad, que la Isapre, en conjunto conClínica Indisa de Santiagodesignen según el diagnóstico y manteniendo los valores pactados para este Plan complementario de Salud. Prestaciones Específicas que no se otorgan en Clínica Indisa de Santiago: •CIRUGÍA DE EPILEPSIA •ESTEREOTAXIA Y CIRUGÍA FUNCIONAL A EXCEPCIÓN DE BIOPSIA •INSTALACIÓN DE ESTIMULADORES MODULARES •PUVATERAPIA TOTAL EN CABINA •MAPEO EPICÁRDICO DURANTE INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA •CIRUGÍA CARDIACA •MANOMETRÍA ESOFÁGICA •MANOMETRÍA ANORRECTAL •TRASPLANTES •RADIOCIRUGÍA •CIRUGÍA INTRAUTERINA •NEUROCIRUGÍA CON ESTEREOTAXIA La Bonificación de dichas Prestaciones será según lo expresado en la modalidad LIBRE ELECCION incluyendo la AMPLIACION DE COBERTURA ( en caso de que la Clínica u Hospital elegido contemple el desarrollo de estas perestaciones) del Plan Complementario de Salud. * Término o Modificación de los Convenios Preferentes:en caso de término o modificación de los convenios con el Prestador preferenteNOse verá afectado el Monto de Copago que en virtud del Plan le corresponde copagar al Beneficiario, hasta la siguiente anualidad; en cualquiera de estos casos Isapre MASVIDA S.A. comunicará por escrito a cada uno de los Cotizantes afectados y le ofrecerá Planes Alternativos. * Término de la Existencia Legal del Prestador, Pérdida Total de su Infraestructura, Paralización Permanente de sus Actividades, Pérdida Parcial y Permanente de la Infraestructura, Sustitución de la Especialidad a que estaba orientado el Prestador al momento del Convenio:En cualquiera de estos casos, Isapre MASVIDA S.A. comunicará por escrito a cada uno de los Cotizantes Afectados y le ofrecerá Planes Alternativos. * Derivación:Los Prestadores Derivados brindarán atenciones de salud, cuando se configure una INSUFICIENCIA del o los prestadores individualizados en la Columna COBERTURA PREFERENTE, es decir, cuando por falta de profesionales o medios, aquellos se encuentran imposibilitados temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la Oferta Preferente y han transcurrido los Tiempos de Espera definidos en este Plan de Salud. Las prestaciones que se otorguen con ocasión de la Derivación a que alude el punto precedente, ISAPRE MASVIDA las bonificará manteniendo el monto que habría correspondido Copagar al afiliado en el prestador que dio origen a la derivación. En todo caso, ISAPRE MASVIDA será responsable de que la atención de salud sea efectiva y oportunamente otorgada por los Prestadores Derivados. Para llevar a cabo la Atención por Derivación, el Cotizante o, en su defecto, algún familiar directo, deberá acercarse a las oficinas de Isapre MASVIDA, donde tendrá que solicitar una Orden de Derivación. Además, deberá señalar por escrito, en el Libro de Insuficiencias, el nombre del prestador o clínica que no pudo realizar la atención y la fecha de cuando ocurrió, junto con sus datos personales. * Derecho a Traslado:En caso de que un afiliado ingrese a un prestador distinto deClínica Indisa de Santiagopodrá ejercer el Derecho a Traslado para el cual, es condición esencial, la autorización expresa del Médico tratante. Obtenida esta autorización, la otra parte deberá acceder al traslado solicitado. No obstante lo anterior, el afiliado podrá optar por permanecer en el Prestador en el que se encuentra, en cuyo caso no podrá requerir la Cobertura prevista en la Oferta Preferente para las atenciones realizadas a través de los prestadores individualizados en este Plan. Los gastos derivados del ejercicio del Derecho a Traslado se bonificarán conforme a la Cobertura pactada en este Plan de Salud en la Modalidad Libre Elección. * Modificación del Plan de Salud Preferente con Clínica Indisa de Santiago:Sin perjuicio de lo dispuesto en el DFL Nº1 de Salud, de Septiembre de 2005, ISAPRE MASVIDA ofrecerá un nuevo plan si este es requerido por el afiliado y se fundamente en cualquiera de las siguientes condiciones: (1) Si se modifica el domicilio consignado por el afiliado al incorporarse a este Plan y se acredita que dicho cambio dificulta significativamente el acceso de los beneficiarios a los prestadores individualizados en este Plan. Se presumirá que se configura esa dificultad, cuando el cambio de domicilio importe el traslado del cotizante a otra región. (2) Incumplimiento de la obligación de derivación prevista en este plan de salud; derivación a un prestador o prestadores distintos de los indicados en el Plan o falta de atención efectiva y oportuna por parte del prestador derivado. (3) Si Isapre MASVIDA S.A. incurre en la falta de otorgamiento de la atención de salud al cotizante o beneficiario que se ha ceñido a los procedimientos de acceso y derivación definidos en este Plan. * Restricción de Día Cama:La Atención Hospitalizada Sin Tope se aplicará en laHabitación Doble deClínica Indisa de Santiago. En el caso de utilizar una Habitación de Mayor Valor se bonificara según los Topes expresados en la Modalidad Libre Elección. Firma y Timbre de la IsapreFirma Cotizante LAVE 116