% Bonificación sobre Valor Real de la pretación Plan Con Cobertura Maternal PRESTACIONES TOPE DE BONIFICACIÓN U.F. o Veces Arancel AMPLIACIÓN DE COBERTURA (1)(2) TOPE MÁXIMO DE BONIFICACIÓN U.F por beneficiario/año (3) TOPE DE BONIFACIÓN INTERNACIONAL (4) LAVERAN 124FECHA:Código:4939 LAVE124F.U.N. Nº:INDIVIDUAL :X PRESTACIONES HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA 100%Día Cama (Ver Anexo Plan de Salud Complementario (**))17.00UF 100%28.00UFDia Cama Cuidados Intensivos o Coronarios 100%23.50UFDía Cama Cuidados Intermedios 100%8.00UFDía Cama Sala Cuna 100%100%10.00UFDía Cama Incubadora 100%6.00VAMExámenes de Laboratorio 100%SIN TOPE6.31VAMImagenologia 100%6.65VAMKinesiología 100%16.00VAMDerecho a Pabellón 100%200.00UFMedicamentos (Por Evento durante la hospitalización) (***) 100%100.00UFMateriales e Insumos Clínicos (Por Evento durante la Hospitalización) (***) 100%3.80VAMProcedimientos 100%10.50VAMHonorarios Médicos Quirúrgicos 100%0.85UFVisita por Médico Tratante 100%0.85UFVisita por Médico Interconsultor 100%3.70UFAtención Inmediata del recién Nacido 100%2.00UFTraslados Médicos 100%15.30UFQuimioterapia 100%10.80UFPrótesis, Ortesis y Elementos de Osteosintesis AMBULATORIAS 80 %0.90UFConsulta Médica 80 %1.00UFConsulta Oftalmológica 80 %2.80VAM100% Nivel I, II y III (*)Exámenes de Laboratorio 80 %2.80VAM100% Nivel I, II y III (*)Imagenologia 80 %2.80VAMProcedimientos 80 %2.00VAM3.25UFKinesiología 80 %2.00VAM3.33UFFonoaudiología 80 %15.30UFRadioterapia (Incluye Insumos) 80 %15.30UFQuimioterapia 80 %8.00UFPrótesis y Ortesis 80 %0.60UFLentes con Fuerza Dióptrica 80 %0.57UF1.71UFAtención Integral de Enfermería y Nutricionista (****) 100%10.50VAMHonorarios Médicos Quirúrgicos 100%4.00UFBox Ambulatorio (Por menos de 4 Horas) 100%13.00VAMPabellón Ambulatorio PRESTACIONES RESTRINGIDAS 100%2.00UF30.00UFDía Cama Psiquiatría 100%3.00VAM2.85UFPsicoterapia y Procedimientos Psiquiatricos y Psicológicos Hospitalarios 100%4.20VAMHonorarios Matrona 80 %3.00VAM2.90UFConsulta Psiquiátrica 80 %3.00VAM2.90UFConsulta Psicólogo 80 %2.80VAMResonancia Nuclear Magnetica Ambulatoria 80 %2.00VAM2.55UFPsicoterapia y Procedimientos Psiquiatricos y Psicológicos Ambulatorios VAM: VECES ARANCEL MASVIDA OTRAS COBERTURAS COBERTURA INTERNACIONAL BONIFICACIÓN DE ACUERDO A TOPES EXPRESADOS EN LAS COLUMNAS (1) Y (2). PARA EL CASO DE PRESTACIONES SIN TOPE SE BONIFICARA EN BASE A LOS TOPES EXPRESADOS EN LA COLUMNA (3) (VER NOTAS EXPLICATIVAS DE PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD). COBERTURA DENTAL SIN BONIFICACIÓN EN EL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO La Isapre ofrece descuentos entre un 30% y un 60% del Arancel del Colegio de Odontólogos de Chile con prestadores que mantegan convenio Vigente con Isapre Masvida. El listado de prestadores y el Arancel están disponible en las oficinas de atención de público de la Isapre.
IDENTIFICACION UNICA DE LA TABLA DE FACTORES :32 GRUPOS DE EDAD COTIZANTECARGAS HOMBREMUJERHOMBREMUJER LAVE124 JMORENO RENUNCIA A LOS EXCEDENTES DE COTIZACION EN PLANES INDIVIDUALES COMPENSADOS: De acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del artículo Nº 188 del DFL Nº 1 de 2005, modificado por la ley Nº 20.317, Isapre Masvida otorgará a cambio de la renuncia de Excedentes los siguientes beneficios adicionales: % Bonificación sobre Valor real de la Prestación Tope de Bonificación Expresado en Unidades de Fomento 1.0480 %Consulta Médica 1.1580 %Consulta Oftalmológica Se deja constancia que el aumento en los Topes de Bonificación regirá siempre y cuando el afiliado renuncie expresamente a los excedentes de cotización. 0 a menos de 2 Años1.101.101.101.10 2 a menos de 5 Años0.901.550.500.50 5 a menos de 10 Años0.901.550.500.50 10 a menos de 15 Años0.901.550.500.50 15 a menos de 20 Años0.901.610.660.85 20 a menos de 25 Años0.901.700.701.20 25 a menos de 30 Años1.002.301.001.61 30 a menos de 35 Años1.002.401.001.70 35 a menos de 40 Años1.102.401.001.70 40 a menos de 45 Años1.202.401.101.70 45 a menos de 50 Años1.502.401.401.86 50 a menos de 55 Años1.802.401.802.02 55 a menos de 60 Años2.202.402.202.20 60 a menos de 65 Años2.802.602.802.60 65 a menos de 70 Años3.503.403.503.40 70 a menos de 75 Años4.703.504.703.50 75 a menos de 80 Años5.504.805.504.50 80 y más Años5.504.805.504.50 PRECIO BASEPRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO:UNIDAD DE FOMENTO* (según composición del grupo familiar) PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO:Suma de factores x Precio Base. * La cotización de salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. IDENTIFICACION TOTAL DEL ARANCEL:Arancel MVPC#3UNIDAD: PESOS TOPE GENERAL POR BENEFICIARIO4000U.F. Año/Contrato Firma y timbre de la Isapre Fecha: Firma de Afiliado Nombre______________________________________________ _____________________________________________________ R U T:
LAVE121 a LAVE130 ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCION NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: (1) COBERTURAS: - Es de exclusiva responsabilidad del beneficiario informarse sobre los prestadores que mantienen convenio vigente con Isapre MASVIDA S.A.. -Cobertura Internacional:La bonificación opera contra reembolso. Los documentos originales deben ser presentados dentro del plazo de 90 días de la emisión. El tipo de cambio que se utilice será el del día de la emisión de las respectivas boletas. -(*)Procede si se utilizan Laboratorios y Centros de Radiología, cuyas prestaciones estén pactadas en los precios equivalentes a los niveles indicados en la columna Ampliación de Cobertura, sólo mediante la modalidad de Orden de Atención (Bono). -(**)La Cobertura Sin Tope para Día Cama se otorgará solamente hasta el Día Cama Estándar del establecimiento asistencial en que se encuentre hospitalizado. Si se utiliza una cama de mayor valor, deberá cancelar la diferencia de precio entre el Día Cama Estándar y la cama utilizada(*****). -(***)Para la Bonificación de la Prestación Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos se considerará como“EVENTO”al período contemplado desde el ingreso al recinto hospitalario hasta el alta. La cobertura delosMedicamentosyMaterialesClínicossedarásolamenteaaquellosadministradosdurantela Hospitalización en el Centro Asistencial. -(****)La cobertura para Nutricionista solamente procede bajo indicación médica o derivación de un Control de Medicina Preventiva y para pacientes entre los 15 y 35 años. -Quimioterapia:El Tope de Bonificación para Quimioterapia Hospitalaria y Ambulatoria comprende la cobertura de: Honorarios Médicos, administración y preparación de la droga y Drogas Antineoplásicas. (*****)El listado de los prestadores y establecimientos asistenciales con sus correspondientes camas estándar está disponible en las oficinas de atención de público de la Isapre. (2) DEFINICIONES: Prestaciones Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria:Cuando exista un ingreso hospitalario, la utilización de un día cama en un establecimiento asistencial por, a lo menos, cuatro horas o cuando se realice una prestación asociada a un guarismo de un pabellón 5 o superior, se entenderá que se trata de una prestación de este grupo y recibirá cobertura hospitalaria. Box Ambulatorio:La Isapre podrá bonificar bajo este concepto aquellos cobros que haga el prestador, por la utilización de cualquier tipo de acomodación dentro del establecimiento asistencial -cama, sillón, camilla u otro- con fines de diagnóstico o tratamiento, que se utilice por menos de 4 horas. Cirugía Ambulatoria:Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados pabellones de guarismo 4 o menos. (3) VALOR DE CONVERSION DE LA UNIDAD DE FOMENTO A UTILIZAR: - La equivalencia en pesos de la UF utilizada para las prestaciones que estén pactadas en dicha unidad, será el valor correspondiente al último día del mes anterior al otorgamiento de la prestación. -La Cotización de Salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. (4) REAJUSTE DEL ARANCEL DE PRESTACIONES: - Para efecto de reajustar el Arancel de prestaciones en Pesos ($), la isapre considerará un valor entre 10% y 100% de la variación que haya experimentado el I.P.C. el año calendario anterior al cual se está aplicando el reajuste y será aplicable 30 días después de que el Arancel del Fondo Nacional de Salud sea publicado en el Diario Oficial.