PlanPLENO PREFERENTE PLCLL 12 ANEXO DE CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL PLENO PREFERENTE Plan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes Clínica Las Lilas de Santiago En.........................................., a ............ de ................................................. de 201...., entre la Institución de Salud Previsional MASVIDA S.A., registrada en la Superintendencia de Salud bajo el código 88, representada legalmente por su Gerente General don Erwin Osvaldo Sariego Rivera, Chileno, RUT: 5.779.774-6, ambos con domicilio en calle O´Higgins No 1529, de la ciudad de Concepción, en adelante “La Isapre”, por una parte y Don (ña)................................................................................................................... ................................................................................................ nacionalidad ...........................................................RUT:.......................................................................... en adelante “El afiliado”, por la otra, han acordado suscribir el siguiente Plan Complementario de Salud: PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD Las prestaciones, los porcentajes de cobertura y topes de bonificación por prestación, los montos máximos y topes de bonificación por beneficiario, y el precio del Plan Complementario se indican a continuación. PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO ESPONTÁNEO Y NEONATOLOGÍA
COBERTURA INTERNACIONAL BONIFICACION DE ACUERDO A LOS TOPES EXPRESADOS EN LAS COLUMNAS (1) Y (2). COBERTURA DENTAL SIN BONIFICACIÓN EN EL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD La Isapre ofrece descuentos entre un 30% y un 60% del Arancel del Colegio de Odontólogos de Chile con prestadores que mantengan convenio vigente con Isapre Masvida.El listado de prestadores y el Arancel están disponibles en las oficinas de atención de público de la Isapre. OTRAS COBERTURAS TIEMPOS MAXIMOS DE ESPERA (En días corridos) Exámenes10 días VAM : VECES ARANCEL MASVIDA PRESTACIONES % Bonificación sobre valor real (o valor factura) TOPE DE BONIFICACION U.F. o Veces Arancel (1) TOPE MAXIMO DE BONIFICACION U.F. por Beneficiario/año (2) AMPLIACIÓN DE COBERTURA EN CLÍNICA LAS LILAS DE SANTIAGO (3) TOPE MAXIMO DE BONIFICACION U.F. por Beneficiario/año (4) COBERTURA LIBRE ELECCIONCOBERTURA PREFERENTE PRESTADORES DERIVADOS HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA Día Cama100%4,00 UF Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios100%7,00 UF Día Cama Cuidados Intermedios100%4,10 UF Día Cama Sala Cuna100%1,30 UF Día Cama Incubadora100%1,30 UF Exámenes de Laboratorio100%1,30 VAM Imagenología100%1,30 VAM Kinesiología100%1,30 VAM Derecho de Pabellón100%3,60 VAM Procedimientos(b)100%1,40 VAM Honorarios Médicos Quirúrgicos(b)100%3,80 VAM Visita por Médico Tratante(b)100%0,35 UF Visita por Médico Interconsultor(b)100%0,35 UF Medicamentos(Por evento durante la Hospitalización)(***)100%10,00 UF100%40,00 UFde Tope Materiales e Insumos Clínicos (Por evento durante la Hospitalización)(***)100%4,00 UF100%20,00 UFde Tope Traslados Médicos100%1,50 UF Quimioterapia100%28,00 UF Prótesis y Ortesis y Elementos de Osteosíntesis100%10,80 UF AMBULATORIAS Consulta Médica80%0,45 UF Consulta Oftalmológica80%0,50 UF Exámenes de Laboratorio80%1,30 VAM Imagenología(Excepto RNM)80%1,30 VAM Procedimientos80%1,30 VAM Kinesiología80%1,10 VAM2,64 UF Fonoaudiología80%1,10 VAM2,50 UF Radioterapia (Incluye Insumos)80%23,60 UF Quimioterapia80%28,00 UF Prótesis y Ortesis80%9,00 UF Lentes con Fuerza Dióptrica80%0,45 UF Atención Integral de Enfermería y Nutricionista (****)80%0,57 UF1,71 UF Honorarios Médicos Quirúrgicos(b)100%3,80 VAM Box Ambulatorio (por menos de 4 horas)100%1,00 UF Pabellón Ambulatorio100%3,60 VAM PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Psiquiatría100%1,00 UF15,00 UF Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Hospitalarios100%1,60 VAM2,70 UF Honorarios Matrona100%1,92 VAM Consulta Psiquiátrica80%1,70 VAM1,80 UF Consulta Psicológica80%1,70 VAM1,80 UF Resonancia Nuclear Magnética Ambulatoria80%1,30 VAM Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Ambulatorios80%1,10 VAM1,90 UF Consulta Institucional de Urgencia (a)Consulta de urgencia Libre Elección se bonificará de acuerdo a modalidad Libre ElecciónCOPAGO MÁXIMO: $ 3.000.- en Clínica Las Lilas de Santiago. 100% SIN TOPE en Clínica LAS LILAS de Santiago. (Hospitalización en habitación Doble). (**) b) Staff Clínica Las Lilas. 100% SIN TOPE, Clínica Las Lilas de Santiago. b) Staff Clínica Las Lilas. RENUNCIA A LOS EXCEDENTES DE COTIZACION EN PLANES INDIVIDUALE S COMPENSADOS: De acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del articulo Nº 188 del DFL Nº 1 de 2005, modificado por la ley Nº 20.317, Isapre Masvida otorgará a cambio de la renuncia de excedentes los siguientes beneficios adicionales: Se deja constancia que el aumento en los topes de bonificación regirá siempre y cuando el afiliado renuncie expresamente a los excedentes de cotización. % Bonificación sobre Valor real de la Prestación Topes de Bonificación expresados en Unidades de Fomento Consulta Médica80%0,52 Consulta Oftalmológica80%0,58 80% Sin Tope Clínica Las Lilas (*) PlanPLENO PREFERENTE PLCLL 12 5585 Plan con Cobertura Reducida de Parto, Cesárea, Aborto Espontaneo y Neonatología
PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO: (Según composición del grupo familiar) PRECIO BASEUnidades de Fomento * PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO:Suma de Factores x Tarifa Base. * La cotización de salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. IDENTIFICACION DEL ARANCEL: Arancel MVPC#3UNIDAD: PESOS TOPE GENERAL POR BENEFICIARIO3.000U.F. Año/Contrato COBERTURA 25% DE LA COBERTURA DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD LAS PRESTACIONES OBSTÉTRICAS (PARTO, CÉSAREA O ABORTO) Y DE NEONATOLOGÍA TENDRÁN UNA COBERTURA REDUCIDA TAL COMO SE INDICA A CONTINUACIÓN. - Para aquellos planes en que el cálculo de la bonificación de cobertura reducida resulte inferior a la que otorga el Fondo Nacional de Salud en su modalidad libre elección, la Isapre otorgará dicha cobertura mínima. Para el cálculo de la Cobertura Reducida, no rige la Cobertura Preferente expresada en la columna 3 del Plan complementario de salud. - No será aplicable a este tipo de planes la cobertura proporcional a la que alude el Artículo 189, letra (g) del DFL Nº 1 de Salud de 2005. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD - Es de exclusiva responsabilidad del beneficiario informarse sobre los prestadores que mantienen convenio vigente con Isapre Masvida S.A. - La equivalencia en pesos de la UF utilizada para las prestaciones que estén pactadas en dicha unidad, será el valor correspondiente al último día del mes anterior al otorgamiento de la prestación. (*) La Cobertura preferentede Exámenes de Laboratorios e Imagenologia Ambulatorios, excepto Resonancia Nuclear Magnética, será otorgada única y exclusivamente en Clínica Las Lilas de Santiago. (**) Cobertura Preferente:Será otorgada única y exclusivamente en Clínica Las Lilas de Santiago. La atención hospitalizada sin tope, se aplicara en pieza Doble de Clínica Las Lilas de Santiago. En caso de utilizar una Habitación de Mayor Valor se bonificará según los Topes expresados en la Modalidad Libre Elección. (***)Para la Bonificación de la Prestación Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos se considerará como “EVENTO” al período contemplado desde el ingreso al recinto hospitalario hasta el alta. La cobertura de los Medicamentos y Materiales Clínicos se dará solamente a aquellos administrados durante la Hospitalización en el Centro Asistencial. (****)La cobertura para Nutricionista solamente procede bajo indicación médica o derivación de un Control de Medicina Preventiva y para pacientes entre los 15 y 35 años. (a) Consulta Institucional de Urgencia:Es aquella consulta médica otorgada en el servicio de urgencia de la institucion respectiva, en este caso Clínica Las Lilas de Santiago, efectuada por el médico residente de turno. No contempla las interconsultas de especialistas o médicos de llamado que eventualmente se requieran. - Quimioterapia:El Tope de Bonificación para Quimioterapia Hospitalaria y Ambulatoria comprende la cobertura de: Honorarios Médicos, administración y preparación de la droga y Drogas Antineoplásicas. - Prestaciones Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria:Cuando exista un ingreso hospitalario, la utilización de un día cama en un establecimiento asistencial por, a lo menos, cuatro horas o cuando se realice una prestación asociada a un guarismo de un pabellón 5 osuperior,seentenderáquesetratadeunaprestacióndeestegrupoyrecibirácoberturahospitalaria. - Box Ambulatorio:La lsapre podrá bonificar bajo este concepto aquellos cobros que haga el prestador, por la utilización de cualquier tipo de acomodación dentro del establecimiento asistencial -cama, sillón, camilla u otro- con fines de diagnóstico o tratamiento, que se utilice por menos de 4 horas. - Cirugía Ambulatoria:Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados pabellones de guarismo 4 o menos. - Para efecto de reajustar el valor de las prestaciones del Arancel en Pesos ($), la Isapre considerará un valor entre 10% y 100% de la variaciónque haya experimentado el IPC. el año calendario anterior al cual se está aplicando el reajuste y será aplicable30 días después de que el Arancel del Fondo Nacional de Salud sea publicado en el Diario Oficial. CLAUSULA ESPECIAL PARA PLANES CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESAREA O ABORTO Durante la vigencia del presente Plan, ISAPRE MASVIDA S.A. estará obligada a aceptar el cambio que el(la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este solo objetivo, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, NO se encuentre embarazada. El(la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos entre los siguientes planes de salud: a) Un Plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. b) Un Plan de salud que mantenga los beneficios del Plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. GRUPOSCOTIZANTECARGA DE EDADHOMBREMUJERHOMBREMUJER 0 a menos de2 Años1,901,901,801,80 2 a menos de5 Años0,900,900,800,80 5 a menos de 10 Años0,700,700,600,60 10 a menos de 15 Años0,700,700,600,60 15 a menos de 20 Años0,701,200,600,70 20 a menos de 25 Años0,802,000,701,40 25 a menos de 30 Años0,852,600,801,60 30 a menos de 35 Años1,002,801,001,85 35 a menos de 40 Años1,052,801,001,85 40 a menos de 45 Años1,252,801,201,85 45 a menos de 50 Años1,402,801,401,85 50 a menos de 55 Años1,903,001,802,00 55 a menos de 60 Años2,403,302,202,20 60 a menos de 65 Años3,203,303,003,00 65 a menos de 70 Años4,004,004,004,00 70 a menos de 75 Años4,004,004,004,00 75 a menos de 80 Años4,004,004,004,00 80 y más Años4,004,004,004,00 IDENTIFICACION UNICA DE LA TABLA DE FACTORES: 35PLCLL12_P3