PlanPLENO PLE 847 ANEXO DE CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL Plan de Salud Complementario con Modalidad Libre Elección Plan con cobertura reducida En prestaciones obstétricas y de neonatología PLENO
PlanPLENO PLE 847 5507 COBERTURA INTERNACIONAL:BONIFICACION DE ACUERDO A LOS TOPES EXPRESADOS EN LAS COLUMNAS (1) Y (2). PARA EL CASO DE LAS PRESTACIONES SIN TOPE SE BONIFICARA EN BASE A LOS TOPES EXPRESADOS EN LA COLUMNA (3). OTRAS COBERTURAS RENUNCIA A LOS EXCEDENTES DE COTIZACION EN PLANES INDIVIDUALES COMPENSADOS: De acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del articulo Nº 188 del DFL Nº 1 de 2005, modificado por la ley Nº 20.317, Isapre Masvida otorgará a cambio de la renuncia de excedentes los siguientes beneficios adicionales: Se deja constancia que el aumento en los topes de bonificación regirá siempre y cuando el afiliado renuncie expresamente a los excedentes de cotización. Consulta Médica80%2,00 Consulta Oftalmológica80%2,30 % Bonificación sobre Valor real de la Prestación Topes de Bonificación expresados en Unidades de Fomento VAM : VECES ARANCEL MASVIDA PRESTACIONES % Bonificación sobre Valor Real de la Prestación TOPE DE BONIFICACION U.F. o Veces Arancel (1) TOPE MÁXIMO Año Contrato por Beneficiario en U.F. (2) AMPLIACIÓN DE COBERTURA (4) 95% Nivel I, II y 90% Nivel III (*) TOPE BONIFICACION Internacional (3) HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA Día Cama (Ver Anexo Plan de Salud Complementario (**)).100%16,00UF Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios100%25,00UF Día Cama Cuidados Intermedios100%21,00UF Exámenes de Laboratorio100%6,00VAM Imagenología100%6,00VAM Kinesiología100%6,00VAM Derecho de Pabellón100%16,00VAM Medicamentos (Por evento durante la Hospitalización) (***)100%300,00UF Materiales e Insumos Clínicos (Por evento durante la Hospitalización) (***)100%100,00UF Procedimientos100%5,56VAM Honorarios Médicos Quirúrgicos100%13,26VAM Visita por Médico Tratante100%1,52UF Visita por Médico Interconsultor100%1,52UF Traslados Médicos100%3,96UF Quimioterapia100%44,00UF Prótesis y Ortesis y Elementos de Osteosíntesis100%11,88UF AMBULATORIAS Consulta Médica80%1,74UF Consulta Oftalmológica80%2,00UF Exámenes de Laboratorio80%3,65VAM Imagenología80%3,65VAM Procedimientos80%2,90VAM Kinesiología80%3,55VAM5,05UF Fonoaudiología80%3,55VAM4,90UF Radioterapia (Incluye Insumos)80%30,00UF Quimioterapia80%40,00UF Prótesis y Ortesis80%10,00UF Lentes con Fuerza Dióptrica80%0,80UF Atención Integral de Enfermería80%0,57 UF1,71UF Atención Integral de Nutricionista (****)80%0,57 UF1,71UF Prestaciones Dentales (PA D) (*****)80%1,00 VAM Honorarios Médicos Quirúrgicos100%13,26 VAM Box Ambulatorio (por menos de 4 horas)100%3,78 UF Pabellón Ambulatorio100%14,70 VAM PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Sala Cuna100%5,00UF Día Cama Incubadora100%10,00UF Día Cama Psiquiatría100%3,50UF52,50UF Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Hospitalarios100%5,45VAM6,15UF Honorarios Matrona100%3,20VAM Consulta Psiquiátrica80%5,90VAM5,80UF Consulta Psicológica80%5,90VAM5,80UF Resonancia Nuclear Magnética Ambulatoria80%3,65VAM Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Ambulatorios80%3,55VAM4,20UF 100% SIN TOPE Excepto 60% SIN TOPE en Clínica Las Condes, Alemana y Las Nieves de Santiago. COBERTURA DENTAL EN EL PLAN COMPLEMENTARIO: La Isapre cubre aquellas prestaciones dentales contenidas en el arancel de prestaciones de Isapre Masvida. El resto de las prestaciones dentales ofrece descuentos entre un 30% y 60% del Arancel del Colegio de Odontologos de Chile con prestadores que mantengan convenio vigente con la Isapre Masvida.El listado de prestadores y Arancel están disponibles en las oficinas de atención de público de la Isapre. SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN COBERTURA SIN COBERTURA SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPESIN COBERTURA SIN COBERTURA SIN TOPE VER COLUMNAS (1) y (2) VER COLUMNAS (1) y (2) VER COLUMNAS (1) y (2) SIN TOPE
IDENTIFICACION DEL ARANCEL: Arancel MVPC#3UNIDAD: PESOS PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO:Suma de Factores x Tarifa Base. * La cotización de salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. TOPE GENERAL POR BENEFICIARIO5.000U.F. Año/Contrato PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO: (Según composición del grupo familiar) PRECIO BASEUnidades de Fomento * IDENTIFICACION UNICA DE LA TABLA DE FACTORES: 35 GRUPOSCOTIZANTECARGA DE EDADHOMBREMUJERHOMBREMUJER 0 a menos de2 Años1,901,901,801,80 2 a menos de5 Años0,900,900,800,80 5 a menos de 10 Años0,700,700,600,60 10 a menos de 15 Años0,700,700,600,60 15 a menos de 20 Años0,701,200,600,70 20 a menos de 25 Años0,802,000,701,40 25 a menos de 30 Años0,852,600,801,60 30 a menos de 35 Años1,002,801,001,85 35 a menos de 40 Años1,052,801,001,85 40 a menos de 45 Años1,252,801,201,85 45 a menos de 50 Años1,402,801,401,85 50 a menos de 55 Años1,903,001,802,00 55 a menos de 60 Años2,403,302,202,20 60 a menos de 65 Años3,203,303,003,00 65 a menos de 70 Años4,004,004,004,00 70 a menos de 75 Años4,004,004,004,00 75 a menos de 80 Años4,004,004,004,00 80 y más Años4,004,004,004,00 COBERTURA 25% DE LA COBERTURA DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD LAS PRESTACIONES OBSTÉTRICAS (PARTO, CÉSAREA O ABORTO) Y DE NEONATOLOGÍA TENDRÁN UNA COBERTURA REDUCIDA TAL COMO SE INDICA A CONTINUACIÓN. - Para aquellos planes en que el cálculo de la bonificación de cobertura reducida resulte inferior a la que otorga el Fondo Nacional de Salud en su modalidad libre elección, la Isapre otorgará dicha cobertura mínima. Para el cálculo de la Cobertura Reducida, no rige la Ampliación de Cobertura expresada en la columna 3 del Plan complementario de Salud. - No será aplicable a este tipo de planes la cobertura proporcional a la que alude el Articulo 189, letra g) del DFL Nº 1 de Salud de 2005. CLAUSULA ESPECIAL PARA PLANES CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO Durante la vigencia del presente Plan, ISAPRE MASVIDA S.A. estará obligada a aceptar el cambio que el(la) cotizante le solicite. El(la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos entre los siguientes planes de salud: a) Un Plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. b) Un Plan de salud que mantenga los beneficios del Plan que se sustituye y aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. En todo caso, las partes podrán convenir, de común acuerdo, que el (la) cotizante se incorpore a un plan que otorgue mayores beneficios, realizando los ajustes de precio que correspondan.