PlanPRO PREFERENTE PRCAPM03 ANEXO DE CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL PRO PREFERENTE Plan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes Clínica Los Andes de Puerto Montt PLAN CON COBERTURA MATERNAL
COBERTURA INTERNACIONAL BONIFICACION DE ACUERDO A LOS TOPES EXPRESADOS EN LAS COLUMNAS (3) Y (4). OTRAS COBERTURAS TIEMPOS MAXIMOS DE ESPERA (En días corridos) Exámenes10 días VAM : VECES ARANCEL MASVIDA RENUNCIA A LOS EXCEDENTES DE COTIZACION EN PLANES INDIVIDUALES COMPENSADOS: De acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del articulo Nº 188 del DFL Nº 1 de 2005, modificado por la ley Nº 20.317, Isapre Masvida otorgará a cambio de la renuncia de excedentes los siguientes beneficios adicionales: Se deja constancia que el aumento en los topes de bonificación regirá siempre y cuando el afiliado renuncie expresamente a los excedentes de cotización. % Bonificación sobre Valor real de la Prestación Topes de Bonificación expresados en Unidades de Fomento Consulta Médica80%0,51 Consulta Oftalmológica80%0,58 HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA Día Cama100%3,80 UF Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios100%5,50 UF Día Cama Cuidados Intermedios100%4,50 UF Día Cama Sala Cuna100%1,20 UF Día Cama Incubadora100%1,80 UF Exámenes de Laboratorio100%1,30 VAM Imagenología100%1,30 VAM Kinesiología100%1,30 VAM Derecho de Pabellón100%4,00 VAM Medicamentos(Por evento durante la Hospitalización)(***)100%100%30,00 UFde Tope8,00 UF Materiales e Insumos Clínicos (Por evento durante la Hospitalización)(***)100%100%12,00 UFde Tope4,00 UF Procedimientos100%100%1,60 VAMde Tope1,30 VAM Honorarios Médicos Quirúrgicos100%100%5,20 VAMde Tope2,20 VAM Visita por Médico Tratante100%100%0,46 UFde Tope0,34 UF Visita por Médico Interconsultor100%100%0,46 UFde Tope0,34 UF Atención Inmediata al Recién Nacido100%100%1,05 UFde Tope0,50 UF Traslados Médicos100%1,50 UF Quimioterapia100%25,00 UF Prótesis y Ortesis y Elementos de Osteosíntesis100%10,80 UF AMBULATORIAS Consulta Médica80%0,46 UF Consulta Oftalmológica80%0,52 UF Exámenes de Laboratorio80%1,30 VAM Imagenología(Excepto RNM )80%1,30 VAM Procedimientos80%1,20 VAM Kinesiología80%1,00 VAM2,64 UF Fonoaudiología80%1,00 VAM2,50 UF Radioterapia (Incluye Insumos)80%20,40 UF Quimioterapia80%25,00 UF Prótesis y Ortesis80%6,80 UF Lentes con Fuerza Dióptrica80%0,45 UF Atención Integral de Enfermería80%0,57 UF1,71 UF Atención Integral Nutricionista (****)80%0,57 UF1,71 UF Prestaciones Dentales (PAD) (*****)80%1,00VAM Honorarios Médicos Quirúrgicos100%100%5,20 VAMde Tope2,20 VAM Box Ambulatorio (por menos de 4 horas)100%1,10 UF Pabellón Ambulatorio100%4,00 VAM PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Psiquiatría100%1,00 UF15,00 UF Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Hospitalarios100%1,30 VAM2,00 UF Honorarios Matrona100%2,00 VAM1,35 VAM Consulta Psiquiátrica80%1,70 VAM2,00 UF Consulta Psicológica80%1,70 VAM2,00 UF Resonancia Nuclear Magnética Ambulatoria80%1,30 VAM Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Ambulatorios80%1,10 VAM2,00 UF PRESTACIONESTOPE MAXIMO DE BONIFICACION U.F. por Beneficiario/año (2) COBERTURA PREFERENTE (•) % Bonificación sobre valor real (o valor factura) TOPE DE BONIFICACION U.F. o Veces Arancel (3) TOPE MAXIMO DE BONIFICACION U.F. por Beneficiario/año (4) COBERTURA LIBRE ELECCION PRESTADOR DERIVADO: HOSPITAL BASE DE PUERTO MONTT,(Hospitalización en Habitación Doble). 90 % SIN TOPE (*) AMPLIACIÓN DE COBERTURA EN CLINICA LOS ANDES DE PUERTO MONTT (3) 100% SIN TOPE en Clínica Los Andes de Puerto Montt y Cl. Las Lilas de Santiago. (Hospitalización en habitación Doble). (**) 100 % SIN TOPE, Clínica Los Andes de Pto. Montt 85 % SIN TOPE (*) PlanPRO PREFERENTE PRCAPM 03 5411 SIN TOPE Sin Cobertura Preferente Sin Cobertura Preferente SIN TOPE Sin Cobertura Preferente SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE Plan con Cobertura Maternal Consulta Institucional de Urgencia (a)COPAGO FIJO: $ 3.000.-Consulta de urgencia Libre Elección se En Clínica Los Andes de Puerto Montt.bonificará de acuerdo a modalidad Libre Elección COBERTURA DENTAL EN EL PLAN COMPLEMENTARIO: La Isapre cubre aquellas prestaciones dentales contenidas en el arancel de prestaciones de Isapre Masvida. El resto de las prestaciones dentales ofrece descuentos entre un 30% y 60% del Arancel del Colegio de Odontologos de Chile con prestadores que mantengan convenio vigente con la Isapre Masvida.El listado de prestadores y Arancel están disponibles en las oficinas de atención de público de la Isapre. SIN TOPE Sin Cobertura Preferente (•) Ver Notas Explicativas del Plan de Salud, para la aplicación de la Cobertura Preferente. Sin Cobertura Preferente
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD - Es de exclusiva responsabilidad del beneficiario informarse sobre los prestadores que mantienen convenio vigente con Isapre Masvida S.A. - La equivalencia en pesos de la UF utilizada para las prestaciones que estén pactadas en dicha unidad, será el valor correspondiente al último día del mes anterior al otorgamiento de la prestación. (*) La Cobertura preferentede Exámenes de Laboratorios e Imagenologia Ambulatorios, (Excepto Resonancia Nuclear Magnética), será otorgadaúnicayexclusivamenteenClínicaLosAndesdePuertoMonttyClínicaLasLilasdeSantiago. (**) Cobertura Preferente:Será otorgada única y exclusivamente en Clínica Los Andes de Puerto Montt y Clínica Las Lilas de Santiago. La atención hospitalizada sin tope, se aplicara en Pieza Doble de Clínica Los Andes de Puerto Montt y Clínica Las Lilas de Santiago. En caso de utilizar una Habitación de Mayor Valor se bonificará segúnlos Topes expresados en la Modalidad Libre Elección. (***)Para la Bonificación de la Prestación Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos se considerará como “EVENTO” al período contemplado desde el ingreso al recinto hospitalario hasta el alta. La cobertura de los Medicamentos y Materiales Clínicos se dará solamente a aquellos administrados durante la Hospitalización en el Centro Asistencial. - (****)Estas atenciones están destinadas a pacientes entre 15 y 35 años, con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (Diabetes Mellitus Tipo II o Pre-Diabetes). Por el carácter integral de la atención de nutricionista, se entiende que la prestación incluye en su valor una evaluación al inicio, cuatro controles y una evaluación al término. -(*****)Estas prestaciones estan destinadas a pacientes entre 12 y 17 años, que requieran algunas de las prestaciones dentales que están incorporadas en el Arancel de Prestaciones. Sólo se otorgan en la red de prestadores habilitados por la isapre, la que está disponible en la página web de Isapre Masvida. (a) Consulta Institucional de Urgencia: Es aquella consulta médica otorgada en el servicio de urgencia de la institucion respectiva, en este caso Clínica Los Andes de Puerto Montt, efectuada por el médico residente de turno. No contempla las interconsultas de especialistas o médicos de llamado que eventualmente se requieran. - Quimioterapia:El Tope de Bonificación para Quimioterapia Hospitalaria y Ambulatoria comprende la cobertura de: Honorarios Médicos, administración y preparación de la droga y Drogas Antineoplásicas. - Prestaciones Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria:Cuando exista un ingreso hospitalario, la utilización de un día cama en un establecimiento asistencial por, a lo menos, cuatro horas o cuando se realice una prestación asociada a un guarismo de un pabellón 5 osuperior,seentenderáquesetratadeunaprestacióndeestegrupoyrecibirácoberturahospitalaria. - Box Ambulatorio:La lsapre podrá bonificar bajo este concepto aquellos cobros que haga el prestador, por la utilización de cualquier tipo de acomodación dentro del establecimiento asistencial -cama, sillón, camilla u otro- con fines de diagnóstico o tratamiento, que se utilice por menos de 4 horas. - Cirugía Ambulatoria:Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados pabellones de guarismo 4 o menos. - Para efecto de reajustar el valor de las prestaciones del Arancel en Pesos ($), la Isapre considerará un valor entre 10% y 100% de la variaciónque haya experimentado el IPC. el año calendario anterior al cual se está aplicando el reajuste y será aplicable30 días después de que el Arancel del Fondo Nacional de Salud sea publicado en el Diario Oficial.
Prestaciones Específicas que no se otorgan en CLINICA LAS LILAS de Santiago: •Cualquier tipo de Transplantes de órganos •Radiocirugía •Manometría esofágica y anorrectal •Instalación de estimuladores modulares •Trastornos Psiquiátricos que requieran Hospitalización •Cirugía intrauterina •Procedimientos e Intervenciones no codificados por Fonasa •Puvaterapia total en cabina •Día Cama Cuidados Intensivos Pediátricos 2.- DEFINICIONES -Prestaciones Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria:Cuando exista un ingreso hospitalario, la utilización de un día cama en un establecimiento asistencial por, a lo menos, cuatro horas o cuando se realice una prestación asociada a un guarismo de un pabellón 5 o superior, se entenderá que se trata de una prestación de este grupo y recibirá cobertura hospitalaria. -Box Ambulatorio:La lsapre podrá bonificar bajo este concepto aquellos cobros que haga el prestador, por la utilización de cualquier tipo de acomodación dentro del establecimiento asistencial -cama, sillón, camilla u otro- con fines de diagnóstico o tratamiento, que se utilice por menos de 4 horas. -Cirugía Ambulatoria:Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados pabellones de guarismo 4 o menos. 3.- CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE PLAN PREFERENTE CLINICA LOS ANDES de Puerto Montt (A) Derivación:Los Prestadores Derivados brindarán atenciones de salud, cuando se configure una INSUFICIENCIA del o los prestadores individualizados en la Columna COBERTURA PREFERENTE, es decir, cuando por falta de profesionales o medios, aquellos se encuentran imposibilitados temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la Oferta Preferente y han transcurrido los Tiempos de Espera definidos en este Plan de Salud. Las prestaciones que se otorguen con ocasión de la Derivación a que alude el punto precedente, ISAPRE MASVIDA las bonificará manteniendo el monto que habría correspondido Copagar al afiliado en el prestador que dio origen a la derivación. En todo caso, ISAPRE MASVIDA será responsable de que la atención de salud sea efectiva y oportunamente otorgada por los Prestadores Derivados. (B)En caso de Urgencia o Emergencia, es decir, toda condición de salud o cuadro clínico que involucre estado de riesgo vital o riesgo de secuela funcional grave para una persona y, por ende, requiere atención médica inmediata e impostergable, el afiliado deberá acudir a CLÍNICA LOS ANDES de Puerto Montt. En caso de no poder dirigirse al prestador señalado en la Oferta Preferente, el afiliado personalmente o por medio de un familiar, deberá dar aviso dentro de las 48 horas siguientes del evento a Isapre MASVIDA S.A. para que tome conocimiento, oriente y gestione el caso. Para obtener la Cobertura de la Oferta Preferente del Plan, además de avisar en el plazo antes referido, el beneficiario debe ingresar efectivamente al prestador preferente y en el tipo de habitación que indica el cuadro de beneficios de la oferta preferente, fecha a contar de la cual tendrá acceso a esta cobertura. Sielplazode48horassecumpleundíasábado,domingoofestivo,seprorrogarádichoplazoaldíahábilsiguiente. En todo caso, la cobertura y/o bonificación en un prestador ajeno a la oferta preferente será siempre según los topes y porcentajes expresados en laModalidadLibreEleccióndelPlanComplementariodeSaludaligualqueloscorrespondientesgastosdetraslado. (C) Tiempos Máximos de Espera (En días corridos):Los Tiempos Máximos de Espera definidos en el Presente Plan de Salud comenzarán a regir desde el Día Hábil siguiente a la Solicitud de Atención con los Prestadores Individualizados en este Plan. Transcurridos los Plazos estipulados en el Cuadro Tiempos Máximos de Espera, el afiliado tendrá el derecho de solicitar a la Isapre su derivación a un prestador de similar calidad, que la Isapre, en conjunto con CLINICA LOS ANDES de Puerto Montt de designen según el diagnóstico y manteniendo los valores pactados para este Plan complementario de Salud. Prestaciones Específicas que no se otorgan en CLINICA LOS ANDES de Puerto Montt: •Toda enfermedad que requiera apoyo de UTI o UCI •Cirugía de epilepsia •Estereotaxia y cirugía funcional a excepción de biopsia •Instalación de estimuladores modulares •Puvaterapia total en cabina •Mapeo epicardico durante intervención quirúrgica •Cirugía cardiaca •Cirugía cardiaca con circulación extracorpórea •Manometría esofágica •Manometría anorrectal •Transplantes de organos •Radiocirugía •Cirugía intrauterina •Neurocirugía con estereotaxia •Radioterapia •Otros procedimientos no codificados por Fonasa La Bonificación de dichas Prestaciones será según lo expresado en la modalidad LIBRE ELECCION del Plan Complementario de Salud. (E) Derecho a Traslado:En caso de que un afiliado ingrese a un prestador distinto de CLINICA LOS ANDES de Puerto Montt de podrá ejercer el Derecho a Traslado para el cual, es condición esencial, la autorización expresa del Médico tratante. Obtenida esta autorización, la otra parte deberá acceder al traslado solicitado. No obstante lo anterior, el afiliado podrá optar por permanecer en el Prestador en el que se encuentra, en cuyo caso no podrá requerir la Cobertura prevista en la Oferta Preferente para las atenciones realizadas a través de los prestadores individualizados en este Plan. Los gastos derivados del ejercicio del Derecho a Traslado se bonificarán conforme a la Cobertura pactada en este Plan de Salud en la Modalidad Libre Elección. (F) Término o Modificación de los Convenios Preferentes:En caso de término o modificación de los convenios con el Prestador preferente NO se verá afectado el Monto de Copago que en virtud del Plan le corresponde copagar al Beneficiario, hasta la siguiente anualidad; en cualquiera de estos casos Isapre MASVIDA S.A. comunicará por escrito a cada uno de los Cotizantes afectados y le ofrecerá Planes Alternativos. (G)Modificación del Plan de Salud Preferente con Clínica LOS ANDES de Puerto Montt:Sin perjuicio de lo dispuesto en el DFL Nº 1 de Salud, de Septiembre de 2005, ISAPRE MASVIDA ofrecerá un nuevo plan si este es requerido por el afiliado y se fundamente en cualquiera de las siguientes condiciones:(1)Si se modifica el domicilio consignado por el afiliado al incorporarse a este Plan y se acredita que dicho cambio dificulta significativamente el acceso de los beneficiarios a los prestadores individualizados en este Plan. Se presumirá que se configura esa dificultad, cuando el cambio de domicilio importe el traslado del cotizante a otra región;(2)Incumplimiento de la obligación de derivación prevista en este plan de salud; derivación a un prestador o prestadores distintos de los indicados en el Plan o falta de atención efectiva y oportuna por parte del prestador derivado;(3)Si Isapre MASVIDA S.A. incurre en la falta de otorgamiento de la atención de salud al cotizante o beneficiario que se ha ceñido a los procedimientos de acceso y derivación definidos en este Plan. Dicha oferta deberá contemplar, como mínimo, un plan de salud, entre los planes en comercialización, que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de modificarse el contrato. (H)Término de la Existencia Legal del Prestador, Pérdida Total de su Infraestructura, Paralización Permanente de sus Actividades, Pérdida Parcial y Permanente de la Infraestructura, Sustitución de la Especialidad a que estaba orientado el Prestador al momento del Convenio. En cualquiera de estos casos, Isapre MASVIDA S.A. comunicará por escrito a cada uno de los Cotizantes Afectados y le ofrecerá Planes Alternativos. 4.- VALOR DE CONVERSIÓN DE LA UNIDAD DE FOMENTO A UTILIZAR -La equivalencia en pesos de la UF utilizada para las prestaciones que estén pactadas en dicha unidad, será el valor correspondiente al último día del mes anterior al otorgamiento de la prestación. -La Cotización de Salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. 5.- REAJUSTE DEL ARANCEL DE PRESTACIONES -Para efecto de reajustar el valor de las prestaciones del Arancel en Pesos ($), la Isapre considerará un valor entre 10% y 100% de la variación que haya experimentado el IPC. el año calendario anterior al cual se está aplicando el reajuste y será aplicable 30 días después de que el Arancel del Fondo Nacional de Salud sea publicado en el Diario Oficial. PlanPRO PREFERENTE PRCAPM 03