FONOAYUDA 600 600 3535Plan de Salud Complementario FUN N° Tipo de Plan:xPLAN INDIVIDUAL PLAN GRUPAL En, adedese ha convenido el siguiente Plan de Salud Complementario entre Isapre Vida Tres S.A., Institución de Salud Previsional, registrada bajo el código de operación número 80, representada por su Gerente General, don Fernando Matthews Cádiz, Rut Nº 8.773.661-K, ambos con domicilio en Santiago, Avenida Apoquindo Nro. 3.600 piso 3ro, comuna de Las Condes, por una parte, y por la otra el afiliado(a): Sr(a):Cédula de Identidad Nº: Domiciliado en:callenúmerocomunaciudad que se regirá por las condiciones generales aprobadas por la Superintendencia de Salud: Las notas explicativas se encuentran en las siguientes páginas de este Plan de Salud Plan con Cobertura Reducida de Obstetricia, Parto, Embarazo, CesáreaDALÍ HOMBRE PRO 13/13A HPR13A13- Tope General Anual por Beneficiario UF 5.000 (m) Atención Dental con descuento en Centros en Convenio con la Isapre (Excluye PAD dentales) (p) Cobertura Internacional (q) PRESTACIONES HOSPITALARIAS, CIRUGÍAS AMBULATORIAS (a) Y URGENCIAS HOSPITALARIAS (c) 100% Libre Elección (a) 80% Clínica Las Condes (a) 100%(b) Habitación Individual Simple en: Clínica Alemana de Santiago (HMQ sólo con médicos AMCA Clínica Alemana y con Convenio) (b) Sin Tope Clínica Santa María (Habitación Individual Simple) Sin Tope DÍA CAMA SALA CUNA INCUBADORA DÍA CAMA CUIDADO INTENSIVO, INTERMEDIO O CORONARIO DÍA CAMA TRANSITORIO U OBSERVACIÓN EXÁMENES DE LABORATORIO E IMAGENOLOGÍA DERECHO PABELLÓN KINESIOLOGÍA, MEDICINA FÍSICA Y FISIOTERAPIA MEDICAMENTOS (d)(r) MATERIALES CLÍNICOS (d)(r) PROCEDIMIENTOS Y HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS 100%21 veces A9 CONSULTA MÉDICA HOSPITALARIA3 UF PRÓTESIS Y ÓRTESIS45 UF110 UFSólo Libre Elección PRESTACIONES AMBULATORIAS 90% Sin Tope CONSULTA MÉDICA2,6 UF 90% Clínica Alemana de SantiagoSin TopeClínica Santa María EXÁMENES DE LABORATORIO4,1 veces A9 IMAGENOLOGÍA4,1 veces A9 PROCEDIMIENTOS Y HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS (r)4,4 veces A9 Sólo Libre Elección DERECHO PABELLÓN AMBULATORIO8 veces A9 FONOAUDIOLOGÍA4,1 veces A97,5 UF KINESIOLOGÍA, MEDICINA FÍSICA Y FISIOTERAPIA4,1 veces A913,5 UF PRÓTESIS Y ÓRTESIS AMBULATORIAS (e)1,8 veces A912 UF ATENCIÓN INTEGRAL DE NUTRICIONISTA Y ENFERMERÍA (f)2,2 veces A94 UF PRESTACIONES DENTALES (PAD)(s)40%1 vez A92 UF DROGAS ANTINEOPLÁSICAS PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER (g)(r)100%Sin TopeSin Tope100%Clínica Alemana de SantiagoSin TopeClínica Santa María PRESTACIONES RESTRINGIDAS PRESTACIONES HOSPITALARIAS DE OBSTETRICIA, PARTO, EMBARAZO, CESÁREA, NEONATOLOGÍA, PEDIATRÍA, PSIQUIATRÍA, CIRUGÍA DE PRESBICIA Y CIRUGÍA BARIÁTRICA O DE OBESIDAD (h) 25% de la Cobertura Genérica Sin TopeSólo Libre Elección PRESTACIONES HOSPITALARIAS DE CIRUGÍA REFRACTIVA (h)50% de la Cobertura Genérica CONSULTA, TRATAMIENTO PSIQUIATRÍA Y PSICOLOGÍA90%2,6 UF7,5 UF OTRAS PRESTACIONES TRASLADOS (i) 90% 1,80 veces A9Sin Tope Sólo Libre Elección MARCOS Y CRISTALES ÓPTICOS (j)1,6 UF1,6 UF MEDICAMENTOS TRATAMIENTO ESCLEROSIS MÚLTIPLE (k)(r)16 UF190 UF COBERTURA URGENCIA AMBULATORIA EN PRESTADOR (ES) PREFERENTE (S) PRESTACIONES AMBULATORIAS DE URGENCIA (l)CLÍNICA ALEMANA DE SANTIAGOMONTOS MÁXIMOS Usuario/Año (m) PRESTADORES DERIVADOS (n)% BonificaciónTope Bonificación CONSULTA MÉDICA DE URGENCIA 90%Sin TopeSin TopeClínica Santa MaríaEXÁMENES DE LABORATORIO E IMAGENOLOGÍA DE URGENCIA HPR1/13 La cobertura mínima del plan de salud para cada prestación, corresponderá al mayor valor entre la cobertura genérica del plan de salud y la cobertura mínima Fonasa (o) PRESTACIONES LIBRE ELECCIÓN (a)MONTOS MÁXIMOS Usuario/Año (m) OFERTA PREFERENTE (b)(**)MONTOS MÁXIMOS Usuario/Año (m) PRESTADORES DERIVADOS (n) BonificaciónBonificación %Tope%Tope
TABLA DE FACTORES DE PRECIO (CÓDIGO 57)Nombre Arancel A9 (*) Unidad Arancel PesosTABLA DE FACTORES DE PRECIO (CÓDIGO 57)Nombre Arancel A9 (*) Unidad Arancel PesosTABLA DE FACTORES DE PRECIO (CÓDIGO 57)Nombre Arancel A9 (*) Unidad Arancel PesosIsapre Vida Tres TABLA DE FACTORES DE PRECIO (CÓDIGO 57)Nombre Arancel A9 (*) Unidad Arancel PesosHPR1/13Notas Explicativas del Plan de Salud: a) Lasprestaciones hospitalariasson aquellas en que la persona requiere indubitadamente infraestructura hospitalaria, cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias: La hospitalización ha ocurrido por indicación escrita, precisa y específica del médico tratante del paciente de que se trate o el prestador ha facturado la utilización de, a lo menos, un día cama, cualquiera sea el tipo de éste conforme el arancel vigente en la Isapre. Las cirugías ambulatorias asociadas a un código de pabellón 5 o superior tendrán bonificación como cobertura hospitalaria. La cobertura hospitalaria de libre elección se otorgará de acuerdo a los porcentajes y topes de bonificación, y montos máximos indicados en el plan complementario de salud. La bonificación libre elección del plan de salud será de 80% para la Clínica Las Condes y 100% para otros prestadores excepto Clínica Alemana de Santiago, cuya bonificación se regirá por la oferta preferente de las prestaciones hospitalarias que ésta incluya. b)La cobertura preferente se realizará sólo con presentación de bonos con los prestadores indicados en el plan de salud. Laoferta preferente hospitalariacomprende sólo las prestaciones que indica el plan de salud. La oferta preferente, tanto ambulatoria como hospitalaria, dependerá de si existe disponibilidad física y técnica en Clínica Alemana de Santiago, en caso contrario, el beneficiario deberá comunicarse con la Isapre, quien derivará a un prestador, de entre los indicados en la columna Prestadores Derivados. La cobertura hospitalaria de la oferta preferente para día cama habitación individual simple se aplica hasta el valor de la habitación individual simple con baño privado de menor valor del establecimiento hospitalario. En el caso de uso de una habitación de mayor valor tendrá como bonificación máxima la anterior y cualquier diferencia por el uso de una habitación superior a la indicada, será de cargo del beneficiario. Los Honorarios Médicos Quirúrgicos de la oferta preferente, serán sin tope, sólo con médicos AMCA (Asociación Médica Clínica Alemana de Santiago), en convenio con la Isapre y utilizando bonos, en caso contrario, se bonificará de acuerdo a los topes indicados en la libre elección del plan de salud, para ese ítem. c)En caso deurgencia hospitalariacon o sin riesgo vital o secuela funcional grave, para tener acceso a la cobertura preferente deberá acudir al prestador indicado en el Plan de Salud. En caso de no poder dirigirse al prestador indicado en la cobertura preferente, se deberá acudir a cualquier servicio de urgencia y dar aviso a la Isapre, personalmente o por medio de familiar u otro, dentro de las 48 horas siguientes al evento. Si el plazo de 48 horas se cumple un día sábado, domingo o festivo, se prorrogará dicho plazo al día hábil siguiente. Para obtener la Cobertura de la Oferta Preferente del Plan, además de aviso en el plazo antes referido, el beneficiario debe ingresar efectivamente al prestador prefe- rente y en el tipo de habitación que indica el cuadro de beneficios de la oferta preferente, fecha a contar de la cual tendrá acceso a esta cobertura. Tanto el beneficiario como la Isapre están facultados para disponer el traslado del paciente hospitalizado al prestador preferente cuando su estado de salud lo permita. En todo caso, la cobertura en un prestador ajeno a la oferta preferente será siempre por libre elección al igual que los correspondientes gastos de traslado. d)Se procederá a la bonificación de losMedicamentos y Materiales Clínicossólo en prestaciones que requieran hospitalización y en las prestaciones asociadas a Cirugías Ambulatorias (código de pabellón 5 o superior). Esta cobertura se aplica por evento/beneficiario. Se entiende por evento/beneficiario una misma hospitali- zación con independencia del lugar de la misma (establecimiento asistencial y/o hospitalización domiciliaria). Se excluyen drogas antineoplásicas para el tratamiento del cáncer, las cuales se bonificarán en sus porcentajes y topes específicos del cuadro de beneficios del plan complementario de salud. Asimismo, se excluye la bonificación de medicamentos y materiales clínicos para diagnósticos o tratamientos ambulatorios. e)En el caso de losaudífonos,sólo se contempla cobertura a los mayores de 55 años de acuerdo al arancel. f)Las prestaciones asociadas a la Atención Integral de Enfermería sólo tendrán bonificación de acuerdo a los topes y montos máximos indicados en el plan de salud, conforme al arancel Fonasa modalidad libre elección. g)El tope se aplica por ciclo de quimioterapia e incluye sólodrogas antineoplásicaspara el tratamiento del cáncer. Se entiende por ciclo de quimioterapia el período de tiempo que comprende el número de días empleados en la secuencia de un determinado tratamiento antineoplásico. h)Prestaciones con Cobertura Reducidaindicadas en el plan, sólo con cobertura libre elección en Prestaciones Hospitalarias de Obstetricia, Parto, Embarazo, Cesárea, Neonatología, Pediatría, Psiquiatría, Cirugía Refractiva, Cirugía de Presbicia y Cirugía Bariátrica o de Obesidad. La cobertura reducida de las prestaciones hospitalarias de Obstetricia, Parto, Embarazo, Cesárea, Neonatología, Pediatría, Psiquiatría, Cirugía de Presbicia y Cirugía Bariátrica o de Obesidad, será la de mayor valor entre el 25% de la cobertura del plan de salud para la prestación genérica correspondiente y la cobertura financiera mínima que establece el Arancel Fonasa modalidad libre elección. La cobertura reducida de las prestaciones hospitalarias de Cirugía Refractiva, será la de mayor valor entre el 50% de la cobertura del plan de salud para la prestación genérica correspondiente y la cobertura financiera mínima que establece el Arancel Fonasa modalidad libre elección. Se entiende por: Prestaciones hospitalarias de Neonatología: hasta los 28 días de vida del beneficiario. Prestaciones hospitalarias de Pediatría: para beneficiarios entre los 29 días de vida hasta los 15 años del beneficiario. Prestaciones hospitalarias de obstetricia comprende: embarazo, embarazo ectópico, parto, cesárea, aborto espontáneo, aborto terapéutico y/o cualquier prestación o atención requerida a consecuencia de una complicación de éstas. A este plan no se le aplica la proporcionalidad de cobertura que establece la Ley para embarazo, parto o cesárea. Las condiciones para cambiarse de este plan con cobertura reducida de embarazo, parto o cesárea a un plan que contemple mayor cobertura para dichas atenciones se rigen por la Circular Nº 60 de la Superinten- dencia de Salud, la cual indica que el (la) cotizante deberá suscribir una declaración de embarazo en la que señale que ella o cualquiera beneficiaria del plan, según sea el caso, están o no cursando un embarazo. La no declaración de un embarazo en curso, faculta a la Isapre para dejar sin efecto el cambio de plan. Durante la vigencia del presente plan, la Isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la declaración de embarazo que éste (a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: - Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquél que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual, podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. - Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual, podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. i)Esta bonificación regirá sólo paratrasladossolicitados por el médico tratante y originados por hospitalizaciones, salvo casos de urgencia, y su pago deberá ser autorizado siempre y en forma previa por la contraloría médica de la Isapre. Esta bonificación incluye y se extiende solamente al paciente. j)Corresponderá la bonificación de losmarcos y cristales ópticossólo con la presentación de la receta médica respectiva. Los anteojos para presbicia no requieren de receta médica para los mayores de 40 años. Tipo de Beneficiario EdadCotizantesCargas Para calcular la equivalencia del precio en moneda nacional se utilizará el valor que tenga la UF el último día del mes en que se pagaron o debieron pagarse las remuneraciones del cotizante. (Años)HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.800.800.600.60 5 a menos de 100.700.700.500.50 10 a menos de 150.700.700.500.50 15 a menos de 200.700.700.500.50 20 a menos de 250.802.000.500.80 25 a menos de 300.902.350.701.50 30 a menos de 351.003.301.001.85 35 a menos de 401.003.301.001.75 40 a menos de 451.202.401.201.60 45 a menos de 501.302.401.301.80 50 a menos de 551.602.451.601.85 55 a menos de 602.102.552.102.10 60 a menos de 652.702.702.702.70 65 a menos de 703.203.203.203.20 70 a menos de 753.803.803.803.80 75 a menos de 804.503.904.503.90 80 y más4.704.504.704.50 - Los tiempos se cuentan desde el día siguiente, al día en que el paciente solicite la prestación. - En el caso que un prestador no pueda cumplir con los tiempos máximos de espera, el paciente será derivado a otro prestador por la Isapre. TIEMPOS MÁXIMOS DE ESPERA EN DÍAS CORRIDOS EN LOS PRESTADORES IDENTIFICADOS EN LA COBERTURA PREFERENTE (mientras sea médicamente aconsejable) PRESTACIÓNN° DIAS Consulta Médica10 días Exámenes de Laboratorio4 días Imagenología4 días Procedimientos Diagnósticos y Terapéuticos5 días Intervenciones Quirúrgicas Programadas9 días Precio Base UF Precio Total Plan UF