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Plan Complementario Más Salud Multiclínica

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En caso de aceptarse la presente propuesta por la Compañía Aseguradora, el riesgo será cubierto por
Help Seguros de Vida S.A.

Los términos y Condiciones de la presente propuesta son los siguientes:

1. Asegurado

1.1
Contratante: El Contratante corresponderá a la persona que celebra el contrato de seguro con la
Compañía y sobre quién recaen, las obligaciones y cargas del contrato.

El Contratante puede manif estar su voluntad de contratar el seguro para sí mismo o para un
tercero.

1.2 Asegurados. Podrán ser Asegurados de esta Póliza:

Será Asegurado Titular de esta Póliza, aquella persona que previa evaluación y aceptación del
riesgo por parte de la Compañía, se encuentre debidamente incorporada como tal en esta Póliza.

Podrán tener la calidad de Asegurados Dependientes del Titular de esta Póliza, quienes sean parte
de su grupo f amiliar, según el siguiente detalle:

Cónyuge o conviviente civil o pareja.
Estas categorías son excluyentes entre sí; por ello, en cada grupo f amiliar sólo podrá
permanecer vigente una de estas tipologías.

Hijos del Asegurado Titular, del cónyuge o conviviente civil o pareja.
Nietos del Asegurado Titular, del cónyuge o conviviente civil o pareja.
Padre y/o madre del Asegurado Titular
No obstante lo anterior, podrá tener la calidad de Asegurado Titular un menor edad sólo si el Contratante
del seguro corresponde al padre o madre, abuelo(a), hermano(a) mayor de edad, tío (a) consanguíneo
del propuesto Titular.

En estos casos, será requisito que el Contratante asuma la responsabilidad de las primas del seguro y
que quien detente la calidad de Asegurado Titular menor de edad cumpla con los requisitos de
asegurabilidad establecidos para los parentescos hijo o nietos, según corresponda, que se encuentran
f ijados en el numeral 5 de estas Condiciones Particulares.
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2. Prestadores de salud preferentes

2.1 Región Metropolitana

2.1.1 Red Santa María

Prestador : Clínica Santa María

de Registro : 15 de la Superintendencia de Salud

RUT : 90.753.000-0

Dirección : Avenida Santa María 0500, Providencia, Región Metropolitana

Prestador : Centro Médico Santa María La Dehesa

Razón Social : Centros Médicos y Dentales Multimed Ltda.

RUT : 78.597.740-8

Dirección : Avenida La Dehesa 1445, Lo Barnechea, Región Metropolitana

Prestador : Centro Médico Santa María La Reina

Razón Social : Omesa SPA

RUT : 96.617.350-5

Dirección : Avenida Ossa 345, La Reina, Región Metropolitana

Prestador : Centro Médico Santa María Vitacura

Razón Social : Clínica Santa María SPA

RUT : 90.753.000-0

Dirección : Avenida Vitacura 4705, Vitacura, Región Metropolitana

Prestador : Servicios Médicos Santa María Ltda

Razón Social : Servicios Médicos Santa María Ltda

RUT : 77.200.240-8

Dirección : Avenida Santa María 0410 Providencia, Región Metropolitana
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Prestador : Asociación Médica Santa María SPA

Razón Social : Asociación Médica Santa María SPA

RUT : 76.933.886-1

Dirección : Avenida Santa María 0410 Providencia, Región Metropolitana

Prestador : Unidad Toma de Muestra Príncipe de Gales

Razón Social : Clínica Santa María

RUT : 90.753.000-0

Dirección : Avda. Príncipe de Gales 9140, Local 218, La Reina, Región Metropolitana

Prestador : Unidad Toma de Muestra El Alba

Razón Social : Clínica Santa María

RUT : 90.753.000-0

Dirección : Camino El Alba 11865, Local 215, Las Condes, Región Metropolitana

2.1.2 Red Dávila

Prestador : Clínica Dávila Recoleta

N° de Registro : 2 de la Superintendencia de Salud

RUT : 96.530.470-3

Dirección : Av. Recoleta 464, Recoleta, Región Metropolitana

Prestador : Clínica Dávila Vespucio

de Registro : 17 de la Superintendencia de Salud

RUT : 96.898.980-4

Dirección : Seraf ín Zamora 190, La Florida, Región Metropolitana
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Prestador : Omesa SPA

RUT : 96.617.350-5

Centro Médico Dávila Las Condes

N° de Registro : 496 de la Superintendencia de Salud

Dirección : El Bosque Norte 0110, Las Condes, Región Metropolitana

Centro Médico Dávila Ñuñoa

N° de Registro : 649 de la Superintendencia de Salud

Dirección : Avenida Irarrázaval 2401, Ñuñoa, Región Metropolitana

Centro Médico Dávila Maipú

N° de Registro : 636 de la Superintendencia de Salud

Dirección : Avenida Pajaritos 1948, Maipú, Región Metropolitana

Centro Médico y Dental Vidaintegra Bandera

N° de Registro : 309 de la Superintendencia de Salud

Dirección : Bandera 101, Santiago, Región Metropolitana

Centro Médico y Dental Vidaintegra Puente Alto

N° de Registro : 668 de la Superintendencia de Salud

Dirección : Ernesto Alvear 63, Puente Alto, Región Metropolitana

Centro Médico y Dental Vidaintegra Quilicura

N° de Registro : 25 de la Superintendencia de Salud

Dirección : Avenida O'Higgins 358, Quilicura, Región Metropolitana

Centro Médico y Dental Vidaintegra Alameda.

N° de Registro : 353 de la Superintendencia de Salud

Dirección : Avenida Libertador Bernardo O´Higgins 1620, Santiago,
Región Metropolitana
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Prestador : Servicios Integrados de Salud Ltda.

RUT : 79.980.070-5

Dirección : Av. Recoleta 464, Recoleta, Región Metropolitana

Prestador : Servicios Médicos Vespucio Ltda.

RUT : 76.696.200-9

Dirección : Seraf ín Zamora 190, La Florida, Región Metropolitana

2.2 Región del Biobío

Prestador : Clínica Biobío S.A.

N° de Registro : 132 de la Superintendencia de Salud

RUT : 96.885.940-4

Dirección : Avenida Jorge Alessandri N° 3515, Talcahuano, Región del Biobío

Prestador : Servicios Médicos del Biobío Ltda.

RUT : 76.686.200-4

Dirección : Avenida Jorge Alessandri N° 3515, Talcahuano, Región del Biobío

2.3 Región de Valparaíso

Red Clínica Ciudad Del Mar

Prestador : Clínica Ciudad del Mar

N° de Registro : 7 de la Superintendencia de Salud

RUT : 96.885.950-1

Dirección : 13 Norte 635 Viña del Mar, Región de Valparaíso

Prestador : Centro Médico Libertad

Razón Social : Servicios Médicos Clínica Ciudad del Mar Ltda.

RUT : 76.055.963-6

Dirección : Avenida Libertad 113, Viña del Mar, Región de Valparaíso
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Prestador : Centro Médico Bosques

Razón Social : Servicios Médicos Clínica Ciudad del Mar Ltda.

RUT : 76.055.963-6

Dirección : Avenida Edmundo Eluchans 2030, Viña del Mar, Región de
Valparaíso

Prestador : Centro Médico Integral de la Mujer

Razón Social : Servicios Médicos Clínica Ciudad del Mar Ltda.

RUT : 76.055.963-6

Dirección : Avenida Libertad 1159, Viña del Mar, Región de Valparaíso

Prestador : Laboratorio Clínica Vida Integra la Mujer

Razón Social : Omesa SPA

RUT : 96.617.350-5

Dirección : Avenida Libertad 1159, Viña del Mar, Región de Valparaíso

En caso de que alguno de los centros médicos antes indicados como prestador pref erente deje de
f uncionar o prestar servicios médicos, la Compañía seguirá otorgando las coberturas detalladas en estas
Condiciones Particulares en las clínicas señaladas anteriormente, dando cumplimiento así a este contrato
de seguro.

2.4 Otros prestadores de salud: Se otorga cobertura en todos los prestadores de salud habilitados
en el territorio nacional conf orme al porcentaje de cobertura indicado en el cuadro de coberturas o plan
de reembolso.

3. Coberturas

3.1 Seguro Complementario Más Salud Multiclínica

Se reembolsará o pagará los gastos incurridos directamente al Asegurado o al prestador de salud, como
complemento del Sistema Previsional de Salud de cada Asegurado, los gastos médicos ambulatorios y
hospitalarios razonables y acostumbrados realizados en algunos de los prestadores antes señalado s,
ef ectuados o prescritos por un médico tratante, en que haya incurrido ef ectivamente a consecuencia de
una incapacidad cubierta por este contrato de seguro y ocurrida durante la permanencia del Asegurado
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en la Póliza.

3.1.1 El Cuadro de Coberturas o Plan de Reembolsos en los prestadores de salud preferentes
y libre elección es el siguiente:

SEGURO COMPLEMENTARIO MÁS SALUD MULTICLÍNICA PLAN BASE

COBERTURA AMBULATORIA

% Reembolso
Tope
Clínica Santa María
Clínica Dávila Recoleta
Clínica Dávila Vespucio
Clínica Biobío
Clínica Ciudad del Mar

Otros prestadores
de salud
Prestación (UF) Anual (UF)
Consulta médica

70%
50%
UF 0,85

Sin Tope

Exámenes de laboratorio,
imagenología, radiografía y
ultrasonografía

UF 5

Procedimientos de diagnósticos y
terapéuticos no quirúrgicos
UF 12
Cirugía ambulatoria
Sin Tope
Kinesiología y fonoaudiología
UF 0,5 UF 11
COBERTURA HOSPITALARIA

Clínica Santa María
Clínica Dávila Recoleta
Clínica Dávila Vespucio
Clínica Biobío
Clínica Ciudad del Mar

Otros prestadores
de salud
Prestación (UF) Anual (UF)
Día cama

70%
50%
UF 8

Sin Tope
Honorarios médicos
Sin Tope
Servicios hospitalarios
Cirugía bariátrica
UF 12
COBERTURA DE URGENCIA

Clínica Santa María
Clínica Dávila Recoleta
Clínica Dávila Vespucio
Clínica Biobío
Clínica Ciudad del Mar

Otros prestadores
de salud
Prestación (UF) Anual (UF)
Consulta médica Servicio Urgencia

70%
50%
UF 1

Sin Tope

Exámenes de laboratorio,
imagenología, radiografía y
ultrasonografía Servicio Urgencia

UF 5
12
Procedimientos de diagnósticos y
terapéuticos no quirúrgicos Servicio
Urgencia

UF 12

Medicamentos, materiales e insumos
atención Servicio Urgencia
UF 2
COBERTURA MATERNIDAD

Clínica Santa María
Clínica Dávila Recoleta
Clínica Dávila Vespucio
Clínica Biobío
Clínica Ciudad del Mar

Otros prestadores
de salud
Prestación (UF) Anual (UF)
Parto normal o cesárea

70%
50% Sin Tope
UF 30

Complicaciones del embarazo
UF 25
Aborto no voluntario
UF 15
COBERTURA SALUD MENTAL

Clínica Santa María
Clínica Dávila Recoleta
Clínica Dávila Vespucio
Clínica Biobío
Clínica Ciudad del Mar

Otros prestadores
de salud
Prestación (UF) Anual (UF)
Hospitalización psiquiátrica

70%
50%
UF 15
UF 15
Consultas psiquiatría, psicología y
psicopedagogía
UF 0,85 UF 8,5
COBERTURAS ESPECIALES

Clínica Santa María
Clínica Dávila Recoleta
Clínica Dávila Vespucio
Clínica Biobío
Clínica Ciudad del Mar

Otros prestadores
de salud
Prestación (UF) Anual (UF)
Consulta nutricionista y terapia
ocupacional

70%
50%
UF 0,4
UF 11
Prótesis y órtesis Ambulatorias
(aranceladas)

Sin Tope

UF 10

Gastos por Óptica (cristales, marcos y
lentes de contacto)
UF 3
Cirugía ocular y refractiva
UF 10
Ambulancia terrestre (50 km radio
urbano)
UF 20
MONTO MÁXIMO DE REEMBOLSO ANUAL
UF 450 POR ASEGURADO
En ningún caso la Compañía reembolsará más allá del monto máximo de reembolso del Plan de
Reembolso, aunque los topes anuales del detalle de prestaciones sean superiores a éste.
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3.1.2 El plan de reembolsos antes indicado se ajustará según los siguientes términos:

a.
Limitaciones de Cobertura (Artículo 3 POL 3 2024 0023)
a.1) Prestaciones Aranceladas SIN bonif icación Sistema de Salud Previsional de Salud
Privado o Público

Los gastos médicos cubiertos por la Póliza que se encuentren incluidos en el Listado de
Prestaciones de Help Seguros, que no reciban bonif icación del Sistema Previsional de Salud al
cual se encuentra af iliado el Asegurado, gozarán de cobertura por la Póliza considerando una
rebaja del 50% al copago presentado a reembolso.

a.2) Prestaciones no aranceladas

Los gastos médicos que no se encuentren incluidos en el Listado de Prestaciones de Help
Seguros, no gozarán de cobertura por el seguro.

a.3) Prestaciones sin estar af iliado a Isapre o Fonasa grupos B, C o D

En aquellos casos en que las prestaciones médicas cubiertas por la Póliza se realicen estando
el Asegurado sin af iliación a una Isapre o Fonasa grupos B, C o D, se aplicará una rebaja del
80% al copago presentado a reembolso.

a.4) Gastos en el extranjero

Los gastos médicos incurridos en el extranjero no gozarán de cobertura por la Póliza.

b.
Bonificación Mínima Exigida (BME):
b.1) En aquellos casos en que las prestaciones recibidas por los Asegurados af iliados a
Fonasa grupos B, C y D obtengan un reembolso, por parte de su Sistema Previsional de Salud
y otras coberturas o benef icios de salud a que tenga derecho el Asegurado, superior a $0 (cero
pesos) e inf erior o igual al 35% (treinta y cinco por ciento) del costo de la prestación, se
considerará como gasto ef ectivamente incurrido por el Asegurado para dicha prestación, el
65% (sesenta y cinco por ciento) del costo real de la prestación, monto sobre el cual se aplicará
el porcentaje de cobertura estipulado en el Plan de Reembolso señalando anteriormente.

b.2) En aquellos casos en que las prestaciones recibidas por los Asegurados af iliados a
Isapre obtengan un reembolso, por parte de su Sistema Previsional de Salud y otras coberturas
o benef icios de salud a que tenga derecho el Asegurado, superior a $0 (cero pesos) e inf erior
o igual al 50% (cincuenta por ciento) del costo de la prestación, se considerará como gasto
ef ectivamente incurrido por el Asegurado para dicha prestación, el 50% (cincuenta por ciento)
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del costo real de la prestación, monto sobre el cual se aplicará el porcentaje de cobertura
estipulado en el Plan de Reembolso señalando anteriormente.

3.1.3
Monto máximo de reembolso anual por Asegurado
UF 450

3.1.4
Deducible anual por Asegurado
Durante la vigencia de la Póliza, en la cobertura Complementaria de Salud, se aplicará un deducible
anual por Asegurado, según el siguiente detalle.

Deducible anual

por Asegurado

Coberturas

UF 5,00
Hospitalaria
Maternidad

UF 0,7

Ambulatoria

Urgencias

Salud Mental

Especiales

3.2
Listado de prestaciones
Este seguro otorga cobertura sólo a las prestaciones detalladas en el Listado de Prestaciones de
Help Seguros, el cual se encuentra a disposición de los Asegurados en el acceso de clientes en la
página web de Helpseguros.cl.

En caso que las prestaciones presentadas a reembolso se encuentren incluidas en el Listado de
Prestaciones de Help Seguros y no reciban reembolso del Sistema de Salud Previsional del
Asegurado, se aplicarán las limitaciones de coberturas antes descritas y los porcentajes de
reembolso, según el tipo de prestación, detallado en el Plan Reembolsos de estas Condiciones
Particulares.
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4. Exclusiones

Rigen las exclusiones contenidas en el Artículo 8 del Condicionado General POL 3 2024 0023.

5. Condiciones y requisitos de asegurabilidad

5.1 Edades límites que deben cumplir los Asegurados

5.1.1 Titulares, cónyuge o conviviente civil o pareja:

Edad mínima de incorporación a la Póliza: 18 años y 0 días.
Edad máxima de incorporación a la Póliza: 69 años y 364 días
Edad máxima permanencia en la Póliza: 109 años y 364 días.
Para aquellos casos en que el Asegurado Titular sea un menor de edad según lo indicado en el
artículo 1.2. de estas Condiciones Particulares, éste deberá cumplir con los requisitos de
asegurabilidad establecidos en el numeral siguiente.

5.1.2
Hijos y nietos del Asegurado Titular, del o la cónyuge o conviviente civil o pareja:
Edad mínima de incorporación a la cobertura:
Desde el día del nacimiento si la f echa de concepción del embarazo es posterior a la f echa de inicio
de vigencia de la Póliza y es inscrito dentro de los 60 (sesenta) días de nacido.

Si es incluido con posterioridad al citado plazo, deberá suscribir DPS y, en caso de ser aceptado,
el inicio de cobertura será a contar del primer día del periodo siguiente de cobertura al de su
aceptación por parte de la Compañía.

Si la f echa de concepción del embarazo es anterior a la f echa de inicio de vigencia de la Póliza, el
recién nacido sólo podrá ser incorporado al seguro transcurridos 14 (catorce) días corridos desde
su nacimiento, previa evaluación y aceptación del riesgo por parte de la Compañía.

En caso de ser aceptado, el inicio de cobertura será a contar del primer día del periodo siguiente
de cobertura al de su aceptación por parte de la Compañía.

Edad máxima de incorporación a la cobertura: 28 años y 364 días
Edad máxima permanencia en la cobertura: 29 años y 364 días
5.1.3 Padre y madre del Asegurado Titular:

Edad mínima de incorporación a la Póliza: 18 años y 0 días.
Edad máxima de incorporación a la Póliza: 69 años y 364 días
Edad máxima permanencia en la Póliza: 109 años y 364 días.
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5.2
Los Asegurados que cumplan la edad máxima de permanencia durante la vigencia del Contrato de
seguro mantendrán su cobertura hasta el término de la vigencia anual del período en que
cumplieron la edad máxima de permanencia.

5.3
El Asegurado Titular o Contratante, según corresponda, deberá completar el f ormulario “Propuesta
de Seguro” o la “Solicitud de Incorporación al Seguro” y “Declaración Personal de Salud”,
declarando por él y por los integrantes del grupo f amiliar que va a asegurar.

5.4
Los asegurables tendrán la calidad de Asegurados de la Póliza, sólo cuando la Compañía
Aseguradora apruebe la “Propuesta de Seguro” o la “Solicitud de Incorporación al Seguro” o la
“Declaración Personal de Salud”.

5.5
Todos Asegurados al momento de su ingreso al seguro deberán contar con un Sistema de Salud
Previsional Isapre o Fonasa grupos B, C y D.

6. Moneda de la Póliza

La prima será cobrada en UF (Unidades de Fomento) al Contratante.

7. Primas y efectos del no pago de la prima

La f orma de pago del seguro será mediante cargo automático en una tarjeta de crédito o débito, sobre
las cuales se realizarán los cargos de la prima. La periodicidad del pago de las primas de este seguro será
mensual.

La recaudación de las primas será ef ectuada por el intermediario QuePlan Corredores de Seguros Spa,
RUT 76.824.542-8.

Ef ectuado el pago de la primera prima inicial de la Póliza, o en su caso, de la primera cuota de la prima
estipulada a plazo, el Asegurador concede un plazo máximo de 30 (treinta) días corridos, para el pago de
la siguiente, cualquiera sea la f orma de pago convenida. Durante este período, el seguro permanecerá
en pleno vigor.

Conf orme al artículo 528 del Código de Comercio la f alta de pago de la prima al vencimiento del plazo de
gracia se producirá la terminación del contrato a la expiración del plazo de 15 (quince) días contado desde
la f echa de envío de la comunicación que, con este objeto, la Compañía Aseguradora dirija al Asegurado
y dará derecho al primero a exigir que se le pague la prima devengada hasta la f echa de terminación.

Producida la terminación, la responsabilidad de la Compañía Aseguradora por los siniestros posteriores
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