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Salud - Alternativa 2

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Atención al Cliente, al teléfono 600 390 3000, o acercándote a cualquiera de nuestras
sucursales a lo largo del país.
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Recuerda que siempre estamos disponibles para ti.
En caso de cualquier requerimiento, no dudes en contactar a tu Asesor.
Como cliente MetLife, cuentas con diversos convenios pensados especialmente para ti:
Consulta sobre estos convenios en www.metlife.cl, accediendo como cliente con tu RUT y
Clave Secreta.
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como contratos, asuntos de familias, entre otros.
Descuento en Farmacias Ahumada y Cruz Verde.
¿Qué es MetLife Seguro Salud?
Es un Seguro de Salud que reembolsa los gastos médicos, hospitalarios y ambulatorios de alto
costo, incurridos por enfermedad o accidente. Este Seguro opera tanto en Chile como en el
extranjero y te otorga cobertura hasta los 99 años de edad y 364 días, siempre y cuando la
Póliza se haya renovado y el asegurado se encuentre al día en el pago de las primas. No cubre
gastos asociados a enfermedades o accidentes preexistentes a la fecha de vigencia de tu
Póliza. La frecuencia con que pagarás este Seguro ya la definiste y está indicada en tu Póliza.
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Los que más quieres hoy están
protegidos en: Gastos médicos
de alto costo
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¿Qué protección
te entrega tu Seguro?
Reembolso de gastos médicos de alto costo:
Reembolsa gastos médicos de alto costo originados por enfermedad o accidente, ocurridos
en Chile o en el extranjero. Estos gastos pueden ser hospitalarios o ambulatorios, y cubre
tanto a personas afiliadas como no afiliadas a un sistema de salud previsional. Este Seguro
considera un monto máximo reembolsable y un deducible determinado, dependiendo del
plan contratado por ti y que está indicado en tu Póliza. Se entiende por gastos médicos de alto
costo aquellos que superen el monto del deducible, y por deducible, el monto que siempre será
de cargo del Asegurado.
Gastos incurridos en Chile:
· Los reembolsos de los gastos médicos, hospitalarios y ambulatorios, incurridos en Chile,
se calcularán después que haya operado tu sistema de salud previsional, y la cobertura
será de hasta un 100% de la diferencia no cubierta, dependiendo del plan que
contrataste, de acuerdo al monto máximo reembolsable y al deducible, los que variarán
a partir de los 70 años, tal como está estipulado en tu Póliza.
· En caso de tratarse de gastos médicos no cubiertos por tu sistema de salud previsional o
de no contar con él, la cobertura será de hasta un 50% de los gastos no cubiertos.
Gastos incurridos en el extranjero:
· Los reembolsos de los gastos médicos, hospitalarios y ambulatorios, incurridos en el
extranjero, se calcularán después que haya operado tu sistema de salud previsional y la
cobertura será de hasta un 50% de la diferencia no cubierta dependiendo del plan que
contrataste, de acuerdo al monto máximo reembolsable y al deducible, los que variarán a
partir de los 70 años, tal como está estipulado en tu Póliza.
· En caso de tratarse de gastos médicos no cubiertos por tu sistema de salud previsional o de
no contar con él, la cobertura será de hasta un 25% de los gastos no cubiertos, dependiendo
del plan que contrataste, de acuerdo al monto máximo reembolsable y el deducible
contratado por ti.
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Reembolso de gastos de farmacia:
· El reembolso de gastos de farmacia o prestación de medicamentos ambulatorios, sólo
considera aquellos fármacos directamente relacionados y necesarios para el tratamiento de
la enfermedad o accidente que originó el pago del Seguro, que es cubierta por esta Póliza y
diagnosticada por el médico tratante.
· Si los gastos de farmacia se originan en Chile y son ambulatorios, la cobertura será de hasta
un 50% siempre que estén cubiertos por tu sistema de salud previsional. De lo contrario, la
cobertura será de hasta un 25%.
· Si los gastos de farmacia se originan en el extranjero y son ambulatorios, la cobertura será
de hasta un 25% siempre que los medicamentos estén cubiertos por tu sistema de salud
previsional. De lo contrario, la cobertura será de hasta un 12,5%.
Reembolso de gastos médicos provenientes de hospitalizaciones domiciliarias:
· Se considera como una ampliación de la cobertura de hospitalización, cuando ésta sea
prescrita por el médico tratante y otorgada por una institución reconocida por los servicios
de salud, debidamente calificada por la contraloría médica del sistema de salud previsional
respectivo. Cubre hasta el 100% de los gastos incurridos por una hospitalización domiciliaria
en los porcentajes de reembolsos considerados.
Cuadro resumen de cobertura de MetLife Seguro Salud
Gastos de
hospitalización
y ambulatorios
generados en
Chile
Gastos de
hospitalización
y ambulatorios
generados en el
extranjero
Gastos de
farmacias
generados en
Chile
Gastos de
farmacias
generados en
el extranjero
Cubiertos por
sistema de salud
previsional
No cubiertos por
sistema de salud
previsional
Hasta un 100% Hasta un 50% Hasta un 50% Hasta un 25%
Hasta un 50% Hasta un 25% Hasta un 25% Hasta un 12,5%
Estos porcentajes se aplican sobre la diferencia no cubierta por el sistema de salud y otros
reembolsos percibidos, de acuerdo al Monto Máximo Reembolsable y Deducible contratado
por ti.
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Otros beneficios considerados dentro de la protección básica:
· Complicaciones del embarazo
No obstante este Seguro no cubre los gastos propios del embarazo, sí reembolsa los gastos
médicos generados a raíz de complicaciones del embarazo, siempre que la Asegurada
tenga al menos 12 meses de vigencia en la Póliza. Esta cobertura no cubre a las hijas
Aseguradas en la Póliza.
· Incorporación de hijos
Las Aseguradas que tengan al menos 12 meses de vigencia en la Póliza podrán
asegurar al hijo que está por nacer, debiendo solicitar su incorporación a la Póliza a
partir del séptimo mes de gestación. Con ello, tu hijo contará con la cobertura de esta
Póliza a partir del día de su nacimiento, aún existiendo enfermedades diagnosticadas con
anterioridad al parto. En caso de no solicitar la incorporación a la Póliza antes del nacimiento
de tu hijo, solo podrás solicitarla a partir del día catorce desde su nacimiento, no
existiendo cobertura para eventuales enfermedades diagnosticadas con anterioridad a
su incorporación.
Es importante considerar que la Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar la
solicitud de incorporación, previa evaluación. La incorporación de esta cobertura solo
operará para los hijos de la Asegurada titular o de la cónyuge, conviviente civil o pareja del
Asegurado titular.
· Síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA)
Este Seguro cubrirá los gastos médicos hospitalarios incurridos a consecuencia de esta
condición, no obstante, no cubrirá los gastos médicos ambulatorios. Es necesario añadir
también que este Seguro no cubre preexistencias.
El monto máximo reembolsable y el deducible de tu Póliza son por evento, es decir, se aplican a
los gastos médicos hospitalarios o ambulatorios asociados a un mismo diagnóstico, originado por
enfermedad o accidente.
El monto máximo reembolsable y el deducible por evento de tu Póliza, tendrán una duración de
3 años para aplicar a los gastos hospitalarios o ambulatorios generados por el mismo diagnóstico.
Si después de cumplirse los 3 años, contados desde la fecha del primer reembolso asociado al
diagnóstico (evento), sigue incurriéndose en gastos médicos a causa del mismo evento o
diagnóstico, al inicio del 4to año, se reinstalará el monto máximo reembolsable y el Deducible
contratado por ti, para poder continuar con el reembolso de dichos gastos médicos hasta
consumir el monto máximo reembolsable o hasta completar los siguientes tres años, o lo que
ocurra primero. Esta reinstalación del monto máximo reembolsable y del deducible operará una
sola vez por cada evento.
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¿Qué no cubre tu Seguro?
MetLife Seguro Salud no cubre los gastos médicos que se originen a causa de:
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a) Enfermedades psicológicas y psiquiátricas. Asimismo, no estará cubierta aquella hospitalización
para fines de un reposo psiquiátricos.
b) Curas de reposo, cuidado sanitario, periodos de cuarentena o aislamientos.
c) Los tratamientos o cirugías estéticas, cosméticos, plásticos, maxilofaciales, dentales, ortopédicos
y otros tratamientos que sean para fines de embellecimiento o para corregir malformaciones
preexistentes al inicio de la cobertura, a menos que sean necesarios producto de una lesión
accidental ocurrida durante la vigencia de la pólizia, o cirugía reparadora secundaria a otra
patología cuyo origen hubiese acontecido durante la vigencia de la presente póliza.
d) Tratamientos por: adicción a drogas, alcoholismo o tabaquismo y sus consecuencias.
Tratamientos ambulatorios incurridos a consecuencia del síndrome de inmunodeficiencia
adquirida, SIDA.
e)
Lesión o enfermedad causada por:
· Guerra civil o internacional.
· Participación activa del Asegurado en rebelión, revolución, insurrección, poder militar,
terrorismo, sabotaje, tumulto o conmoción contra el orden público, dentro o fuera del país.
· Participación del Asegurado en actos que podrían ser calificados como delitos por la ley.
· Negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del Asegurado, incluyéndose toda lesión
o enfermedad ocurrida a causa o con ocasión de su estado de ebriedad o efectos de
las drogas.
· Hechos deliberados que cometa el Asegurado como intento de suicidio, lesiones
y abortos provocados.
· Fusión y fisión nuclear o cualquier accidente nuclear.
f)
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h) Cualquier tipo de órtesis.
Cirugía ocular correctiva, lentes o anteojos ópticos, aparatos auditivos, implante coclear y
otras tecnologías que se desarrollen para corregir alguna alteración en los sentidos no
producida por un accidente.
i)
Medicamentos, Remedios, Drogas o insumos, con excepción de los prescritos bajo el
Beneficio de Hospitalización establecido en la póliza . No se
y remedios naturales.
j)
k) Tratamientos, visitas médicas, exámenes,medicamentos, remedios o vacunas para el sólo
efecto preventivo, no inherentes ni necesarios para el diagnóstico de una enfermedad.
l) La atención particular de enfermería intrahospitalaria o extra hospitalaria.
m) Gastos de acompañantes, mientas el asegurado se encuentre hospitalizado, incluyendo
alojamiento.
n) Lesión o enfermedad surgidas de la ocupación del asegurado, cubierta por la legislación
de Accidentes de trabajo y Enfermedades Profesionales conforme a la ley.
o) Maternidad, exceptuándose los gastos médicos asociados a complicaciones del embarazo,
siempre y cuando la Asegurada tenga al menos 12 meses de vigencia ininterrumpida en la
Póliza (esta cobertura es para Aseguradas titulares y cónyuges).
Todo tipo de exámenes dentales, extracciones, empastes y tratamiento dental en general.g)
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cubrirán recetas magistrales
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Para mayor información sobre la extensión y exclusiones de tu Seguro, revisa tu Póliza.
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Tratamientos efectuados a través de medios de medicina alternativa, tales como: acupuntura
iriología, reflexología. quiropraxia, etc.
t)
u) Gastos que no estén expresamente indicados en el Cuadro de Bene
condiciones particulares de la póliza, como asimismo, gastos de exámenes y procedimientos
a través de nuevas tecnologías no reconocidas por el Sistema de Salud Previsional, los cuales
serán cubiertos siempre que exista un pronunciamiento de la compañía aseguradora y de
Fonasa en ese sentido .
w)
v) Criopreservación.Compra de células madre, sangre, hemoderivados, espermatozoides,
óvulos y cualquier otro tejido u órgano.
p)
Práctica como deportista profesional de alto rendimiento conforme a la ley.q)
Epidemias y Pandemias.r)
Cirugía, tratamientos o gastos que se originan por:s)
La obesidad.
Esterilidad, fertilidad e infertilidad
Tallas bajas (cualquiera sea su origen), delgadez no patológica, gigantismo, ginecomastia
u otros similares y todo tipo de hormonas del crecimiento, así como también Antagonistas
LH y RH.
Tratamientos anticonceptivos.
Cirugía de reducción o aumento mamario.
Adquisición o arriendos de equipos, tales como : bastones y órtesis, sillas de ruedas, camas
médicas, ventiladores mecánicos, etc.
i.
ii.
iii.
iv.
v.
vi.
Realización o participación en una actividad o deporte riesgoso.
Enfermedades, dolencias o situaciones de salud preexistentes, es decir, que se hubiesen
diagnosticado antes de la contratación de la Póliza.
¿Qué planes de MetLife Seguro
Salud existen?
MetLife Seguro Salud ofrece tres alternativas de planes, según el número de Asegurados:
El plan elegido por ti está indicado en tu Póliza.
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Plan A Titular solo
Plan B Titular + 1 carga
Plan C Titular + 2 cargas o más
(sin máximo de cargas)
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