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PreferenteCódigo ALPLS6117

ALEMANA PLUS 6117

Puntuación del plan
5,5

Plan no comercializable.

Desde

$194.440/mes

4,72 UF
ALPLS6117
Plan de Salud Complementario Preferente

TIPO DE PLAN:
X Individual Grupal FUN Nº
ANEXO

ALEMANA PLUS 6117
7777
PF115

%
Tope
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Día Cama

Sin Tope

85%

13,67 UF

Sin Tope

Día Cama cuidados intensivos o coronarios

PRESTACIONES

OFERTA PREFERENTE (*)
LIBRE ELECCION (**)
Bonificación

Copago Fijo
Tope Máximo
Beneficiario/Año

Bonificación
Tope Máximo
Beneficiario/Año

%
Tope
Día Cama cuidados incubadora
Clínica U. de Los Andes y Clínica Santa María (1) 11,05 UF
Día Cama Transitorio y Observación
5,35 UF
85%
23,92 UF
Día Cama cuidados intermedios
20,39 UF
Día Cama Sala Cuna
en Clínica Alemana, Clínica San Carlos, 5,23 UF
Derecho Pabellón
75% 10,73 AC
Exámenes de Laboratorio

3,33 AC
Imagenología Clínica Las Condes (1)
Kinesiología

Medicamentos
85% 33,85 UF por Evento 67,69 UF
Materiales e Insumos Clínicos

80% en Clínica Alemana, Clínica San Carlos,
Clínica U. de Los Andes y Clínica Santa María (1)
70% en Clínica Las Condes (1)

80%
20,31 UF por Evento 40,62 UF
Procedimientos
80% en Clínica Alemana, Clínica San Carlos,
Clínica U. de Los Andes y Clínica Santa María (2)
70% en Clínica Las Condes (2)

80%

3,33 AC

Sin Tope

Honorarios Médico Quirúrgicos
22,85 AC
Visita por Médico Tratante
0,96 UF
Visita por Médico Interconsultor

Prótesis, Ortesis y Elementos Osteosíntesis

Sin Cobertura Preferente
85% 3,33 AC 44,62 UF
Traslados Médicos
3,33 AC 2,58 UF
Quimioterapia
20,77 UF por Ciclo 207,69 UF
AMBULATORIAS

Consulta Médica

70% en Clínica Alemana, Clínica San Carlos,
Clínica U. de Los Andes y Clínica Santa María (2)
65% en Clínica Las Condes (2)

Sin Tope

70%

0,96 UF

Sin Tope

Consulta Médica en Serv. de Urgencia

70% en Clínica Alemana, Clínica San Carlos,
Clínica U. de Los Andes y Clínica Santa María, Sin Tope
65% en Clínica Las Condes, Sin Tope

5 UF

Atención Integral de Enfermería y Nutricionista
2,33 AC 5 UF
Radioterapia
3,33 AC Sin Tope
Procedimientos

70% en Clínica Alemana, Clínica San Carlos,
Clínica U. de Los Andes y Clínica Santa María, Sin Tope
65% en Clínica Las Condes, Sin Tope
2,33 AC
Imagenología

Sin Cobertura Preferente

Exámenes de Laboratorio

Kinesiología y Fonoaudiología
2,33 AC
Prótesis y Ortesis
3,33 AC
22,85 AC

Prestaciones Dentales (PAD)
Sin Cobertura Preferente 100% 1 AC Uno anual por
código

Quimioterapia
Igual a Quimioterapia Hospitalaria
14 UF

Pabellón y Box Ambulatorio

85% en Clínica Alemana, Clínica San Carlos,
Clínica U. de Los Andes y Clínica Santa María, Sin Tope
75% en Clínica Las Condes, Sin Tope
Sin Tope 85% 6,44 AC
Sin Tope

Honorarios Médico Quirúrgicos
Igual a HMQ Hospitalario 80%
PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Consulta Psiquiátrica y/o Psicología

Sin Cobertura Preferente

70%
0,55 UF 3,3 UF
Consulta Psiquiátrica Hospitalaria
80% 0,65 UF 9,75 UF
Hospitalización por enfermedad Psiquiátrica
80% 1,4 UF por día 39,2 UF
Hospitalización Domiciliaria

25% de la Cobertura General

Cirugía Bariátrica

Cirugía Fotorefractiva o Fototerapéutica
60% en Centro Oftalmológico Pasteur, Sin Tope Sin Tope
Insumos y anestésicos en cirugía ambulatoria
Igual a Materiales e Insumos Clínicos en Cirugía Mayor
Cobertura Internacional
Igual a la cobertura nacional Libre Elección
Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas
En listado prestadores CAEC Red de Atención H
OTRAS COBERTURAS

Lentes Opticos
Sin Cobertura Preferente 70% 1 UF 1 UF
Instrumental Robótico
85% 10 UF Sin Tope
(1) Habitación Individual Estándar, Sin Tope; (2) Con Médicos Staff en convenio

ATENCIONES DE URGENCIA
En Servicio de urgencia de Clínica Alemana, Clínica San Carlos, Clínica U. de Los Andes, Clínica Santa María y Clínica Las Condes con la cobertura señalada
precedentemente para cada ítem de prestaciones.

PRESTADORES DERIVADOS
Cualquiera de los Prestadores Preferentes no usados e Inst. Oftalmológico Puerta del Sol
(*) Ver Notas Explicativas del plan de salud para la aplicación de la Cobertura Preferente.

(**)La Forma y aplicación de las coberturas se detalla en las Notas Explicativas contenidas en el Anexo del Plan.
ALPLS6117
Plan de Salud Complementario Preferente

PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Precio Base
UF Cotización Legal %
Tabla Nº

MONTO
UF
Fecha:

Huella Digital

Nombre:
Rut:

Nombre:
Rut:
Código:

Nombre:
Rut:

Fecha:

Firma Gerente General
ISAPRE COLMENA

Firma Agente de Ventas
ISAPRE COLMENA

Firma Cotizante

CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN GRUPAL

REQUISITOS PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL

IDENTIFICACION ÚNICA DEL ARANCEL
ARANCEL COLMENA MODALIDAD DEL ARANCEL PESOS
TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO
4500
75 a menos de 80 años
4,5 3,7 4,5 3,7
80 años y más
4,9 4,3 4,9 4,3
65 a menos de 70 años
3,4 3,1 3,4 3,1
70 a menos de 75 años
4 3,1 4 3,1
55 a menos de 60 años
2,5 2,8 1,8 2,4
60 a menos de 65 años
2,9 3 2,5 2,6
45 a menos de 50 años
1,5 2,2 1 1,9
50 a menos de 55 años
1,9 2,4 1,2 2,1
35 a menos de 40 años
1,2 2,7 0,9 2
40 a menos de 45 años
1,3 2,2 0,9 1,5
25 a menos de 30 años
0,9 2,3 0,9 1,8
30 a menos de 35 años
1 3,1 0,9 2,3
15 a menos de 20 años
0,8 0,9 0,8 0,9
20 a menos de 25 años
0,8 1,4 0,8 1
5 a menos de 10 años
0,7 0,6 0,7 0,6
10 a menos de 15 años
0,6 0,6 0,6 0,6
0 a menos de 2 años
2 2 2 2
2 a menos de 5 años
0,9 0,9 0,9 0,9
TABLA DE FIJACIÓN DE PRECIOS DE SUSCRIPCIÓN Y MODIFICACIÓN AL NÚMERO DE BENEFICIARIOS

GRUPOS DE EDAD
COTIZANTE
MASCULINO

COTIZANTE
FEMENINO

CARGA
MASCULINO

CARGA
FEMENINO

ALEMANA PLUS 6117
7777
21
Anexo (PF115)
Plan de Salud Complementario
Modalidad Preferente
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD
I. Coberturas.
1. Coberturas Hospitalarias
ABR17
PAGINA 1/5
a) Día cama transitorio: corresponde a la permanencia en el establecimiento asistencial por un periodo de
más de 6 hrs y menos de 12, sin pernoctar.
b) Día cama observación: corresponde a la permanencia en el establecimiento asistencial, ocupando cama
por un mínimo de 4 horas, sin pernoctar.
c) Kinesiología: se cubrirán exclusivamente prestaciones de este tipo destinadas al tratamiento de patologías
recuperables, con carácter curativo, otorgadas por profesionales kinesiólogos o médicos fisiatras, por
indicación de un médico tratante.
d) Materiales e insumos clínicos: considera los materiales e insumos de carácter desechable, utilizados
durante la cirugía y/o en el periodo de permanencia bajo el régimen de hospitalización, que resultan
necesarios para alcanzar los objetivos de la misma y que no se encuentren incluidos dentro del precio del
día cama o derecho de pabellón. Se excluyen de cobertura: ropa de uso personal tales como calzones
clínicos, medias elásticas, zapatillas de levantarse, etc.; pañales, kit de aseo, ropa de cama de cualquier
tipo, insumos no desechables como termómetros, vendas, fajas, mantas térmicas, bolsas de frío-calor,
etc. No corresponden a este rubro las prótesis, órtesis o elementos de osteosíntesis, estén o no incluidos
en el Arancel de Prestaciones de la Isapre como tales.
e) Medicamentos: la cobertura de medicamentos hospitalarios aplica a todos aquellos necesarios y utilizados
para el tratamiento de las patologías que determinaron la hospitalización y sus eventuales complicaciones,
administrados al paciente durante la misma y siempre que estén registrados en el Instituto de Salud
Pública (ISP) con fines curativos (los medicamentos con fines de investigación y experimentación no
tendrán cobertura).
f) Procedimientos: se incluyen en este rubro los procedimientos diagnósticos y/o terapéuticos efectuados o
supervisados directamente por un médico cirujano. Además se incluyen los procedimientos de medicina
transfusional llevados a cabo por tecnólogo médico con mención en banco de sangre.
g) Honorarios médico quirúrgicos: corresponde a la cobertura de los honorarios de la totalidad del equipo
médico participante en la cirugía (cirujano, médicos ayudantes, anestesista y arsenalera). Esta cobertura
incluye la visita pre-anestésica, las acciones efectuadas en el pabellón quirúrgico y la atención postoperatoria
directamente derivada de ella, hasta por 15 días.
h) Quimioterapia hospitalaria: consiste en la administración de medicamentos para el tratamiento del cáncer.
Las prestaciones incluidas en esta categoría corresponden a las drogas antineoplásicas que cuenten
con el respectivo registro en el Instituto de Salud Pública (ISP). Además se incluyen insumos y otros
medicamentos utilizados durante el procedimiento de administración de la quimioterapia endovenosa
(antiheméticos y corticoides).
2. Coberturas Ambulatorias
a) Atención integral de enfermería: corresponde a la atención en Centros de Enfermería del Adulto Mayor
o en domicilio, efectuada por una Enfermera Universitaria, a pacientes mayores de 55 años o pacientes
postrados, enfermos en condición terminal, pacientes oncológicos, portadores de secuelas severas o
pacientes post-operados.
b) Atención integral de nutricionista: requiere indicación por prescripción de médico tratante. Las atenciones
están destinadas a pacientes de cualquier edad, siempre que tengan riesgo cardiovascular modificable
con dieta y que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.). Por
el carácter integral de la atención de nutricionista, se entiende que la prestación incluye en su valor una
evaluación al inicio, un control y una evaluación al término.
c) Pabellón ambulatorio: procede esta cobertura cuando se utiliza un pabellón o sala de procedimiento para
llevar a cabo las prestaciones que en el Arancel Colmena se asocian a los guarismos o códigos adicionales
1 al 4.
d) Prestaciones dentales (PAD): Corresponde a un conjunto de prestaciones dentales agrupadas y
estandarizadas, incluidas en el Arancel Colmena con los códigos 2503001 a 2503006.
Anexo (PF115)
Plan de Salud Complementario
Modalidad Preferente
Tienen derecho a esta cobertura los beneficiarios que tengan entre 12 años y 17 años 11 meses 29 días,
que presenten caries de una o más piezas dentales. Se aplicará la cobertura con el o los códigos que
correspondan, de acuerdo al diagnóstico y a los tratamientos aplicados según lo informado explícitamente
por el odontólogo tratante. En todo caso, cada beneficiario tiene derecho a cobertura de sólo uno de cada
código, en un mismo año contrato. La Isapre podrá definir entregar esta cobertura, exclusivamente a través
de una red cerrada de prestadores dentales con los que haya convenido, en cuyo caso deberá informar
a los beneficiarios por todos los medios de que disponga, tales como página web, correo electrónico y
sucursales.
e) Quimioterapia ambulatoria: consiste en la administración de medicamentos para el tratamiento del cáncer.
Las prestaciones incluidas en esta categoría corresponden a las drogas antineoplásicas que cuenten
con el respectivo registro en el Instituto de Salud Pública (ISP). Además se incluyen insumos y otros
medicamentos utilizados durante el procedimiento de administración de la quimioterapia endovenosa
(antiheméticos y corticoides).
3. Prestaciones con Coberturas Restringidas
Son aquellas prestaciones respecto de las cuales no se aplica la cobertura preferente ni la establecida
para la modalidad libre elección, sino aquella expresamente indicada en el plan de salud.
a) Consulta psiquiatría: corresponde a la consulta efectuada por un médico, especialista o no, con ocasión de
la presencia de síntomas o patología clasificados dentro de los trastornos mentales o del comportamiento.
b) Hospitalización por enfermedad psiquiátrica: corresponde a la cobertura de los rubros incluidos en el
grupo de Prestaciones Hospitalarias, excepto las visitas médicas, con ocasión de una hospitalización
originada en un cuadro cuyo diagnóstico principal o primario se encuentre clasificado entre los trastornos
mentales o del comportamiento. El tope diario se aplica a la suma de los distintos rubros incluidos.
c) Hospitalización domiciliaria: esta prestación será bonificada sólo cuando la atención prestada en el
domicilio sea equivalente a la que el paciente recibiría en una clínica u hospital, dada la condición de salud
del mismo y, por lo tanto, esta modalidad de atención corresponda a una sustitución de una hospitalización
tradicional. Para calificarla como tal, deberían considerarse los siguientes factores de manera copulativa:
a. El paciente debe estar cursando una enfermedad aguda o la reagudización de una patología crónica.
b. Existencia de una prescripción o indicación médica.
c. Control médico periódico, debidamente acreditado con los documentos clínicos que correspondan, y
d. Asistencia y atención equivalente a la que habría recibido el paciente de haberse encontrado en
un centro asistencial.
No constituye hospitalización domiciliaria la atención particular de enfermería recibida por un enfermo en
el domicilio.
d) Cirugía bariátrica: esta cobertura aplica a la totalidad de los rubros incluidos en el grupo de Prestaciones
Hospitalarias con ocasión de una cirugía bariátrica, vale decir una cirugía para el tratamiento del sobrepeso
u obesidad, tenga o no patología asociada.
e) Cirugía fotorrefractiva o fototerapéutica: esta cobertura aplica a honorarios médico quirúrgicos, derecho
de pabellón, medicamentos, insumos y materiales clínicos necesarios para la corrección de vicios de
refracción, por cualquier técnica.
4. Otras Coberturas
a) Lentes ópticos: se dará cobertura a lentes permanentes (no desechables) con corrección dióptrica
recetados por un médico oftalmólogo. Sólo los lentes para corregir la Presbicia no requieren receta médica.
b) Instrumental robótico: corresponde al instrumental e insumos especiales, habitualmente identificados
como tales por el prestador, utilizados con ocasión de la cirugía robótica en aquellos centros clínicos que
cuentan con dicho equipo médico.
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