LIBRE ELECCIÓN (*) PRESTACIONESBonificación %Tope Tope Máximo Beneficiario/Año Día Cama Día Cama Cuidados Intensivos, Coronarios o Intermedios Día Cama Transitorio y Observación Derecho Pabellón Exámenes de Laboratorio Imagenología Kinesiología, Fisioterapia o Terapia Ocupacional Sin Tope Sin Tope Sin Tope 100% Prestadores G41 100% Prestadores G42 100% Prestadores G43 100% Prestadores G44 75% Prestadores G45 50% Prestadores G46 100% 2,1 AC HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA Visita por Médico Tratante Visita por Médico Interconsultor Prótesis, Órtesis y Elementos Osteosíntesis Traslados Médicos 5 AC 2,2 AC 45 UF 1,9 UF Día Cama Sala Cuna Día Cama Cuidados Incubadora AMBULATORIAS Sin Tope Sin Tope Consulta Médica de Telemedicina en Especialidades (**) Consulta Médica, Psiquiátrica y/o Psicológica Procedimientos Imagenología Exámenes de Laboratorio Pabellón Ambulatorio Radioterapia Quimioterapia Kinesiología, Fisioterapia o Terapia Ocupacional Fonoaudiología Atención Integral de Enfermería Consulta y Atención Integral de Nutricionista Prótesis y Órtesis Prestaciones Dentales (PAD) 90% 100% 0,7 UF 2 UF 7 UF Igual a Quimioterapia Hospitalaria 16 AC 1 AC 2,1 AC 2,1 AC 4,1 AC Honorarios Médico Quirúrgicos 8 UF Materiales e Insumos Clínicos Medicamentos Quimioterapia75 UF por Ciclo750 UF Procedimientos Honorarios Médico Quirúrgicos16 AC 1,05 UF Sin Tope 90% 70% PAD para fertilidad Box Ambulatorio Instrumental Robótico Lentes Ópticos Medicamentos e Insumos de Servicio de Urgencia Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas 0,9 UF Ver Anexo (*) 0,9 UF 2,1 AC 1 UF 100%15 UF En Listado Prestadores CAEC Red de Atención M OTRAS COBERTURAS Insumos y Anestésicos en Cirugía Ambulatoria Cobertura Internacional prestaciones Hospitalarias Cobertura Internacional prestaciones Ambulatorias y HMQ Igual a Materiales e Insumos Clínicos en Cirugía Mayor Igual a la cobertura nacional 1 AC Igual a la cobertura nacional con un tope máximo para cada prestación igual al precio de las mismas en Clínica Dávila Pagina 01 - 06 Clínica de Lactancia (0 a 6 meses de edad) (PAD) Mal Nutrición Infantil (7 a 72 meses de edad) (PAD) (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO. (**) VER NOTAS EXPLICATIVAS. Uno Anual por Código TIPO DE PLAN:FUN Nº Plan de Salud Complementario Modalidad Libre Elección CLTC11122 CÉLTICO 11122 INDIVIDUAL:GRUPAL: 8985 x Hospitalización Domiciliaria Cirugía Bariátrica Cirugía Fotorrefractiva o Fototerapéutica 25% de la Cobertura General PRESTACIONES RESTRINGIDAS
Pagina 02 - 06 Huella Digital CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN GRUPAL REQUISITOS PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL IDENTIFICACIÓN ÚNICA DEL ARANCELARANCEL COLMENA TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO MODALIDAD DEL ARANCELPESOS MONTOUF4000 Nombre: Rut: Código: Fecha: Firma Agente de Ventas ISAPRE COLMENA Nombre: Rut: Fecha: Firma Cotizante Precio BaseUFCotización Legal%Tabla Nº23 TABLA DE FACTORES TRAMO DE EDADCOTIZANTESCARGAS 0 a menos de 20 años 20 a menos de 25 años 65 años y más 55 a menos de 65 años 45 a menos de 55 años 35 a menos de 45 años 25 a menos de 35 años 0,6 0,9 2,4 2,0 1,4 1,3 1,0 0,6 0,7 2,2 1,4 1,0 0,9 0,7 TIPO DE PLAN:FUN Nº Plan de Salud Complementario Modalidad Libre Elección CLTC11122 CÉLTICO 11122 INDIVIDUAL:GRUPAL: 8985 x
Pagina 03 - 06 TIPO DE PLAN:FUN Nº Plan de Salud Complementario Modalidad Libre Elección CLTC11122 CÉLTICO 11122 INDIVIDUAL:GRUPAL: 8985 x NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD I.Coberturas. 1.Coberturas Hospitalarias a) Los prestadores nacionales para la atención de libre elección se han dividido en 6 grupos (G41, G42, G43, G44, G45 y G46). Algunos prestadores pueden aparecer en más de un grupo de acuerdo a la modalidad hospitalaria que se ocupe (institucional, habitación individual, habitación compartida). Los prestadores que no se encuentran expresamente nominados se considerarán dentro de G46. Los grupos son: GRUPOS DE PRESTADORES A NIVEL NACIONAL b) Día cama: el plan bonifica, como máximo, la habitación individual con baño privado de menor valor del prestador. Cualquier diferencia por el uso de habitaciones superiores (suite, departamentos, otras) será de cargo del beneficiario. c) Día cama transitorio: corresponde a la permanencia en el establecimiento asistencial por un periodo de más de 6 hrs y menos de 12, sin pernoctar. d) Día cama observación: corresponde a la permanencia en el establecimiento asistencial, ocupando cama por un mínimo de 4 horas, sin pernoctar. e) Kinesiología y Fisioterapia: se cubrirán exclusivamente prestaciones de este tipo destinadas al tratamiento de patologías recuperables, con carácter curativo, otorgadas por profesionales kinesiólogos o médicos fisiatras, por indicación de un médico tratante. f) Materiales e insumos clínicos: considera los materiales e insumos de carácter desechable, utilizados durante la cirugía y/o en el periodo de permanencia bajo el régimen de hospitalización, que resultan necesarios para alcanzar los objetivos de la misma y que no se encuentren incluidos dentro del precio del día cama o derecho de pabellón. Se excluyen de cobertura: ropa de uso personal tales como calzones clínicos, medias elásticas, zapatillas de levantarse, etc.; pañales, kit de aseo, ropa de cama de cualquier tipo, insumos no desechables como termómetros, vendas, fajas, mantas térmicas, bolsas de frío-calor, etc. No corresponden a este rubro las prótesis, órtesis o elementos de osteosíntesis, estén o no incluidos en el Arancel de Prestaciones de la Isapre como tales. g) Medicamentos: la cobertura de medicamentos hospitalarios aplica a todos aquellos necesarios y utilizados para el tratamiento de las patologías queCLÍNICA ALEMANA CLÍNICA LAS CONDES TODOS LOS NO INCLUIDOS EN OTROS GRUPOSCLÍNICA SAN CARLOS APOQUINDO CLÍNICA UNIVERSIDAD CATÓLICA CLÍNICA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES CLÍNICA MEDSCLÍNICA REDSALUD VITACURA HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD CATÓLICA FUNDACIÓN ARTURO LOPEZ PEREZ HOSPITAL CLÍNICO DE LA FUERZA AÉREA DE CHILE CLÍNICA BUPA ANTOFAGASTA CLÍNICA BUPA REÑACA CLÍNICA SANATORIO ALEMÁN CLÍNICA LOS ANDES CLÍNICA ALEMANA DE TEMUCO CLÍNICA ALEMANA DE VALDIVIA CLÍNICA ALEMANA DE OSORNO CLÍNICA REDSALUD MAGALLANESCLÍNICA BUPA SANTIAGO NUEVA CLINICA CORDILLERA HOSPITAL MILITAR DE SANTIAGO CLINICA TARAPACA CLÍNICA CIUDAD DEL MAR CLÍNICA CHILLAN CLÍNICA BÍO BÍO CLÍNICA ANDES SALUD CONCEPCIÓN HOSPITAL CLINICO DEL SURSANTIAGO SANTIAGO NACIONALCLÍNICA DÁVILA CLÍNICA REDSALUD PROVIDENCIA CLÍNICA REDSALUD SANTIAGO CLÍNICA VESPUCIO CLÍNICA SAN JOSE CLÍNICA REDSALUD IQUIQUE CLÍNICA EL LOA CLÍNICA PORTADA CLÍNICA CUMBRES DEL NORTE HOSPITAL MILITAR DEL NORTE CLÍNICA RCR ATACAMA CLÍNICA REDSALUD ELQUI HOSPITAL CLÍNICO DE VIÑA DEL MAR HOSPITAL NAVAL ALMIRANTE NEF CLÍNICA REDSALUD VALPARAISO CLÍNICA LOS CARRERA CLÍNICA ISAMEDICA HOSPITAL CLÍNICO FUSAT CLINICA RED SALUD RANCAGUA (INTEGRAL) CLÍNICA LIRCAY CLÍNICA LAS AMAPOLAS CLÍNICA REDSALUD MAYOR CLÍNICA PUERTO VARAS CLÍNICA ANDES SALUD PUERTO MONTT CLÍNICA PUERTO MONTTSANTIAGO SANTIAGO SANTIAGO SANTIAGO ARICA IQUIQUE CALAMA ANTOFAGASTA ANTOFAGASTA ANTOFAGASTA COPIAPÓ LA SERENA VIÑA DEL MAR VIÑA DEL MAR VALPARAISO QUILPUÉ RANCAGUA RANCAGUA RANCAGUA TALCA CHILLÁN TEMUCO PUERTO VARAS PUERTO MONTT PUERTO MONTTSANTIAGO SANTIAGO SANTIAGO SANTIAGOSANTIAGO SANTIAGO SANTIAGO SANTIAGO ANTOFAGASTA VIÑA DEL MAR CONCEPCIÓN LOS ANGELES TEMUCO VALDIVIA OSORNO PUNTA ARENASSANTIAGO SANTIAGO SANTIAGO IQUIQUE VIÑA DEL MAR CHILLAN CONCEPCIÓN CONCEPCIÓN CONCEPCIÓN NOMBRE PRESTADOR PRESTADORES G46 PRESTADORES G45 PRESTADORES G44 PRESTADORES G43CLÍNICA J UAN PABLO II CLÍNICA SIERRA BELLA HOSPITAL DEL PROFESOR CLÍNICA FLEMING ARICA CLÍNICA RÍO BLANCO CLÍNICA SAN ANTONIO CLINICA ADVENTISTA LOS ANGELES HOSPITAL DE LAS FFAA CIRUJANO GUZMÁNTodos los Hospitales del SNS no incluidos en otros gruposSANTIAGO SANTIAGO SANTIAGO ARICA LOS ANDES SAN ANTONIO LOS ANGELES PUNTA ARENASPRESTADORES G41 CIUDADNOMBRE PRESTADORCIUDAD PRESTADORES G42
Pagina 04 - 06 TIPO DE PLAN:FUN Nº Plan de Salud Complementario Modalidad Libre Elección CLTC11122 CÉLTICO 11122 INDIVIDUAL:GRUPAL: 8985 x determinaron la hospitalización y sus eventuales complicaciones, administrados al paciente durante la misma y siempre que estén registrados en el Instituto de Salud Pública (ISP) con fines curativos (los medicamentos con fines de investigación y experimentación no tendrán cobertura). h) Quimioterapia hospitalaria: consiste en la administración de medicamentos para el tratamiento del cáncer bajo régimen hospitalizado. Se incluyen los fármacos para quimioterapia (drogas antineoplásicas), terapia hormonal, inmunoterapia, inhibidores de la tirosin kinasa, que cuenten con el respectivo registro en el Instituto de Salud Pública (ISP). Asimismo, se incluyen todos los insumos utilizados durante la administración de fármacos oncológicos, incorporándose, además, los fármacos para la profilaxis primaria y medicamentos antieméticos en las quimioterapias de riesgo alto e intermedio. El tope de bonificación es por ciclo, donde un ciclo corresponde al período de administración del medicamento y el de descanso, hasta la siguien- te administración. Sólo en el caso de tratamientos de inhibidores de tirosin kinasa el tope es trimestral. La cantidad de ciclos necesarios para el tratamiento se determinará por el médico tratante. Para poder tener derecho a la cobertura de las prestaciones incluidas en los tratamientos de quimioterapia, el beneficiario debe contar con la respectiva orden médica, entregada por el especialista oncólogo u hemato-oncólogo. i) Procedimientos: se incluyen en este rubro los procedimientos diagnósticos y/o terapéuticos efectuados o supervisados directamente por un médico cirujano. Además, se incluyen los procedimientos de medicina transfusional llevados a cabo por tecnólogo médico con mención en banco de sangre. j) Honorarios médico quirúrgicos: corresponde a la cobertura de los honorarios de la totalidad del equipo médico participante en la cirugía (cirujano, médicos ayudantes, anestesista y arsenalera). Esta cobertura incluye la visita pre-anestésica, las acciones efectuadas en el pabellón quirúrgico y la atención postoperatoria directamente derivada de ella, hasta por 15 días. 2. Coberturas Ambulatorias a) Consulta Telemedicina: corresponde a una consulta a distancia, realizada a través de tecnologías de la información (videollamada) y telecomunica- ciones entre un paciente y un médico inscrito en el Registro de Prestadores Individuales de la Superintendencia de Salud en la respectiva especialidad, que se encuentran en lugares geográficos distintos y que pueden actuar entre sí en tiempo real. Esta modalidad de atención sincrónica, requiere que los interlocutores estén conectados y disponibles para sostenerla al mismo tiempo. Sólo tendrán cobertura las consultas de telemedicina de las especialidades aranceladas por Fonasa, con los topes y porcentajes que se expresan en el anverso del Plan de Salud, manteniéndose las eventuales restricciones de cobertura que el Plan disponga. Durante la consulta de Telemedicina, podrá haber lugar a la notificación de un problema de salud GES. Para el otorgamiento de la bonificación, la isapre podrá requerir al beneficiario que acredite la realización de la atención a través de una boleta o factura emitida por el prestador, en que conste expresamente el código de la consulta de Telemedicina realizada. Asimismo, podrá solicitar cualquier otro documento que dé cuenta del otorgamiento efectivo de la prestación. b) Terapia Ocupacional: tendrán cobertura las prestaciones de terapia ocupacional en diversos contextos (ambulatorio, hospitalizado y domiciliario), realizadas por terapeutas ocupacionales que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Prestadores Individuales que mantiene la Superinten- dencia de Salud, y que hayan sido derivadas por médicos tratantes de las siguientes especialidades: fisiatría, geriatría, neurología de adultos o infantil, psiquiatría de adultos o infantil, traumatología, otorrinolaringología, cirugía plástica, oftalmología, oncología o cualquier otra especialidad médica relativa al área de rehabilitación física, neurológica o psiquiátrica. Para obtener cobertura, se deberá presentar orden médica del médico tratante que indique el beneficiario, diagnóstico médico y la indicación del N° de sesiones necesarias, según el tratamiento de terapia ocupacional correspondiente. c) Atención integral de enfermería: corresponde a la atención en Centros de Enfermería del Adulto Mayor o en domicilio, efectuada por una Enfermera Universitaria, a pacientes mayores de 55 años o pacientes postrados, enfermos en condición terminal, pacientes oncológicos, portadores de secuelas severas o pacientes post-operados. d) Consulta y atención integral de nutricionista: requiere indicación por prescripción de médico tratante. Las atenciones están destinadas a pacientes de cualquier edad, siempre que tengan riesgo cardiovascular modificable con dieta y que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.). Por el carácter integral de la atención de nutricionista, se entiende que esta prestación incluye en su valor una evaluación al inicio, un control y una evaluación al término. Es decir, la atención integral de nutricionista contempla tres consultas con el profesional. Cada beneficiario tiene derecho a cobertura de máximo 3 prestaciones de atención integral de nutricionista (código 2602001) al año, o a 9 prestaciones de consulta de nutricionista (código 2602901) al año. e) Pabellón ambulatorio: procede esta cobertura cuando se utiliza un pabellón o sala de procedimiento para llevar a cabo las prestaciones que en el Arancel Colmena se asocian a los guarismos o códigos adicionales 1 al 4. f) Prestaciones dentales (PAD): Corresponde a un conjunto de prestaciones dentales agrupadas y estandarizadas, incluidas en el Arancel Colmena con los códigos 2503001 a 2503006. Tienen derecho a esta cobertura los beneficiarios que tengan entre 12 años y 17 años 11 meses 29 días, que presen- ten caries de una o más piezas dentales. Se aplicará la cobertura con el o los códigos que correspondan, de acuerdo al diagnóstico y a los tratamientos aplicados según lo informado explícitamente por el odontólogo tratante. En todo caso, cada beneficiario tiene derecho a cobertura de sólo uno de cada código, en un mismo año contrato. Adicionalmente, se encuentra incluido en el Arancel Colmena el PAD “Atención Odontológica del Paciente Oncológico” con el código 2503007, que incluye prestaciones diagnósticas, preventivas y curativas, que el paciente oncológico podrá realizarse por cada tratamiento indicado por el equipo oncológico tratante y, previo al inicio del tratamiento oncológico. El beneficiario debe contar con la Orden Médica que certifique el diagnóstico oncoló- gico para tener derecho a la cobertura de PAD. Este PAD es excluyente con los códigos PAD dental 2503001, 2503002 y 2503003.