OFERTA PREFERENTE (*)LIBRE ELECCIÓN (*) PRESTACIONESBonificación %Tope Bonificación %Tope CopagoTope Máximo Beneficiario/Año Tope Máximo Beneficiario/Año Box Ambulatorio Lentes Ópticos Instrumental Robótico Medicamentos e Insumos de Servicio de Urgencia PAD para fertilidad Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas 80%2,5 UF2 UF Sin Tope 10 UF 100%1 UFSólo Cobertura Libre Elección Igual a la Cobertura Nacional Libre Elección En Listado Prestadores CAEC Red de Atención L OTRAS COBERTURAS Insumos y Anestésicos en Cirugía Ambulatoria Cobertura Internacional Igual a Materiales e Insumos Clínicos en Cirugía Mayor Igual a Pabellón Ambulatorio Ver Anexo (*)1 AC Día Cama Día Cama Cuidados Intensivos, Coronarios o Intermedios Día Cama Incubadora Derecho Pabellón Exámenes de Laboratorio Imagenología Procedimientos Kinesiología, Fisioterapia o Terapia Ocupacional Honorarios Médico Quirúrgicos Visita por Médico Tratante Visita por Médico Interconsultor Medicamentos Materiales e Insumos Clínicos Quimioterapia Prótesis, Órtesis y Elementos Osteosíntesis Traslados Médicos Sin Tope 6,5 UF 8,45 UF 6 AC 1 UF por día 4 AC 10 UF por Ciclo 40 UF por Evento 20 UF por Evento 3 AC 1,5 AC 100 UF 80 UF 40 UF 30 UF 3 UF 4 AC Sólo Cobertura Libre Elección HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA 90% Sin Tope 500 UF 3 AC Día Cama Transitorio, Observación y Sala Cuna6,5 UF 100% sin tope en Clínicas: RedSalud Santiago, Cordillera, Hospital Clínico Universidad de Chile. 90% sin tope en Clínicas Dávila, RedSalud Providencia, Vespucio, Bupa Santiago. 80% sin tope en Hospital Clínico UC (Marcoleta). (Habitación Individual Estándar) (Sólo con Médicos Staff en convenio) Consulta Psiquiátrica y/o Psicología Consulta Psiquiátrica Hospitalaria Hospitalización por Enfermedad Psiquiátrica Hospitalización Domiciliaria Cirugía Bariátrica Cirugía Fotorrefractiva o Fototerapéutica 80%0,80 UF 2 UF por Día 4 UF 26 UF 25% de la Cobertura General Sólo Cobertura Libre Elección 60% sin tope en Clínicas: RedSalud Santiago, Centro Médico San Joaquín UC, Centro Oftalmológico Puerta del Sol e Integramédica. PRESTACIONES RESTRINGIDAS Atenciones de Urgencia PRESTADORES DERIVADOS ATENCIÓN DE URGENCIAS en Clínicas: RedSalud Santiago, Cordillera, Hospital Clínico Universidad de Chile, RedSalud Providencia, Vespucio, Bupa Santiago y Hospital Clínico UC, mismos porcentajes preferentes ambulatorios en consulta de urgencia, exámenes, imágenes, procedimientos y pabellón. Cualquiera de los Prestadores Preferentes no usados Pagina 01 - 05 CLÍNICA DÁVILA ATENCIÓN DE URGENCIA INTEGRAL Simple Compleja(**) MaternidadAdultos 1 UF Pediátrica 0,9 UF0,5 UF 2,6 UF1,7 UF1 UF Procedimientos Imagenología Exámenes de Laboratorio Pabellón Ambulatorio Radioterapia Quimioterapia Kinesiología, Fisioterapia o Terapia Ocupacional Fonoaudiología Atención Integral de Enfermería Consulta y Atención Integral de Nutricionista Prótesis y Órtesis Prestaciones Dentales (PAD) 80% 100% 1 UF 4 UF 2 UF Ver Anexo (*)1 AC 1,65 AC 1,65 AC 70% sin tope en: Hospital Clínico UC y Hospital Clínico Universidad de Chile Igual a Quimioterapia Hospitalaria Sin Tope 300 UF AMBULATORIAS Honorarios Médico Quirúrgicos 15,5 UF 80% Clínica de Lactancia (0 a 6 meses de edad) (PAD) Mal Nutrición Infantil (7 a 72 meses de edad) (PAD) Consulta Médica Consulta Médica de Telemedicina en Especialidad(***) Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope3 AC 7 AC 2 AC 90% sin topeen: Centro Médico Integral Medicien 80% sin topeClínicas:RedSalud Santiago, Cordillera, Hospital Clínico Universidad de Chile, Dávila, RedSalud Providencia,Vespucio, Bupa Santiago, Integramédica. 70% sin topeen: Hospital Clínico UC (Sólo con Médicos Staff en convenio) 1 AC 4,5 AC (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO. (**) SE CONSIDERARÁ URGENCIA COMPLEJA CUANDO DENTRO DEL EVENTO SE REALICEN EXÁMENES DE IMAGENOLOGÍA DE LOS SUBGRUPOS 0403 (SCANER), 0404 (ULTRASONOGRAFÍA), 0405 (RESONANCIAS), PROCEDIMIENTOS ENDOSCÓPICOS Y CUANDO EL PACIENTE INGRESA EN RIESGO VITAL. (***) EN LAS NOTAS EXPLICATIVAS SE INDIVIDUALIZAN LAS ESPECIALIDADES DE TELEMEDICINA QUE HAN SIDO INCORPORADAS AL ARANCEL. TIPO DE PLAN:FUN Nº EGEOP6120 EGEO PLUS 6120 INDIVIDUAL:GRUPAL: 8583 x Plan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes
Huella Digital CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN GRUPAL REQUISITOS PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL IDENTIFICACIÓN ÚNICA DEL ARANCELARANCEL COLMENA TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO MODALIDAD DEL ARANCELPESOS MONTOUF7000 Nombre: Rut: Código: Fecha: Firma Agente de Ventas ISAPRE COLMENA Nombre: Rut: Fecha: Firma Cotizante Pagina 02 - 05 Precio BaseUFCotización Legal%Tabla Nº23 TABLA DE FACTORES TRAMO DE EDADCOTIZANTESCARGAS 0 a menos de 20 años 20 a menos de 25 años 65 años y más 55 a menos de 65 años 45 a menos de 55 años 35 a menos de 45 años 25 a menos de 35 años 0,6 0,9 2,4 2,0 1,4 1,3 1,0 0,6 0,7 2,2 1,4 1,0 0,9 0,7 TIPO DE PLAN:FUN Nº EGEOP6120 EGEO PLUS 6120 INDIVIDUAL:GRUPAL: 8583 x Plan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes
Pagina 03 - 05 TIPO DE PLAN:FUN Nº EGEOP6120 EGEO PLUS 6120 INDIVIDUAL:GRUPAL: 8583 x Plan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD I.Coberturas. 1.Coberturas Hospitalarias a) Día cama transitorio: corresponde a la permanencia en el establecimiento asistencial por un periodo de más de 6 hrs y menos de 12, sin pernoctar. b) Día cama observación: corresponde a la permanencia en el establecimiento asistencial, ocupando cama por un mínimo de 4 horas, sin pernoctar. c) Procedimientos: se incluyen en este rubro los procedimientos diagnósticos y/o terapéuticos efectuados o supervisados directamente por un médico cirujano. Además, se incluyen los procedimientos de medicina transfusional llevados a cabo por tecnólogo médico con mención en banco de sangre. d) Kinesiología y fisioterapia: se cubrirán exclusivamente prestaciones de este tipo destinadas al tratamiento de patologías recuperables, con carácter curativo, otorgadas por profesionales kinesiólogos o médicos fisiatras, por indicación de un médico tratante. e) Honorarios médico quirúrgicos: corresponde a la cobertura de los honorarios de la totalidad del equipo médico participante en la cirugía (cirujano, médicos ayudantes, anestesista y arsenalera). Esta cobertura incluye la visita pre-anestésica, las acciones efectuadas en el pabellón quirúrgico y la atención postoperatoria directamente derivada de ella, hasta por 15 días. f) Quimioterapia hospitalaria: consiste en la administración de medicamentos para el tratamiento del cáncer bajo régimen hospitalizado. Se incluyen los fármacos para quimioterapia (drogas antineoplásicas), terapia hormonal, inmunoterapia, inhibidores de la tirosin kinasa, que cuenten con el respectivo registro en el Instituto de Salud Pública (ISP). Asimismo, se incluyen todos los insumos utilizados durante la administración de fármacos oncológicos, incorporándose, además, los fármacos para la profilaxis primaria y medicamentos antieméticos en las quimioterapias de riesgo alto e intermedio. El tope de bonificación es por ciclo, donde un ciclo corresponde al período de administración del medicamento y el de descanso, hasta la siguiente administración. Sólo en el caso de tratamientos de inhibidores de tirosin kinasa el tope es trimestral. La cantidad de ciclos necesarios para el tratamiento se determinará por el médico tratante. Para poder tener derecho a la cobertura de las prestaciones incluidas en los tratamientos de quimioterapia, el beneficiario debe contar con la respectiva orden médica, entregada por el especialista oncólogo u hemato-oncólogo. g) Medicamentos: la cobertura de medicamentos hospitalarios aplica a todos aquellos necesarios y utilizados para el tratamiento de las patologías que determinaron la hospitalización y sus eventuales complicaciones, administrados al paciente durante la misma y siempre que estén registrados en el Instituto de Salud Pública (ISP) con fines curativos (los medicamentos con fines de investigación y experimentación no tendrán cobertura). h) Materiales e insumos clínicos: considera los materiales e insumos de carácter desechable, utilizados durante la cirugía y/o en el periodo de permanencia bajo el régimen de hospitalización, que resultan necesarios para alcanzar los objetivos de la misma y que no se encuentren incluidos dentro del precio del día cama o derecho de pabellón. Se excluyen de cobertura: ropa de uso personal tales como calzones clínicos, medias elásticas, zapatillas de levantarse, etc.; pañales, kit de aseo, ropa de cama de cualquier tipo, insumos no desechables como termómetros, vendas, fajas, mantas térmicas, bolsas de frío-calor, etc. No corresponden a este rubro las prótesis, órtesis o elementos de osteosíntesis, estén o no incluidos en el Arancel de Prestaciones de la Isapre como tales. 2.Coberturas Ambulatorias a) Consulta telemedicina: corresponde a una consulta a distancia, realizada a través de tecnologías de la información (videollamada) y telecomunicaciones entre un paciente y un médico inscrito en el Registro de Prestadores Individuales de la Superintendencia de Salud en la respectiva especialidad, que se encuentran en lugares geográficos distintos y que pueden actuar entre sí en tiempo real. Esta modalidad de atención sincrónica, requiere que los interlocutores estén conectados y disponibles para sostenerla al mismo tiempo. Sólo tendrán cobertura las consultas de telemedicina de las especialidades dermatología, geriatría, endocrinología, neurología, nefrología, diabetología y psiquiatría. En el caso de la especialidad de neurología, la consulta de Telemedicina sólo tendrá lugar para el seguimiento y control del paciente, no así para la primera consulta. Durante la consulta médica de Telemedicina podrá haber lugar a la notificación de un problema de salud GES. Para el otorgamiento de la bonificación, la isapre podrá requerir al beneficiario que acredite la realización de la atención a través de una boleta o factura emitida por el prestador, en que conste expresamente el código de la consulta médica de Telemedicina realizada. Asimismo, podrá solicitar cualquier otro documento que dé cuenta del otorgamiento efectivo de la prestación. b) Pabellón ambulatorio: procede esta cobertura cuando se utiliza un pabellón o sala de procedimiento para llevar a cabo las prestaciones que en el Arancel Colmena se asocian a los guarismos o códigos adicionales 1 al 4. c) Quimioterapia ambulatoria: consiste en la administración de medicamentos para el tratamiento del cáncer de manera ambulatoria. Se incluyen los fármacos para quimioterapia (drogas antineoplásicas), terapia hormonal, inmunoterapia, inhibidores de la tirosin kinasa, que cuenten con el respectivo registro en el Instituto de Salud Pública (ISP). Asimismo, se incluyen todos los insumos utilizados durante la administración de fármacos oncológicos, incorporándose, además, los fármacos para la profilaxis primaria y medicamentos antieméticos en las quimioterapias de riesgo alto e intermedio. El tope de bonificación es por ciclo, donde un ciclo corresponde al período de administración del medicamento y el de descanso, hasta la siguiente administración. Sólo en el caso de tratamientos de inhibidores de tirosin kinasa el tope es trimestral. La cantidad de ciclos necesarios para el tratamiento se determinará por el médico tratante. Para poder tener derecho a la cobertura de las prestaciones incluidas en los tratamientos de quimioterapia, el beneficiario debe contar con la respectiva orden médica, entregada por el especialista oncólogo u hemato-oncólogo. d) Terapia ocupacional: tendrán cobertura las prestaciones de terapia ocupacional en diversos contextos (ambulatorio, hospitalizado y domiciliario), realizadas por terapeutas ocupacionales que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Prestadores Individuales que mantiene la Superintendencia de Salud, y que hayan sido derivadas por médicos tratantes de las siguientes especialidades: fisiatría, geriatría, neurología de adultos o infantil, psiquiatría de adultos o infantil, traumatología, otorrinolaringología, cirugía plástica, oftalmología, oncología o cualquier otra especialidad médica relativa al área de rehabilitación física, neurológica o psiquiátrica. Para obtener cobertura, se deberá presentar orden médica del médico tratante que indique el beneficiario, diagnóstico médico y la indicación del N° de sesiones necesarias, según el tratamiento de terapia ocupacional correspondiente. e) Atención integral de enfermería: corresponde a la atención en Centros de Enfermería del Adulto Mayor o en domicilio, efectuada por una Enfermera Universitaria, a pacientes mayores de 55 años o pacientes postrados, enfermos en condición terminal, pacientes oncológicos, portadores de secuelas severas o pacientes post-operados. f) Consulta y atención integral de nutricionista: requiere indicación por prescripción de médico tratante. Las atenciones están destinadas a pacientes de cualquier edad, siempre que tengan riesgo cardiovascular modificable con dieta y que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.). Por el carácter integral de la atención de nutricionista, se entiende que esta prestación incluye en su valor una evaluación al inicio, un control y una evaluación al término. Es decir, la atención integral de nutricionista contempla tres consultas con el profesional. Cada beneficiario tiene derecho a cobertura de máximo 3 prestaciones de atención integral de nutricionista (código 2602001) al año, o a 9 prestaciones de consulta de nutricionista (código 2602901) al año. g) Prestaciones dentales (PAD): corresponde a un conjunto de prestaciones dentales agrupadas y estandarizadas, incluidas en el Arancel Colmena con los códigos 2503001 a 2503006. Tienen derecho a esta cobertura los beneficiarios que tengan entre 12 años y 17 años 11 meses 29 días, que presenten caries de una o más piezas dentales. Se aplicará la cobertura con el o los códigos que correspondan, de acuerdo al diagnóstico y a los tratamientos aplicados según lo informado explícitamente por el odontólogo tratante. En todo caso, cada beneficiario tiene derecho a cobertura de sólo uno de cada código, en un mismo año contrato.