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Adulto Mayor | Full

Plan Adulto Mayor

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Condiciones Generales

Versión
: Mayo 2026
Urgencias Médicas
& Dentales

Asistencia ante
1
Contenido

Tabla de coberturas
............................................................................................................. 2
1. Asistencia ante Urgencias Médicas
.................................................................................... 3
1.1 Asistencia médica de urgencia ante enfermedad,
................................................................................. 3
1.2 Asistencia médica de urgencia ante accidentes:
................................................................................... 3
1.3
Traslado médico terrestre al centro asistencial más cercano por accidente:........................................... 4
1.4 Orientación médica telefónica:
........................................................................................................... 4
1.5 Exclusiones
....................................................................................................................................... 4
1.6 Procedimiento para solicitar la asistencia
........................................................................................... 5
1.7 Procedimiento de Reembolso
............................................................................................................. 5
2. Asistencia ante Urgencias Dentales
................................................................................... 7
2.1 Asistencia Dental por accidente, sangramiento o dolor
......................................................................... 7
2.2 Exclusiones
....................................................................................................................................... 8
2.3 Procedimiento para solicitar asistencia
............................................................................................... 8
Asistencia ante Urgencias Médicas y Dentales
Condiciones Generales

2

Tabla de coberturas

A continuación, se describen las
asistencias incluidas con sus límites correspondientes.
Asistencia ante Urgencias

Médicas

Asistencia ante Urgencias

Dent
ales
Asistencia médica de urgencia ante
enfermedad, hasta UF 10 por evento, hasta 3
eventos al año (Carencia de 30 días, contados
desde el inicio de vigencia).

Asistencia Dental solo por accidente,

sangramiento o dolor,
hasta UF 10 por evento, 6
eventos al año
.
Asistencia médica de urgencia ante accidentes,
hasta UF 10 por evento, ilimitado.

Traslado médico terrestre al centro asistencial
más cercano por accidente, hasta UF 4;1 evento
al año.

Orientación médica telefónica 24 horas, hasta
UF 2 por evento, ilimitado

Descuento en Farmacias Ahumada, hasta:
$10.000 Mensual, adicionalmente se incluye:

- 35% dscto en medicamentos genéricos,

- 12% dscto en medicamentos bioequivalentes,

- 10% dscto en vitaminas y minerales,

- 8% dscto en medicamentos de marca,

- 5% dscto en cuidado personal y belleza.
Asistencia ante Urgencias Médicas y Dentales
Condiciones Generales

3

1. Asistencia ante Urgencias Médicas

Se entenderá por asistencia “Urgencia Médica” a la atención médica inicial causada por una enfermedad súbita o accidente
en una Sala de Urgencia de un centro asistencial. Esta asistencia cubrirá el valor del servicio descrito no cubierto por la
Institución Previsional de Salud correspondiente, ya sea Estatal, Privada o de Bienestar del beneficiario (siempre que éstas
estén codificadas por el Sistema de Salud Nacional teniendo como límite los indicados en el plan contratado).

Se entiende por Accidente Traumático, entre otros, y sin ser taxativos: Fracturas, golpes en la cabeza, asfixias por humo,
asfixias por inmersión, quemaduras, intoxicaciones, picaduras de insectos que expongan al asegurado a riesgo vital, entre
otras de igual índole
.
La asistencia de Urgencias Médicas cubre todas las prestaciones que estén codificadas por el Sistema de Salud Nacional,
tales como:

Los gastos médicos relacionados a la urgencia propiamente tal, como la atención de urgencia, valoración clínica,
atención de médico de urgencia, así como también la atención de otros médicos de especialidades como: médico
internista, médico traumatólogo, cirujano general, entre otros. Además, se incluye la atención del médico especialista
plástico o con fines estéticos a consecuencia de accidente.

Todos los medicamentos de los cuales se hubiese hecho uso exclusivamente durante la atención de urgencia como,
por ejemplo: anti-inflamatorios, analgésicos, antipiréticos, entre otros.

Todos los exámenes que sean necesarios realizar, que estén directamente relacionados a la atención de urgencia como,
por ejemplo: grupo sanguíneo, glucosa, hemograma completo, reacción de widall, elemental y microscopio de orina,
entre otros.

Órtesis en caso de traumatismo,
Además, también se encontrarán cubiertos los exámenes de imageneología y traumatismo,
Todos los gastos mencionados anteriormente tendrán cobertura siempre y cuando se encuentren considerados dentro del
estado de cuenta de la atención médica de urgencia. Los servicios de asistencia “Urgencias Médicas” contemplan que AXA
cubrirá los gastos de urgencia dentro de la Sala de Urgencia, después de pasar por Isapre o FONASA y de acuerdo a los topes
correspondientes para las siguientes situaciones:

1.1 Asistencia médica de urgencia ante enfermedad,

Sala de Urgencia por Enfermedad: Corresponde a la atención médica inicial causada por una enfermedad que
corresponda a una urgencia médica, en el centro médico más cercano en convenio con AXA. Esta atención de urgencia
se dará dentro de la Sala de Urgencia cubriendo el copago del beneficiario hasta el monto máximo de 10 UF de acuerdo
al plan contratado, siempre y cuando dichas prestaciones se encuentren codificadas por el Sistema de Salud Nacional.
Esta atención solo podrá utilizarse para enfermedades ocurridas después de 30 días desde la contratación del plan y
tendrá un límite de 3 eventos al año.

1.2 Asistencia médica de urgencia ante accidentes:

Sala de Urgencia por Accidente: Corresponde a la atención médica inicial causada por un accidente, en el centro
médico más cercano en convenio con AXA. Esta atención se dará dentro de la Sala de Urgencia cubriendo el copago
del beneficiario hasta el monto máximo de 10 UF de acuerdo al plan contratado siempre y cuando dichas prestaciones
se encuentren codificadas por el Sistema de Salud Nacional. Esta atención no tendrá límite de eventos al año.
Asistencia ante Urgencias Médicas y Dentales
Condiciones Generales

4

La cobertura aplicará de la siguiente forma:

Para Beneficiarios que posean sistema de salud (Isapre o Fonasa), se aplicará el 100% del tope máximo de cobertura
sobre los gastos que deba pagar el asegurado luego de activar el sistema IMED.

Para los Beneficiarios que no posean sistema de salud (Isapre o Fonasa) es decir Fonasa A, se aplicará el 50% del
tope máximo de cobertura sobre los gastos que deba pagar el beneficiario luego de activar el sistema IMED.

En caso de que el beneficiario posea Fonasa, en sus tramos B, C y D, y ante urgencias médica no categorizadas como
urgencias vitales, AXA derivará al beneficiario a su red de prestadores médicos a nivel nacional en convenio con
Fonasa. Para los casos de urgencias o emergencia vital, se derivará al centro médico más cercano..

1.3
Traslado médico terrestre al centro asistencial más cercano por accidente:
En caso de que el Beneficiario sufra un accidente que le impida trasladarse por sus propios medios al centro médico
informado por AXA, se coordinará y garantizará el costo del traslado en ambulancia terrestre o el medio más idóneo
que considere AXA al centro médico, siempre y cuando exista disponibilidad de prestadores en la zona donde ocurrió
el accidente. En caso de no existir red privada, AXA deberá coordinar el traslado con el servicio público existente en la
zona.

1.4 Orientación médica telefónica:

El Beneficiario tendrá derecho a solicitar, todas las veces que así lo requiera, Orientación Médica Telefónica durante
las 24 horas del día, obteniendo respuesta telefónica exclusivamente en las siguientes materias de salud:

a) Pauta de actuación ante urgencias médicas concretas, indicación del tipo de tratamiento que
debiera requerir dicha urgencia y el establecimiento más cercano al cual acudir para recibir
atención médica,

b) Información sobre pruebas diagnósticas o tratamientos prescritos,

c) Información sobre efectos secundarios y contraindicaciones de determinados fármacos,
orientación al Beneficiario en la obtención de un tratamiento médico en un centro asistencial,

d) Información de proveedores y centros asistenciales públicos y privados, información de dirección y
teléfono de contacto a los cuales podría dirigirse el Beneficiario,

e) Información sobre sustancias tóxicas, limitándose a indicar las características de toxicidad de la
sustancia por la cual se consulta,

f) Orientación sobre materias Ginecológicas y Pediátricas,

g) Orientación a la tercera edad, resolución de consultas básicas y naturales a estos estados.

1.5 Exclusiones

Estarán excluidos de los servicios de asistencia mencionados anteriormente, las enfermedades o accidentes sufridos

por el
Beneficiario a consecuencia o en el contexto de:
1.
Toda atención por un accidente que sea fuera del contexto de la atención medica primaria de urgencia.
Asistencia ante Urgencias Médicas y Dentales
Condiciones Generales

5

2.
Todos los gastos médicos derivados de hospitalización.
3.
Insumos de cualquier tipo no codificados por FONASA, fleboclisis y otros. .
4.
Exámenes, médicamentos posteriores al tratamiento recibido en Sala de Urgencia.
5.
Accidentes a causa de hostilidades u operaciones bélicas, internas o internacionales, exista o no declaración de
guerra.

6.
Comisión de actos calificados como delito, así como la participación activa en rebelión, revolución, sublevación,
asonadas, motín, conmoción civil, subversión y terrorismo.

7.
Heridas causadas a sí mismo, ya sea estando en su pleno juicio o enajenado mentalmente.
8.
Encontrarse en estado de ebriedad o bajo los efectos de cualquier narcótico a menos que hubiese sido
administrado por prescripción médica. Estos estados deberán ser calificados por la autoridad competente.

9.
Accidentes a causa de movimientos sísmicos superior a grado 8 en escala MM, determinado por el Servicio
Sismológico autorizado y oficial de Chile al momento de la ocurrencia.

10.
Accidentes a causa del desempeño o participación en actividades o desafíos remunerados.
11.
Toda intervención quirúrgica derivada de un accidente que requiera la implantación y/o reparación de prótesis,
órtesis y/o síntesis o elementos afines a las mismas ya sean de uso interno o externo, incluyendo pero no

limitando a: artículos ortopédicos, prótesis dentales, audífonos, anteojos,
lentes de contacto, férulas, muletas,
sillas de rueda, nebulizadores, respiradores, etc.

12.
La asistencia por servicios que el Beneficiaro haya contratado sin previa autorización de la central de alarmas de
AXA, salvo se acredite a satisfacción de AXA que por causa de fuerza mayor ha sido imposible requerir la

autorización previa.

1.6 Procedimiento para solicitar la asistencia

Ante cualquier requerimiento de asistencia médica de urgencia ante un accidente o enfermedad, el
Beneficiario,
previo a dirigirse al centro médico de urgencia, deberá llamar a la central de alarmas de AXA. De esta forma, AXA podrá

coordinar de forma inmediata la atención en el Centro Médico más cercano con el cual tenga convenio vigente. En

este sentid
o, AXA tomará de su cargo los costos de la atención, dentro de los límites máximos y condiciones de
cobertura de acuerdo al plan contratado. Para lo anterior,
AXA pondrá a disposición del beneficiario un número de
atención exclusivo las 24 horas del día y 7 días de la semana.

1.7 Procedimiento de Reembolso

Para los casos en los cuales al momento de la atención del beneficiario no esté habilitado el sistema IMED, o no se

encuentre vigente en el Centro
Asistencial respectivo, o el Beneficiario se hubiese atendido de urgencia por un
accidente o enfermedad y no hubiese llamado previamente a la central de asistencia de AXA por un caso de riesgo

vital de acuerdo a la Ley de Urgencia N° 19.650, se evaluará el pago realizado por el benefic
iario de forma particular.
Para esto el asegurado deberá las siguientes gestiones:

1.
Realizar el pago de la cuenta de urgencia médica en el Centro Asistencial.
2.
Presentar el comprobante original de la bonificación de la Urgencia Médica en su respectivo sistema de salud
Isapre o FONAS para que ésta proceda al respectivo reembolso.

Posteriormente, deberá presentar a AXA lo siguiente:

1.
Todos los comprobantes originales de la liquidación de pago que entrega la Isapre, FONASA o Seguro
Complementario en caso de existir, así como también fotocopia de los
comprobantes de la atención recibida.
2.
Si el asegurado nunca llamó a la Central de Asistencia, o no llamó previamente a dirigirse al Centro Asistencial,
el beneficiario deberá enviar una carta informando la razón de aquello.
Asistencia ante Urgencias Médicas y Dentales
Condiciones Generales

6

3.
Informar el número de cuenta y nombre del Banco en donde posee cuenta el Beneficiario que fue atendido
en el Centro Médico. En caso de tratarse de un menor de edad, se podrán informar los datos bancarios del

asegurado titular de la póliza.

4.
Todos los comprobantes de los documentos originales deberán ser enviados en imágenes al correo
reembolso.urg@axa
-assistance.cl. Estas imágenes deben ser legibles, claras y contener toda la información
relevante para su correcta evaluación, deben ser en formato jpeg, pdf o gif, y el correo no podrá exceder 5MB

de peso.
Asistencia ante Urgencias Médicas y Dentales
Condiciones Generales

7

2. Asistencia ante Urgencias Dentales

La cobertura de Asistencia Dental está orientada a cubrir las atenciones de emergencia que se generen a raíz de un

accidente, dolor, inflamación o sangramiento. En esta atención se entregará un
diagnóstico del problema, efectuando
una limpieza de la zona afectada, más el tratamiento que corresponda y la obtención de Rayos X de la pieza afectada

si fuese necesario, todo orientado al tratamiento paliativo de
la urgencia.
2.1 Asistencia Dental por accidente, sangramiento o dolor

La cobertura aplicará ante una Urgencia Odontológica, entendiendo como tal, atención odontológica que de manera

inesperada o repentina amerite una atención odontológica paliativa urgente o apremiante y que origine

procedimientos o servicios como los que se
indican a continuación, siempre que sean para tratar el dolor originado
por las siguientes causas:
infección, abscesos, caries, pulpitis, inflamación, hemorragia o accidente (fractura de una
prótesis, fractura de piezas de la dentadura o perdida de piezas
dentarias por traumatismo).
Esta cobertura no posee límites de atenciones cuando se presente la emergencia consistente en un accidente, dolor,

inflamación o sangramiento.

Atenciones cubiertas ante dolor, inflamación o sangramiento:

Atenciones cubiertas ante dolor, inflamación o sangramiento:

Restauradora y Operatoria:
Periodoncia Cirugía
Amalgamas en dientes

posteriores,

Resinas en dientes anteriores y/o

posteriores,

Vídrio ionomérico.

Tartrectomía simple
Exodoncias o Extracciones
simples en dientes

permanentes.Exodoncias o

Extracciones simples en dientes

temporales. Exodoncias o

Extracciones simples en dientes

restos radiculares. Exodoncias o

Extracciones simples en dientes

fracturados
.
Endodoncia
Radiografías
Tratamientos de Conductos

Monorradiculares, Birradiculares

y Multiradiculares.

Pulpotomías, Pulpectomías,

Curas Formocresoladas y

Capielos.

Periapicales individuales y
Coronales requeridas para
realizar los tratamientos
amparados en la cobertura,
realizadas en el consultorio

Urgencias Tratamiento inicial y medicación en los casos de:
Asistencia ante Urgencias Médicas y Dentales
Condiciones Generales

8

Urgencias Endodónticas (Eliminación de caries, Recubrimiento pulpar directo, Intrusión, Extrusión, Avulsión,
Fractura Dentaria, Abscesos, Pulpitis reversibles e irreversibles).

Urgencias Periodontales (Curetaje radicular localizado, Eliminación de contacto Prematuro, Medicación en
caso de Dolor Muscular y Abscesos).

Urgencias Protésicas: Cementado provisional de coronas y puentes fijos, Reparación de fracturas en la
porción acrílica de dentaduras parciales o totales realizadas en el consultorio, Medicación en el caso de

Estomatitis Sub
-protésica.
2.2 Exclusiones

Estarán excluidos de los servicios de
asistencia mencionados anteriormente, las enfermedades o accidentes sufridos
por el beneficiario a consecuencia o en el contexto de:

1.
Urgencias quirúrgicas mayores: originadas por traumatismos severos que suponen fracturas maxilares o de
la cara y
pérdida de sustancia calcificada y dientes.
2.
Anestesia general o Sedación en niños y adultos (no obstante, no tendrán costo alguno los procedimientos
realizados y amparados de acuerdo a la cláusula primera, luego de estar el paciente bajo los efectos de la

anestesia general o sedación)

3.
Defectos Físicos.
4.
Enfermedades y tratamientos de distonías maxilofaciales.
5.
Radioterapia o Quimioterapia.
6.
Atención o Tratamiento Médico Odontológicos que no se ajusten a la definición de Urgencia Odontológica
indicada anteriormente.

7.
Servicios odontológicos recibidos fuera de la República de Chile.
8.
Retratamientos de Conducto.
9.
Para tratamientos de Endodoncias, la cobertura no incluye rehabilitaciones.
10.
La asistencia por servicios recibidos donde le Beneficiario no se haya comunicado previamente con la
central de alaram de AXA.

2.3 Procedimiento para solicitar asistencia

En caso de producirse una situación que requiera la asistencia Dental antes de iniciar cualquier acción o cualquier

pago, el asegurado deberá llamar al
número de atención exclusivo 223 850 628 y proporcionar los datos básicos para
poder asistir.

El asegurado deberá comunicarse para todo caso que de origen a alguna de las coberturas referidas en la Póliza

contratada. AXA brindará al asegurado las condiciones para su oportuna atención, gestionando y coordinando el

servicio requerido en la zona de oc
urrencia del evento a través de nuestra red de prestadores a nivel nacional en el
menor tiempo posible las 24 horas del día y los 7 días de la semana, de acuerdo a la disponibilidad de centros médicos

existente en la zona donde se encuentra.

El asegurado deberá dar aviso a AXA que posee una situación de Urgencia Dental, tantas veces como asistencias

requiera, de esta forma se podrá coordinar y ejecutar las asistencias requeridas.

Se deja expresa constancia que toda responsabilidad asociada a la entrega del servicio es de exclusiva

responsabilidad de AXA.

AXA por razones de seguridad y calidad de sus servicios, podrá grabar todas las conversaciones telefónicas que se

realicen en la gestión del caso.
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