Condiciones Particulares Seguro Complementario FULL Póliza 340018902 Página 1 de 19 CONDICIONES PARTICULARES SEGURO COMPLEMENTARIO FULL MetLife Chile Seguros de Vida S.A. MetLifeChileSegurosdeVidaS.A.,considerandolosantecedentesentregadosporel Contratante emite las siguientes Condiciones Particulares, las cuales en conjunto con las Condiciones Generales depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL 3 2020 0059se considera parte integrante del presente contrato. Artículo N°1Contratante Empresa Contratante:QUEPLAN SpA Dirección:Nueva de Lyon 96, Oficina 301, Providencia, Santiago RUT:76.712.269-1 Artículo N°2Asegurador Empresa Aseguradora:MetLife Chile Seguros de Vida S.A. Dirección:Agustinas Nº640, piso 1, comuna y ciudad de Santiago RUT:99.289.000-2 Artículo N°3Intermediario Empresa:QUEPLAN CORREDORES DE SEGUROS SpA Dirección:Nueva de Lyon 96, Oficina 301, Providencia, Santiago RUT:76.824.542-8 Artículo N°4Asegurados Pueden ser Asegurados Titulares aquellas personas naturales afiliados a Isapre o Fonasa, que cumplan con los requisitos de asegurabilidad descritos en éstas Condiciones Particulares y que hansidoaceptadaporlaCompañía.PuedenserAseguradosDependiente,sucónyuge, conviviente civil, o pareja, hijos(as) hijastros(as) y nietos(as) menores de 24 años, estos últimos con expresa autorización de la Compañía, que cumplan con los requisitos de asegurabilidad descritos en estas Condiciones Particulares. El Asegurado titular podrá permanecer amparado por la cobertura que otorga esta póliza hasta cumplir la edad máxima de permanencia señalada en estas Condiciones Particulares. El cónyuge, conviviente civil o pareja, hijos(as), hijastros(as) y nietos(as) tendrán la calidad de asegurados dependientes. Sólo se tendrá la calidad de asegurados de la póliza cuando la Compañía Aseguradora apruebe su incorporación al seguro, sin perjuicio de poder establecer restricciones o limitaciones especiales de cobertura. Artículo N°5Beneficiarios
Condiciones Particulares Seguro Complementario FULL Póliza 340018902 Página 2 de 19 El reembolso de los gastos médicos bajo esta póliza será pagado al Asegurado Titular o Asegurado Dependiente, siempre y cuando sea mayor de edad. En caso de que éste sea menor de edad, los gastos serán pagados al Asegurado Titular. En caso de fallecer el Asegurado Titular o el Asegurado Dependiente antes del pago del siniestro, ycuandoellocorresponda,elmontoaseguradoserápagadoalosHerederosLegales, individualizados en la posesión efectiva de los bienes de la herencia del Asegurado fallecido Artículo N°6Coberturas La compañía de seguros conviene en reembolsar al(los) asegurado(s), los gastos médicos en que éste(os) haya(n) incurrido, en complemento de lo que cubra el sistema de salud previsional, y sólo en la medida que el asegurado se encuentre adscrito a un sistema de salud previsional. Se otorgará cobertura, tanto dentro del territorio nacional como en el extranjero, de acuerdo a los porcentajes y límites de reembolso o pago establecidos en las presentes Condiciones Particulares, siempre que la póliza se encuentre vigente a esa fecha, y los gastos excedan el deducible. Los porcentajes y límites se aplicarán sobre el remanente de la cobertura efectiva del sistema de salud previsional del asegurado, excluyendo los gastos en medicamentos. Las coberturas de salud contratadas en esta póliza son las que se detallan en el siguiente cuadro, dónde se especifican porcentajes de reembolso, topes por prestación y topes por evento del plan de salud. a)Tope por Evento Se establece para efectos de la aplicación de los cuadros de cobertura, un tope deUF 50 (cincuenta unidades de fomento)por eventocon el límite del capital asegurado. El tope es combinado, vale decir considera todos los gastos derivados de un mismo evento. b)Cuadro de Coberturas Salud Complementario Full Gastos Ambulatorios PrestacionesReembolso (%) Tope por prestación Tope Máximo Anual por Beneficiario Consulta Médica60%UF 0,6Tope Combinado Cirugía Ambulatoria60%-Tope Combinado Exámenes Imagenología Amb. Exámenes Laboratorio Amb.y Exámenes Imagen. Amb Alto Costo 60%-Tope Combinado Procedimientos de Diagnóstico60%-Tope Combinado Procedimientos Quirúrgicos60%-Tope Combinado Consulta Kinesiología o Fonoaudiología60%UF 0,4UF 8 Gastos Hospitalarios
Condiciones Particulares Seguro Complementario FULL Póliza 340018902 Página 3 de 19 PrestacionesReembolso (%)Tope por prestaciónTope Máximo Anual por Beneficiario Día Cama Medicina60%UF 3 diarioTope Combinado Servicios Hospitalarios60%-Tope Combinado Honorarios Médicos60%-Tope Combinado Materiales e Insumos60%-Tope Combinado Ambulancia Terrestre*60%-Tope Combinado *Tope de 50 km de cobertura Maternidad PrestacionesReembolso (%)Tope por prestación Tope Máximo Anual por Beneficiario Parto Normal60%UF 20Tope Combinado Cesárea60%UF 30Tope Combinado Aborto no Provocado60%UF 10Tope Combinado Nota: Para que el Asegurado titular, cónyuge, conviviente civil o pareja asegurada tenga derecho a este beneficio, la fecha probable de inicio del embarazo debe ser posterior a la fecha de inicio de la vigencia de esta cobertura para el asegurado que se aplica. Salud Mental PrestacionesReembolso (%) Tope por prestación Tope Máximo Anual por Beneficiario Consultas (psiquiatría/psicología) *60%UF 0,4UF 8 *Reembolso manual, no opera vía I-MED Beneficios Adicionales PrestacionesReembolso (%) Tope por prestación Tope Máximo Anual por Beneficiario Cristales,MarcosyLentesde Contacto60%-UF 3 Prótesis y Órtesis60%-UF 20 Cirugía Láser Ocular60%-UF 10 Cirugía por Obesidad60%UF 10UF 10 Los topes de cada cobertura no podrán ser superiores al tope anual por beneficiario. c)Condiciones de Cobertura de este Seguro: El Asegurado para obtener la cobertura que esta póliza contempla deberá: I.Estar afiliado a ISAPRE o FONASA.
Condiciones Particulares Seguro Complementario FULL Póliza 340018902 Página 4 de 19 II.Haber recibido cobertura de parte del sistema de salud previsional al cual se encuentra afiliado, respecto de la prestación que busca cubrir con esta póliza. En caso de no recibir cobertura, presentar la nota de reembolso de $0 emitida por la Isapre o Fonasa, o el documento en el que se indique "no cubierto". III.Pagar la prima convenida. Este seguro opera en exceso del Sistema de Salud Previsional. En caso de que el sistema de salud previsional del Asegurado reembolse menos del 50% del valor de la prestación, se considerará un copago mínimo del 50% del costo de la prestación. Sobre dicho monto se aplicarán los porcentajes, topes y deducibles del plan contratado. Se entiende como costo directo el costo de la prestación, antes de que opere el sistema de salud del Asegurado. No se cubrirán enfermedades preexistentes, entendiéndose por enfermedad preexistente, cualquier lesión, enfermedad o dolencia que afecte al asegurado, conocida o diagnosticada con anterioridad a la fecha efectiva del inicio de la cobertura que le otorga la Compañía Aseguradora para el respectivo beneficio que ampararía el gasto en conformidad a esta póliza. La cobertura por concepto de gastos por maternidad, sólo es aplicable respecto del Asegurado Titular, de su cónyuge o pareja, según corresponda, y no respecto de las hijas o nietas de cualquiera de ellos. Tendrán cobertura bajo esta póliza, aun cuando no sean cubiertas por los sistemas de salud previsionales del asegurado y de acuerdo a los topes anuales y por evento que se establezcan en las condiciones particulares, las siguientes prestaciones: 1.Consultas de Psiquiatría. 2.Consultas de Psicología. 3.Cristales, marcos y lentes de contacto. 4.Prótesis y Órtesis. 5.Cirugía OcularLasik para miopía, astigmatismo,hipermetropía y otrasenfermedades oculares. 6.Cirugía por Obesidad Cobertura a través de IMED Este seguro operará con cobertura vía I-Med para Consultas Médicas y Exámenes sin límite, con el tope máximo de cobertura por evento definidos en estas condiciones particulares. Queda expresamente establecido que la aplicación de este seguro vía I-Med no necesariamente implica la aceptación de la cobertura del diagnóstico que origina dichos gastos, de tal modo que en cualquier momento la compañía podrá restringir, limitar o excluir dicho diagnóstico por carecerdecobertura,enconformidadaloestablecidoenlasCondiciones Generalesy Particulares de este seguro. Artículo N°7Monto Máximo de Reembolso y Deducible Monto Máximo de Reembolso y Deducible
Condiciones Particulares Seguro Complementario FULL Póliza 340018902 Página 5 de 19 PlanCapital Asegurado por asegurado Deducible Grupo FamiliarTope por evento Complementario FullUF 100UF 2UF 50 El deducible se aplica sobre los gastos efectivamente incurridos, ya multiplicados por el porcentaje que se detalla en los cuadros de Cobertura del Seguro Complementario de Salud, detallados en las letras b) y c) del Artículo 6 del presente instrumento, según plan contratado. El deducible de esta póliza colectiva será anual, y se calculará y aplicará en forma proporcional respecto al grupo familiar, considerando para estos efectos el número de meses en que permanezca vigente la póliza al grupo familiar, desde la fecha de su incorporación al seguro y hasta la fecha de renovación de la póliza colectiva. En todo caso, una vez renovada la póliza colectiva,eldeducibleseráanualparaelgrupofamiliar,sinaplicarningúntipode proporcionalidad. Artículo N°8Condiciones Generales de Asegurabilidad 1.Requisito de Ingreso y permanencia de la póliza a) Asegurado Titular: •Edad Mínima del Asegurado al momento de la contratación: 18 años de edad. •Edad Máxima del Asegurado para la contratación: 59 años y 364 días •Edad máxima de permanencia del asegurado en la póliza: 64 años y 364 días b) Asegurados Dependientes: Cónyuge, Conviviente Civil y Pareja: •Edad Mínima del Asegurado al momento de la contratación: 18 años de edad. •Edad Máxima del Asegurado para la contratación: 59 años y 364 días •Edad máxima de permanencia del asegurado en la póliza: 64 años y 364 días Hijos(as), Hijastros(as) y Nietos(as): •Edad mínima de ingreso: A partir del día 14 de nacido. •Edad máxima al momento de la contratación: 22 años y 364 días. •Edad Máxima de permanencia del asegurado dependiente en la póliza: 23 años y 364 días. Losaseguradosquenocumplanconlascondicionesdeasegurabilidaddefinidas precedentemente no podrán contratar el seguro y, en consecuencia, en caso alguno quedarán cubiertos por esta póliza. Las primas serán devueltas, en caso de que corresponda. Tabla de edades para el ingreso y permanencia al seguro Edades de ingreso y permanencia AseguradosEdad Mínima de Ingreso Edad Máxima de Ingreso Edad Máxima de Permanencia Titular18 años de edad59 años y 364 días64 años y 364 días
Condiciones Particulares Seguro Complementario FULL Póliza 340018902 Página 7 de 19 i)El presente seguro no cubrirá ninguna prestación o gasto que no haya sido cubierto previamente por el sistema previsional del asegurado, con excepción de aquellos específicamente determinados en artículos anteriores. ii)Se excluyen expresamente los gastos en razón de medicamentos e insumos, tanto ambulatorios como hospitalarios. iii)Se establece además de forma expresa, que no se otorgará cobertura alguna a las Enfermedades, Dolencias oSituaciones de Salud Preexistentes,es decir, aquellas diagnosticadas o conocidas por el asegurado o por quien contrata a su favor, antes de la contratación del seguro. iv)Seexcluyenlascoberturasdepartonormal,cesárea,abortoinvoluntario, complicaciones del embarazo y complicaciones en el parto, cuando la fecha probable de inicio del embarazo haya ocurrido con fecha anterior a la vigencia del seguro. Para los efectos de la cobertura de esta póliza, la fecha probable de inicio del embarazo será aquella que se determine en base al informe del examen de imageneología obstétrico practicado a la asegurada. v)El seguro tampoco cubrirá ninguna prestación o gasto que se origine por los siguientes motivos: a)Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra. b)Epidemias y Pandemias declaradas por la autoridad competente. c)Tratamientos por adicción a las drogas, alcoholismo o tabaquismo. d)Cirugía por obesidad cuando el índice de masa corporal (IMC) sea menor a cuarenta (40). e)Tratamientos de fertilidad e infertilidad y esterilidad. f)Hospitalizaciones domiciliarias y prestación de servicios de enfermería, fuera de un recinto hospitalario, así como hospitalizaciones para fines de reposo o a causa de enfermedades psiquiátricas y/o psicológicas. Para este Seguro Complementario de Salud, regirán las exclusiones establecidas en el artículo N°3 de las Condiciones Generales registradas en el Depósito de Pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL 3 2020 0059, a excepción de la exclusión d) “Cirugía por obesidad cuando el índice de masa corporal (IMC) sea menor a cuarenta (40)” y los insumos médicos hospitalarios indicados en la exclusión ii), los que se considerarán cubiertos por esta cobertura, según los límites y condiciones establecidos en estas condiciones particulares. Artículo N°10Restricciones y Limitaciones de la Cobertura
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