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Folleto
Póliza Particular
Condiciones Generales
SEGUROSINDIVIDUALES POR ESO LE PUSIMOS UNO: EL SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD, QUE CUBRE TUS GASTOS MÉDICOS PARA QUE SOLO TE PREOCUPES DE SENTIRTE BIEN. TENER UN IMPREVISTO DE SALUD Y NO CONTAR CON NADIE NO TIENE NOMBRE
CARACTERÍSTICASMonto m á x i m o d e r eembolso p o r aseguradoCOBERTURASLucas BaseLucas Full150 UF250 UFConsultas m é d i cas y exámenesHospitalizaciónMaternidadSalud MentalPrótesis, Óptica y Audífonos Compra el seguro a tu medida. Escoge el plan que te acomode y combínalo con las coberturas opcionales. Incorporación al seguro sin exámenes previos. Prestador libre elección. Revisa en el siguiente cuadro comparativo las coberturas que incluye cada uno de ellos: AMBOS PLANES CUENTAN CON: Orientación Médica Telefónicanacional e internacional. Traslado Médico Terrestre en caso de urgencia por accidente. Coordinación de Traslado Médico Aéreoen caso de urgencia por accidente. Segunda Opinión Médica nacional e internacional. Portal privadopara reembolsos de gastos médicos. Gestiona tu segurode manera simple y 100% digital. Contact Centerpara cualquier apoyo. Puedes renunciar a tu seguro de forma online cuando quieras. TENEMOS DOS TIPOS DE PLANES: LUCAS BASE Y LUCAS FULLProcedimientos ambulatorios.
MEDICAMENTOS*50% Al elegir este opcional accede a los siguientes beneficios: Hasta50%dcto en medicamentos en Salcobrand.Medicamento con recetaDescuento30%GenéricoDe marcaPrestaciones dentalesRadiografías intraoralesRadiografías extraoralesEspecialidades dentalesLaboratorio dental Beneficio incluye diagnóstico inicial gratis.30%Medicamento sin recetaDescuento12%GenéricoDe marca *Cobertura de Medicamentos Ambulatorios Genéricos: 15% de Reembolso con tope de 5 UFanualespor persona. DENTAL* Unavezseleccionadotuplan,podráselegirsiquierescontratarcoberturas opcionalesenMedicamentosGenéricosy/oCirugíaDentalporAccidente.Estasvienen conexcelentesdescuentosparaayudarteadisminuirtugastomédico.Puedes contratarlas a tu medida escogiendo ambas, solamente una o ninguna. COBERTURAS OPCIONALES SEGUROCOMPLEMENTARIO DE SALUD Al elegir este opcional accede a los siguientes beneficios: 80%dcto en RedSalud Dental. Revisa más detalles sobre este beneficio AQUÍhttp://marketing.csvc.cl/infografias/Seguro-Individual/Lucas/Ahorra_En_Medicamentos_Lucas.pdfting.csvc.cl/infografias/Seguro-Individual/Lucas/Ahorra_En_%20Atenciones%20Dentales_Lucas.pdfRevisa más detalles sobre este beneficio AQUÍ *Cirugía Dental por Accidente: % Reembolso Ídem a% Isapre/Fonasa con tope 5 UFanuales por persona. Inicio vigencia descuento dental 31 días después de contratado el seguro.
PLANES Y COMBINACIONES SEGUROCOMPLEMENTARIO DE SALUD LUCAS BASEBase + Dental Base + Medicamentos +Dental Consultas Médicas Exámenes Procedimientos Ambulatorios Coberturas: Coberturas Opcionales: 15% Reembolso Medicamentos Ambulatorios Genéricos Cirugía Dental Por Accidentes Beneficios: Hasta 50% dcto Medicamentos Salcobrand Hasta 80% dcto en RedSalud Dental Tope de Reembolso por Asegurado155 UF160 UF Desde 0,78UF Desde 0,85UF LUCAS FULLFull+ Dental Full+ Medicamentos +Dental Consultas Médicas Exámenes Procedimientos Ambulatorios Coberturas: Coberturas Opcionales: 15% Reembolso Medicamentos Ambulatorios Genéricos Cirugía Dental Por Accidentes Beneficios: Hasta 50% dcto Medicamentos Salcobrand Hasta 80% dcto en RedSalud Dental Tope de Reembolso por Asegurado255 UF260 UF Desde 0,92UF Desde 0,99UF Hospitalización Maternidad Salud Mental Prótesis, Óptica y Audífonos Revisa aquí un comparativo de los planes, todas las primas indicadas incluyen IVA.
PLANES Y COBERTURAS BENEFICIO AMBULATORIOS COBERTURA% DE REEMBOLSO TOPE UF PRESTACIÓN TOPE UF ANUAL COBERTURA Consultas MédicasÍdem % Isapre/Fonasa0,50 UF 150 UF Exámenes de LaboratorioÍdem % Isapre/Fonasa Exámenes de Imagenología, Radiografías, Ultrasonografías y Medicina Nuclear Ídem % Isapre/Fonasa COBERTURA% DE REEMBOLSO TOPE UF PRESTACIÓN TOPE UF ANUAL COBERTURA Consultas MédicasÍdem % Isapre/Fonasa0,50 UF 150 UF Exámenes de LaboratorioÍdem % Isapre/Fonasa Exámenes de Imagenología, Radiografías, Ultrasonografías y Medicina Nuclear Ídem % Isapre/Fonasa Medicamentos Genéricos15%5 UF BENEFICIO DE MEDICAMENTOS Cirugía Dental por AccidenteÍdem % Isapre/Fonasa5 UFCirugía Dental por AccidenteÍdem % Isapre/Fonasa5 UF BENEFICIO DE HOSPITALIZACIÓN NO APLICA COBERTURA LUCAS BASE PLANES Y CONDICIONES DE REEMBOLSO PLANBASE + DENTAL PLANBASE + MEDICAMENTOS+DENTAL Este seguro reembolsa, como complemento del Sistema Previsional de Salud de cada asegurado, los gastos médicos razonables y acostumbrados, en que se haya incurrido efectivamente a con- secuencia de una incapacidad cubierta por este contrato de seguro y ocurrida durante la perma- nencia del asegurado en la póliza, en los términos porcentuales, límites y topes establecidos en las Condiciones Particulares. En caso de elegir la Cobertura de Medicamentos Genéricos, la compañía aseguradora proveerá los medicamentos ambulatorios genéricos recetados al asegurado por su médico tratante durante el periodo de vigencia de este contrato de seguro, en las dosis establecidas por éste, o bien, a su opción, reembolsará el costo de los mismos al asegurado, siempre en complemento de lo que cubra su sistema de salud previsional, bienestar u otras instituciones, todo en los términos porcentuales, límites y topes establecidos en las Condiciones Particulares. 1. Gastos médicos incurridos en el extranjero: a)Los gastos médicos incurridos en el extranjero tendrán cobertura por esta póliza sólo en caso de Atención de Urgencia sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones copulativas: i.Los gastos de las prestaciones deben haber sido reembolsados por el Sistema de Salud Previsional del asegurado. ii.El asegurado debe tener domicilio o residencia permanente en Chile y la permanencia máxima en el extranjero no podrá superar los 30 días. b)Sujeto al cumplimiento de las condiciones antes referidas, en estos casos los porcentajes re- embolso establecidos en el Plan de Reembolsos se reducirán en 50%. 2.La Compañía realizará la clasificación de las prestaciones de saludcubiertas por esta póliza en conformidad a las definiciones y rubros de prestaciones contenidas en las Normas TécnicasAdministrativas del Arancel Fonasa vigente a la fecha de la respectiva prestación. 3.Copagos cancelados con excedentes de cotización:Se levanta la exclusión del artículo nú- mero 8 letra y) de la POL320200217, por lo que se dará cobertura a los gastos que fueron reembolsados por el fondo de los excedentes de cotizaciones del sistema de Isapre al cual pertenece el asegurado. 4.Cobertura Excepcional Pandemia Covid-19:Excepcionalmente se otorgará cobertura a los gastos médicos originados o que sean consecuencia de la pandemia Covid-19 en los siguientes términos: a)Prestaciones médicas ambulatorias: Las prestaciones médicas ambulatorias requeridas para el tratamiento de la pandemia Covid-19 serán reembolsadas según los porcentajes y topes establecidos en el Plan de Reembolso. b)Esta cobertura excepcional se extenderá hasta el fin de la primera vigencia anual de esta póliza, por lo que la cobertura no se extenderá a un nuevo período de vigencia cuando fuere renovada automáticamente por un nuevo período. SEGUROCOMPLEMENTARIO DE SALUD
PLANES Y COBERTURAS SEGUROCOMPLEMENTARIO DE SALUD COBERTURA% DE REEMBOLSO TOPE UF PRESTACIÓN TOPE UF ANUAL COBERTURA BENEFICIOS AMBULATORIOS Consultas MédicasÍdem % Isapre/Fonasa0,50 UF Exámenes de LaboratorioÍdem % Isapre/Fonasa Exámenes de Imagenología, Radiografías, Ultrasonogra- fías y Medicina Nuclear Ídem % Isapre/Fonasa Procedimientos de Diag- nóstico y Terapéuticos No Quirúrgicos Ídem % Isapre/Fonasa60,00 UF COBERTURA% DE REEMBOLSO TOPE UF PRESTACIÓN TOPE UF ANUAL COBERTURA COBERTURA% DE REEMBOLSO TOPE UF PRESTACIÓN TOPE UF ANUAL COBERTURA BENEFICIO HOSPITALIZACIÓN Día Cama HospitalizaciónÍdem % Isapre/Fonasa2,00 UF 100 UF por Evento Día Cama UTI/UCIÍdem % Isapre/Fonasa4,00 UF Servicios HospitalariosÍdem % Isapre/Fonasa Honorarios MédicosÍdem % Isapre/Fonasa Cirugía AmbulatoriaÍdem % Isapre/Fonasa BENEFICIO MATERNIDAD Parto NormalÍdem % Isapre/Fonasa20,00 UF CesáreaÍdem % Isapre/Fonasa25,00 UF Complicaciones del EmbarazoÍdem % Isapre/Fonasa10,00 UF Aborto No VoluntarioÍdem % Isapre/Fonasa10,00 UF BENEFICIOS SALUD MENTAL Gastos Ambulatorios por Consultas de Psiquiatría y/o Psicología Ídem % Isapre/Fonasa0,50 UF 10,00 UF Gastos HospitalariosÍdem % Isapre/Fonasa BENEFICIOS ESPECIALES Gastos por Óptica30%1,00 UF Audífonos30%2,00 UF Prótesis y Órtesis30%5,00 UF BENEFICIO DE MEDICAMENTOS BENEFICIO DE MEDICAMENTOS BENEFICIO HOSPITALIZACIÓN BENEFICIO HOSPITALIZACIÓN TOPE ANUAL COBERTURA EN UF250UF TOPE ANUAL COBERTURA EN UF255 UF TOPE ANUAL COBERTURA EN UF260 UF Medicamentos Genéricos15%5 UF Cirugía Dental por AccidenteÍdem % Isapre/Fonasa5 UF Cirugía Dental por AccidenteÍdem % Isapre/Fonasa5 UF PLAN FULL NO APLICA COBERTURA NO APLICA COBERTURA LUCAS FULL PLANES Y CONDICIONES DE REEMBOLSO Compara el Plan Sin Coberturas Opcionales con las otras opciones y elige la que mejor se adapte a tus necesidades. PLAN FULL+ DENTAL PLAN FULL+ MEDICAMENTOS+DENTAL Este seguro reembolsa, como complemento del Sistema Previsional de Salud de cada asegurado, los gastos médicos razonables y acostumbrados, en que se haya incurrido efectivamente a consecuencia de una incapa- cidad cubierta por este contrato de seguro y ocurrida durante la permanencia del asegurado en la póliza, en los términos porcentuales, límites y topes establecidos en las Condiciones Particulares. En caso de elegir la Cobertura de Medicamentos Genéricos, la compañía aseguradora proveerá los medicamentos ambulatorios genéricos recetados al asegurado por su médico tratante durante el periodo de vigencia de este contrato de seguro, en las dosis establecidas por éste, o bien, a su opción, reembolsará el costo de los mismos al asegurado, siempre en complemento de lo que cubra su sistema de salud previsional, bienestar u otras instituciones, todo en los términos porcentuales, límites y topes establecidos en las Condiciones Particulares. b)Sujeto al cumplimiento de las condiciones antes referidas, en estos casos los porcentajes reembolso es- tablecidos en el Plan de Reembolsos se reducirán en 50%. 2.La Compañía realizará la clasificación de las prestaciones de saludcubiertas por esta póliza en confor- midad a las definiciones y rubros de prestaciones contenidas en las Normas Técnicas Administrativas del Arancel Fonasa vigente a la fecha de la respectiva prestación. 3.Para aquellas nuevas aseguradas(titulares, cónyuges, convivientes civiles o convivientes no civil con hi- jos en común) cuya Solicitud de Incorporación ha sido aceptada por la Compañía, los gastos presentados por la cobertura que otorga el beneficio de maternidad se reembolsarán en forma proporcional del tiempo de vigencia en la póliza a la fecha del parto/cesárea. 4.Copagos cancelados con excedentes de cotización:Se levanta la exclusión del artículo número 8 letra y) de la POL 3 2020 0217, por lo que se dará cobertura a los gastos que fueron reembolsados por el fondo de los excedentes de cotizaciones del sistema de Isapre al cual pertenece el asegurado. - 5.Las prestaciones, costos o gastos médicos por óptica, audífonos, prótesis y ortesisque se encuentren tipificadas en el Arancel Fonasa y que no reciban bonificación del sistema previsional de salud del asegu- rado, serán reembolsados considerando el 100% del copago presentado, al cual se aplicará el porcentaje y tope de cobertura establecidos en el Plan de Reembolsos. 1. Gastos médicos incurridos en el extranjero: a)Los gastos médicos incurridos en el extranjero tendrán cobertura por esta póliza sólo en caso de Atención de Urgencia sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones copulativas: i.Los gastos de las prestaciones deben haber sido reembolsados por el Sistema de Salud Previsional del asegurado. ii.El asegurado debe tener domicilio o residencia permanente en Chile y la permanencia máxima en el extranjero no podrá superar los 30 días. 6.Cobertura Excepcional Pandemia Covid-19:Excepcionalmente se otorgará cobertura de los gastos médi - cos originados o que sean consecuencia de la pandemia Covid-19 en los siguientes términos: a)Prestaciones médicas ambulatorias: Las prestaciones médicas ambulatorias requeridas para el trata - miento de la pandemia Covid-19 serán reembolsadas según los porcentajes y topes establecidos en el Plan de Reembolso. b)Prestaciones médicas hospitalarias: Las prestaciones médicas hospitalarias requeridas para el trata - miento de la pandemia Covid-19 serán reembolsadas al 100% con un máximo reembolsable de UF 30 por beneficiario. - c)Esta cobertura excepcional se extenderá hasta el fin de la primera vigencia anual de esta póliza, por lo que la cobertura no se extenderá a un nuevo período de vigencia cuando fuere renovada automática mente por un nuevo período. PLAN FULL SIN COBERTURAS ADICIONALES PLAN FULL SIN COBERTURAS ADICIONALES + +
DEDUCIBLES Esta póliza considera aplicación de deducible de acuerdo con el siguiente cuadro: TITULAR Titular solo Titular + 1 carga Titular + 2 cargas o más UF 1,0 UF 2,0 UF 3,0 DEDUCIBLE POR GRUPO FAMILIAR: PERIODO ACUMULACIÓN:Vigencia de la póliza CARENCIA La cobertura de esta póliza no considera carencia alguna. PREEXISTENCIA Este seguro no cubre preexistencias. EXCLUSIONES DE LA COBERTURA Las exclusiones contempladas en esta póliza corresponden a las establecidas en el Artículo 8 de las Condiciones Generales inscritas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL320200217. SEGUROCOMPLEMENTARIO DE SALUD
REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD, VIGENCIA Y RENOVACIÓN EDAD MÍNIMA DE INGRESOEDAD MÁXIMA DE INGRESOEDAD MÁXIMA DE PERMANENCIA Titular Hijos 18 años59años y 364 días64años y 364 días Cónyuge, conviviente civil o conviviente no civil18 años59años y 364 días64años y 364 días COBERTURA Desde el día de nacimiento23 años y 364 días24 años y 364 días IMPORTANTE Las categorías de cónyuge, conviviente civil o conviviente no civil con hijos en común son excluyentes entre sí; por ello en cada grupo familiar solo podrá permanecer vigente una de estas tipologías. Los asegurados deben ser afiliados o beneficiarios de alguna ISAPRE, FONASA u Otros Sistemas Previsionales de Salud. Los nuevos asegurados dependientes ingresarán a la presente póliza de seguro sólo una vez evaluada su Solicitud de Incorporación y aceptado su ingreso por Vida Cámara S.A. En estos casos la cobertura se iniciará el primer día del periodo de cobertura siguiente al de su aceptación e incorporación al presente seguro. EDADES DE INGRESO Y PERMANENCIA Los asegurados que cumplan la edad máxima de permanencia durante la vigencia del contrato del seguro mantendrán su cobertura hasta el término de vigencia anual del período en que cumplieron la edad máxima de permanencia. Desde el día de nacimiento23 años y 364 días24 años y 364 díasCargas Legales, exceptuando Padres VIGENCIA: La póliza tendrá una vigencia de un (1) año, siendo renovada automáticamente y por periodos de un año al final de cada vigencia, a menos que alguna de las partes manifieste su opinión en contrario a través de comunicación escrita, con una anticipación de, a lo menos, 30 días corridos a la fecha de vencimiento de la póliza. DERECHO A RETRACTO: El Asegurado podrá retractarse del seguro, sin expresión de causa ni cargo alguno, dentro del plazo de diez (10) días contados desde la recepción de la póliza, teniendo derecho a la devolución de la prima que hubiere pagado, a no ser que el evento asociado al seguro ocurra durante este período de tiempo. SEGUROCOMPLEMENTARIO DE SALUD
PRIMAS MODALIDAD DE PAGO: Periodicidad de pago de la prima: Pago mensual durante la vigencia de la póliza. Modalidad de pago de la prima: Sólocontarjetasdedébito ycrédito. Día de pago de la prima: Dia de Contratación. Plazo de Gracia: Para el pago de la prima se concede un plazo de gracia de 30 días el cual será contado a partir del primer día del mes de cobertura no pagado. SEGUROCOMPLEMENTARIO DE SALUD
EXCLUSIONES A.La hospitalización para fines de reposo, de rehabilitación, como asimismo la hospitalización, consultas, exámenes y/otratamientosporenfermedadespsiquiátricasy/o psicológicas. ARTÍCULO 8 DEL CONDICIONADO GENERAL POL 3 2020 0217: EXCLUSIONES SEGURO INDIVIDUAL COMPLEMENTARIO DE SALUD DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS VIDA CÁMARA S.A. La presente póliza no cubre gastos médicos en que haya incurrido un asegurado que sean relativos a alguna de las prestaciones, medicamentos, gastos farmacéuticos, procedimientos o estudios que se indican a continuación, o se originen, o sean consecuencia o complicación de alguna incapacidad que se menciona en el presente artículo. No obstante, lo indicado, si en el cuadro de beneficios de las Condiciones Particulares de la póliza se considera cobertura para alguna prestación o servicio médico excluido mediante este artículo, se entenderá que la prestación o servicio médico se encuentra cubierto de acuerdo a los porcentajes y límites de reembolso o pago indicados en dicho cuadro de beneficios. Se encuentran excluidos de cobertura: B.Curas de reposo, cuidado sanitario, períodos de cuarentena o aislamiento. C.Cirugía y/o tratamientos estéticos, cosméticos, plásticos, dentales, ortopédicos y otros tratamientos que sean para fines de embellecimiento o tengan como finalidad para corregir malformaciones producidas por enfermedades o accidentes anteriores a la fecha de vigencia inicial del asegurado en la póliza. D.Cirugíaplástica,estética,cosméticaoreparadoray tratamientos secundarios a dichas cirugías, a menos que seanecesitadaporunalesiónaccidentalqueocurra mientras el asegurado se encuentre amparado por la póliza. E.Tratamientosporadicciónadrogas,alcoholismoo tabaquismo. Lesión, enfer¬medad o tratamiento causado por ingestión de alcohol, somníferos, barbitúricos, drogas y demássustanciasdeefectosanálogososimilares,o hechos deliberados que cometa el asegurado, tales como los intentos de suicidio, lesiones auto inferidas y abortos provocados. G.Noseconsideranparaefectodeestesegurocomo enfermedad la cirugía y/o tratamientos a causa de: i. Cirugía por obesidad o sobrepeso, independientemente del grado de obesidad o sobrepeso del asegurado, sus tratamientos, consecuenciasycomplicaciones,exceptocuandosehaya contratadolacoberturadeCirugíaBariátricadescritaenel Beneficio de Hospitalización del Artículo Nº 3 de este condicionado y esté expresamente indicado en las Condiciones Particulares de la póliza. ii. Una Cirugía Maxilofacial, excepto cuando se haya contratado la coberturadeCirugíaMaxilofacialdescritaenelBeneficiode Hospitalización del articulo N° 3 de este condicionado, y esté expresamenteindicadoenlasCondicionesParticularesdela póliza. iii. Una Cirugía de Rinoplastia y/o Septoplastia, excepto cuando se hayacontratadolacoberturadeCirugíadeRinoplastiay/o Septoplastia descrita en el Beneficio de Hospitalización del articulo N° 3 de este condicionado, y esté expresamente indicado en las Condiciones Particulares de la póliza. iv. Cirugía de reducción o aumento mamario y ginecomastia por cualquier causa, aunque sean para fines terapéuticos. v. Estudios y tratamientos por talla baja, gigantismo y todo tipo de hormonas del crecimiento, así como también antagonistas LH y RH. vi. Tratamientos y/o cirugías oculares para vicios o defectos de refracción, tales como, miopía, astigmatismo, hipermetropía, y otras enfermedades oculares. vii. Esterilización quirúrgica femenina y masculina independiente de la causa por la cual se indique. viii. Estudios de diagnóstico y tratamientos y procedimiento que tenganrelaciónconproblemasdeesterilidad,impotencia masculina o femenina, fertilidad e infertilidad, sus complicaciones y consecuencias. ix. Tratamientos para adelgazar. SEGUROCOMPLEMENTARIO DE SALUD F.Tratamiento por Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida - SIDA - y/o cualquier otro cuadro producido o favorecido porelVirusdeInmunodeficienciaHumana(VIH),sus consecuenciasycomplicaciones,yporenfermedades asociadas,incapacidades,desórdenes,lesiones, operaciones y tratamientos relacionados con la condición de portador del V.I.H. o el SIDA que padezca el Asegurado. H.Lossiguientesinsumosogastosfarmacéuticosnose cubrirán, aun cuando éstos sean con fines terapéuticos, ellos son:
i. Insumos ambulatorios no utilizados en una cirugía. ii. Cualquier tipo de alimento o sustitutos alimenticios, aunque sean con fines terapéuticos. iii. Homeopatías y/o Recetario Magistral. iv. Cremas, lociones faciales, jabones, shampoo, filtros solares, medias antiembólicas o para el tratamiento de várices. v. Medicamentos biológicos e inmunoterapias. I.Lesión o enfermedad causada por: i. Guerra civil o internacional, sea que esta haya sido declarada o no, invasión y actividades u hostilidades de enemigos extranjeros. ii.Participaciónactivadelaseguradoenrebelión,revolución, insurrección,podermilitar,terrorismo,sabotaje,tumultoo conmoción contra el orden público, dentro o fuera del país. iii. Participación del asegurado en actos calificados como delitos por la ley. iv. Negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del asegurado. v.EncontrarseelAseguradobajolosefectosdedrogaso alucinógenosoenestadodeebriedad,deacuerdoconla graduación establecida en la legislación vigente a la fecha del hecho constatado mediante la documentación emanada de la autoridad u organismo competente. vi. Accidentes provocados por conducir un vehículo motorizado en estado de ebriedad, de acuerdo con la graduación establecida en la legislación vigente a la fecha del accidente, constatado mediante ladocumentaciónemanadadelaautoridaduorganismo competente. vii. Fusión y fisión nuclear o cualquier accidente nuclear. J.Todo tipo de exámenes dentales, extracciones, empastes, cirugía y/o tratamiento dental en general, como también todotipodeCirugíaMaxilofacial,aexcepcióndela necesariaaraízdeunaccidenteocurridodurantela vigencia del asegurado en la póliza, sólo serán cubiertas si se ha contratado el beneficio o la cobertura adicional dental correspondiente, en los porcentajes y monto asegurado que para ella se definan en las condiciones particulares de la póliza. K.Aparatosauditivos,lentesoanteojosópticosyde contacto,prótesis,órtesis,miembrosartificialesy suministrodeaparatosoequiposmédicosy/u ortopédicos, así como también la adquisición o arriendo de equipos, tales como: sillas de ruedas, camas médicas, ventiladores mecánicos, etc. La compañía de seguros sólo reembolsará o pagará uno o más de estos elementos en la medidaqueesténexpresamenteindicadosenlas Condiciones Particulares bajo la cobertura de Beneficio Ambulatorio. L.Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas para el sólo efecto preventivo, no inherentesonecesariosparaeldiagnósticodeuna incapacidad, a excepción de los gastos por control de niño sano y control ginecológico que serán reembolsados de acuerdo a la cobertura contratada de la póliza. M.Hospitalizacióndomiciliariaylaatenciónparticularde enfermería fuera del recinto hospitalario. N.Gastosporacompañantes,mientraselaseguradose encuentre hospitalizado, incluyendo alojamiento, comidas y similares. O.Lesiónoenfermedadsurgidasdelaocupacióndel asegurado, cubierta por la legislación de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. P.Epidemiasopandemiasoficialmentedeclaradasporla autoridad competente o por el organismo de salud mundial competente, respectivamente. Q.Gastos médicos provenientes de una hospitalización en que incurra un asegurado o el recién nacido a consecuencia de embarazo, parto, cesárea y sus complicaciones. R.Situaciones, dolencias o enfermedades preexistentes. S.Malformaciones y/o incapacidad congénita. T.Tratamientos, drogas o medicamentos que sean utilizados habitualmente como método anticonceptivo, aun cuando suprescripciónseindiquecomonecesariaparael tratamientodeotraenfermedaddistintaaldela anticoncepción.Enestosseincluiránanticonceptivos tradicionalesodeemergencia,anovulatorios,DIU, métodosdebarrera,yotrosdesimilaresodistintos principios. U.Iriología, reflexología y en general tratamientos médicos no tradicionales o experimentales, empíricos y también la medicina alternativa. V.Realización o participación habitual o no habitual en una actividad o deporte riesgoso, considerándose como tales aquellos que objetivamente constituyan una agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. A vía de ejemplo, y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva, sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de explosivos, la minería subterránea, los trabajos en altura o líneas de alta tensión, la inmersión submarina, el pilotaje civil, el paracaidismo, el montañismo, las alas delta, el bungee, el parapente, las carreras de autos y motos, entre otros. W.Criopreservación, así como la compra de células madre, sangre, hemoderivados y cualquier otro tejido u órgano. X.Gastos que no estén expresamente indicados en el Cuadro de Beneficios detallado en las Condiciones Particulares de laPóliza,como,asimismo,gastosdeexámenesy procedimientosatravésdenuevastecnologíasno reconocidas por el sistema previsional de salud. Y.Gastos de costo del asegurado que fueron reembolsados por el fondo de los excedentes de cotizaciones del sistema Isapre, al cual pertenece el asegurado. Z.Ambulancia aérea.