Seguro de vida para guardias: todo lo que necesitas saber

En Chile, la Ley N° 21.659, promulgada en 2023, ha revolucionado el sector de la seguridad privada. Esta normativa no solo busca proteger a las personas y los bienes, sino también ofrecer mejores condiciones laborales y asegurar la protección de los guardias de seguridad. En este artículo, te explicaremos los cambios más importantes de la ley y cómo puedes asegurar a tu equipo de seguridad a través de QuePlan.cl. 💼

¿Por qué necesito un seguro para guardias?

Toda empresa que quiere prestar el servicio de guardias de seguridad o similar, tiene que saber que existe el decreto supremo 93 artículos 12 y 13. ¿Qué dice este decreto? 

En resumen, obliga y exige al empleador o empresa, que tenga a una persona contratada para que realice las funciones de guardia de seguridad, nochero, portero o rondín sin porte de armas, a que contrate un Seguro de Vida para él o ella, con el propósito de protegerlos en el caso de posibles siniestros o eventos indeseables.

El seguro de vida para guardias incluye coberturas de fallecimiento, incapacidad total y permanente, invalidez accidental y desmembramiento por accidente. Por lo tanto, protege a los familiares del trabajador que se expone a labores que por su naturaleza son más riesgosas. Es un seguro que protege a los que nos protegen.

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👮 Los guardias de seguridad son aquellas personas que prestan servicios de seguridad privada, y que nos entregan, protección dentro de un recinto o área determinada, previamente delimitada. Es muy importante saber que quienes desempeñan esta función, no se encuentran autorizados para poseer, tener o portar armas de fuego en el ejercicio de sus funciones.

Características importantes del Seguro de Vida para Guardias

Recordemos que en este seguro debemos considerar a los guardias, conserjes o nocheros, porteros o rondín.  

✔️ Coberturas: desde 135 UF hasta 500 UF. La cifra asegurada no puede ser menor a 75 UTM y ¡ojo! No sirven los seguros de accidentes personales.

✔️ Vigencia: Un año desde fecha de emisión de póliza.

✔️ Edades: desde los 18 años hasta los 75.

✔️ Forma de Pago: Contado, PAC o PAT. El pago es anual. 

 

¿Sabías qué?

👉 Los Guardias de Seguridad, no están autorizados portar armas de fuego.

👉 Los Guardias de seguridad deben estar autorizados por Carabineros de Chile.

👉 Los Guardias de seguridad deben tener al menos 8º año básico aprobado.

👉 Los Guardias de seguridad no pueden haber sido condenados, ni estar en algún proceso por crimen o delito simple.

👉 Los Guardias de seguridad deben tener una salud y condición física buena que deberán ser demostradas mediante certificado médico.

👉 Los Guardias de seguridad deben tener una Tarjetas de Identificación de Guardia de Seguridad que otorga únicamente Carabineros de Chile, tiene una validez de tres años, pero se puede renovar.

Actualizado al

miércoles 9 de octubre de 2024

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